Comités de Riesgos: funciones, responsabilidades y claves para fortalecer el SIAR

En las entidades del sector solidario, los Comités de Riesgos no deberían existir solo para cumplir una exigencia formal. Su verdadero valor está en convertirse en un espacio técnico de análisis, seguimiento y recomendación para apoyar a la Junta Directiva o al Consejo de Administración en la gestión de los riesgos.

De acuerdo con el guion del video, estos comités aparecieron en el año 2021 con la expedición de la nueva versión de la Circular Básica Contable y Financiera. Allí se establece que deben estar conformados, como mínimo, por tres integrantes: un miembro de la Junta Directiva o del Consejo de Administración, quien debe actuar como presidente; la persona encargada de riesgos de la entidad; y los demás integrantes que la organización defina.

El Comité de Riesgos tiene un papel esencialmente asesor. Su función principal es recomendar a la Junta Directiva o al Consejo de Administración las metodologías, instrumentos y mecanismos que la entidad debe adoptar para gestionar adecuadamente sus riesgos.

Esto implica apoyar el proceso de administración de riesgos en sus diferentes etapas:

  • Identificar los riesgos a los que está expuesta la entidad.
  • Evaluar el impacto y la probabilidad de ocurrencia de los eventos de riesgo.
  • Recomendar mecanismos de medición, monitoreo y control.
  • Hacer seguimiento a los riesgos.
  • Formular recomendaciones a la Junta Directiva o al Consejo de Administración.

En ese sentido, el comité no reemplaza a los órganos de administración, pero sí debe servir como un apoyo técnico para que las decisiones se tomen con mayor información, evidencia y criterio preventivo.

Uno de los aspectos más importantes que deben comprender los integrantes del Comité de Riesgos es que el Sistema Integral de Administración de Riesgos —SIAR— no aplica de la misma manera para todas las organizaciones.

El alcance depende del tipo de entidad y de los sistemas particulares que le resulten aplicables.

Por ejemplo, todas las entidades que otorgan créditos u operaciones de mutuo deben implementar el SARC. Sin embargo, el SARC no opera exactamente igual en todas las entidades, porque algunas deben aplicar metodologías más completas y otras tienen un alcance diferente.

También ocurre con el riesgo de liquidez. Las entidades que captan ahorros deben medir la brecha de liquidez y el IRL, pero no todas tienen que hacerlo mensualmente ni con el mismo nivel de detalle. En el guion se menciona, además, que solo ciertos fondos de empleados de categoría plena deben implementar de forma completa algunos componentes del riesgo de liquidez.

En cuanto al riesgo de mercado y el riesgo operativo, el video señala que existen obligaciones específicas para las cooperativas con actividad financiera. Sin embargo, esto no significa que las demás entidades no estén expuestas a esos riesgos. Por eso, el comité debe entender muy bien qué aplica, qué no aplica y qué riesgos deben ser monitoreados según la realidad de cada organización.

En muchas entidades, la persona encargada de riesgos termina asumiendo casi toda la carga operativa del comité. Es quien propone metodologías, organiza reuniones, prepara informes, orienta la discusión, levanta actas y, en muchos casos, también ejerce funciones relacionadas con cumplimiento.

El problema es que no siempre los demás integrantes del Comité de Riesgos tienen la misma formación técnica. Algunos miembros provienen de la Junta Directiva, del Consejo de Administración o de otros espacios de la organización, pero no necesariamente cuentan con experiencia o conocimiento especializado en riesgos.

Por eso es necesario fortalecer la preparación del comité. El objetivo no es quitarle liderazgo al encargado de riesgos, sino lograr que los demás integrantes tengan herramientas suficientes para aportar, opinar, recomendar y participar activamente en las decisiones relacionadas con el SIAR.

El Comité de Riesgos debe reunirse mensualmente, monitorear los riesgos y dejar evidencia de su gestión mediante actas. Además, los informes correspondientes deben presentarse a la Junta Directiva o al Consejo de Administración, de forma semestral o anual, según corresponda.

Dentro de sus actividades de seguimiento, el comité debe revisar la evaluación de cartera, monitorear la cartera y conocer los eventos de riesgo que puedan afectar a la entidad.

Entre los eventos que deben informarse al comité se encuentran:

  • Riesgo operativo.
  • Fraudes.
  • Ataques informáticos.
  • Destrucción de activos.
  • Incumplimiento de límites.
  • Violaciones al código de conducta.
  • Hechos externos.
  • Demandas.
  • Informes de revisoría fiscal.
  • Requerimientos de autoridades competentes, como la DIAN o la Supersolidaria.

El guion plantea incluso que el Comité de Riesgos podría analizar primero los informes de revisoría fiscal y sus recomendaciones, con el fin de orientar a la Junta Directiva o al Consejo de Administración sobre las medidas que deberían adoptarse para corregir observaciones o glosas.

Cuando el Comité de Riesgos funciona correctamente, puede aportar de manera significativa a la cultura de prevención, al fortalecimiento del control interno y a la toma de decisiones oportunas.

Su papel se vuelve especialmente relevante porque las organizaciones deben monitorear permanentemente lo que ocurre a su alrededor. Cambios en la legislación, variaciones en las tasas de interés, condiciones adversas del mercado o nuevos eventos de riesgo pueden afectar la estabilidad de la entidad.

Por eso, el comité no debe limitarse a recibir informes. Debe analizarlos, discutirlos, formular recomendaciones y ayudar a que la organización se anticipe a los impactos negativos.

20 Errores Operativos que Ponen en Riesgo a las Entidades del Sector Solidario

20 Errores Operativos que Ponen en Riesgo a las Entidades del Sector Solidario

❗ ¿Qué es el Riesgo Operativo?

🔎 Desde una falla tecnológica simple…

Un Fondo de Empleados guardaba sus backups en el mismo computador que se dañó. Resultado: pérdida total de la información.

🔎 Hasta una omisión contable…

Un contador ajustó $32 millones a su favor, y aunque parecía “indetectable”, la actitud nerviosa lo delató.

🔎 O una historia de confianza rota…

Una analista de crédito pidió a 20 pensionados que tramitaran créditos a su nombre. Se fue sin despedirse un viernes. El lunes ya no estaba en la ciudad.





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Las Tasas De Interés Comienzan  a Ceder 📉

Las Tasas De Interés Comienzan a Ceder 📉

A pesar de que se espera que BANREP incremente su tasa al 13% esta semana, los Bancos están llenos de liquidez luego de captar a tasas de casi 18% durante inicios del año 2023 y llevar varios meses con caídas constantes en la colocación de crédito, lo que hace prever que los resultados no serán los mejores al cierre del primer semestre cuando se hagan las asambleas semestrales (el sector financiero hace dos cortes semestrales para pagar dividendos) y las presiones serán mayúsculas para volver “a la carga” en materia de compras de cartera y colocaciones, lo cual ya ha empezado tímidamente a mostrarse con anuncios de: Reducción en las tasas de interés de créditos de consumo tarjeta de crédito y vivienda.

En solo el mes de marzo las tasas han regresado en un mes a los niveles que tenían iniciando el IV trimestre de 2022, así que la caída es significativa en poco tiempo especialmente en los bancos que dominan el 93% de los activos de los establecimientos de crédito:

Lo que estamos observando es que no existe un incentivo para seguir captando a largo plazo y las tasas a 6 meses, un año y más de un año tiene poca diferencia con la tasa a 90 días para motivar a los ahorradores a que constituyan sus CDT a 90 días y poder renegociarlos cada vez a una menor tasa.  Veamos las tasas a 180 y 360:

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Por supuesto la DTF y la tasa a 180 y 360 días del sector ya refleja este comportamiento:

Se espera también que el Banco de la república inicie la reducción de sus tasas hacia el segundo semestre de este año como lo muestra la encuesta de expectativas económicas del Banco de la Republica:

El boletín de indicadores económicos del Banco de la República muestra la caída de la cartera de Consumo y pronto será muy dramática la de Vivienda:

La cartera de Vivienda viene en caída debido a las altas tasas y al cambio en el programa de subsidios, motivo por el cual ya se anuncian reducciones:

Con el menor costo financiero de los depósitos, la caída de la cartera crédito, la expectativa de reducción de la tasa por parte del Banco de la república y la presión de los accionistas se avecina una guerra de compra de cartera hacia finales de 2023 y todo 2024. Vemos las noticias de GOOLGE del último mes con las palabras “guerra compra de cartera”:

Preparemos a nuestros gestores de riesgos para afrontar los riesgos de crédito, liquidez y de mercado que se desprenden de éste panorama.  En nuestra inmersión en Sistema Integral de Administración de riesgos que inicia este 19 de abril y continúa durante 10 sesiones (60 horas académicas) todos los miércoles aprenderemos a comprender la forma en que los riesgos interactúan y afectan nuestras entidades (identificación y evaluación) así como mecanismos de medición estándar legales (evaluación de cartera, IRL, brecha, solidez etc.) y otros indicadores CAMEL contenidos en el titulo V de la CBC además de la medición y definición del apetito de riesgo y la elaboración del mapa de riesgos por procesos.

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Auditoria Semestral del SIAR por el Revisor Fiscal

Auditoria Semestral del SIAR por el Revisor Fiscal

Hola amigos Revisores Fiscales del sector solidario. ¿Sabían ustedes que en la circular básica jurídica la palabra Revisor o Revisoría Fiscal aparece mencionada 144 veces y que en la circular básica contable lo hace por lo menos 38 veces? 

Ya no es sólo la responsabilidad que el código de comercio y la normatividad tributaria le delegan al Revisor Fiscal. Ahora la Supersolidaria en los requerimientos, frecuentemente exige que las respuestas vayan certificadas por el Revisor Fiscal lo que implica modificar los cronogramas de trabajo para dar respuesta oportuna a los mismos.

Adicionalmente a raíz del sistema integral de administración de riesgos “SIAR” que entro a operar el 1 julio del 2021, el Revisor Fiscal tiene la obligación de desarrollar una serie de trabajos de los cuales voy a mencionar las responsabilidades más importantes e invitarlos a que ustedes le den una revisada al interior del texto la circular básica contable.Ñ

  1. De las primeras menciones muy importantes que aparecen allí está en el título II en el capítulo I en el numeral quinto, habla de que el Revisor Fiscal es responsable a futuro sobre los efectos que puedan tener los estados financieros que ha dictaminado
  2. También menciona que es responsable de la información que se reporta a través del SICSES, de su exactitud y su fidelidad
  3. En el título III, en el que habla de normas prudenciales en el capítulo III donde fundamentalmente se refiere a los fondos de empleados el numeral 1 del punto 5 señala que “En su informe semestral el Revisor Fiscal debe certificar el cumplimiento mensual del indicador de solidez
  4. Ya entrando en el sistema integral de administración de riesgos y el tema objeto de nuestro seminario este 15 diciembre dice que la revisoría fiscal debe informar al menos 2 veces al año al comité de riesgos sobre la evaluación de la efectividad de los sistemas de gestión de riesgo, destacando sus fortalezas y las oportunidades de mejora. De ello debe dejar constancia tanto en el acta del comité riesgos como en el acta del órgano de administración, ya al interior de cada uno de los riesgos existen responsabilidades específicas. Este capítulo primero al hablar del SIAR no hace distinción respecto a quiénes deben implementar el SIAR y nombrar el comité de riesgos así que cada una de entidades indistintamente de su naturaleza tamaño complejidad deben contar con un comité de riesgos que se debe reunir mensualmente para monitorear los riesgos bien con las metodologías estándar que la Supersolidaria ha diseñado y que resulten aplicables o con sus propios métodos pero todos deben gestionar sus riesgos. Hoy la cooperativa de caficultores más grande de Colombia está intervenida por un riesgo operativo que después se convierte en un riesgo de mercado y un riesgo de liquidez: No tener claramente definidas las competencias de la gerencia y un sistema de control, metas y gestión lleva a que esta organización cree una empresa en los estados unidos que especulan en futuros de café que perdiendo 26 millones de dólares, que es riesgo de mercado y al perder todo ese dinero se queda sin capital de trabajo en un momento en que el café está el doble del precio que tenía el año pasado y por ende requiere el doble de capital de trabajo para poder comprar la misma participación de la producción en este 2021 derivando en riesgo de liquidez. Nótese entonces como los riesgos intercomunican entre si, riesgo operativo se convierte en riesgo de mercado luego en riesgo de liquidez y ahora el tema reputación y ilegal. Entonces hay muchas organizaciones que equivocadamente dicen es que a mi no toca riesgo operativo ni riesgo de mercado. Tienen razón en  el sentido de que no les aplican los estándares que haya diseñados para cooperativas o para fondos de empleados que captan ahorros o mutuales lo que no significa que no esté expuesta a esos riesgos que debe con los metodos que recomiende el comite de riesgos identificar, evaluar, medir, controlar y monitorear.
  5. En el título IV capítulo 2 SARC que la Revisoría  fiscal debe informar sobre los aspectos significativos evidenciados  en sus auditorias y si se están cumpliendo o no las instrucciones impartidas por la SUPERSOLIDARIA,
  6. Respecto al riesgo de liquidez capitulo III del titulo IV 5.5.1.: dice que la Revisoría en  su plan de auditoria debe verificar por lo menos una vez en el semestre el estricto cumplimiento estas instrucciones, incluir un pronunciamiento expreso el dictamen, comprobar la consistencia de la información que ha sido remitida, evaluar pues los sistemas de información que utilizan los aplicativos y demás para el cálculo de la brecha y el IRL e informar de manera inmediata la SUPERSOLIDARIA de cualquier irregularidad que ponga en peligro la devolución de aportes y ahorros.
  7. En el riesgo operativo miren el numeral 5.6.1 dice allí que respecto a riesgo operativo el Revisor Fiscal de poner en conocimiento del representante legal del comité de riesgo del consejo administración los incumplimientos elaborar un informe de cierre dirigió el consejo y el representante legal y comité riesgos sobre el tema del riesgo operativo e incluir también un pronunciamiento expreso en el dictamen
  8. En el número 5.5 en el literal D del capítulo que habla de riesgo mercado que es el V del mismo título IV dice que informa de manera inmediata la Supersolidaria cualquier irregularidad sobre el cumplimiento de la norma e incluir un pronunciamiento expreso.

En conclusión, Son muchas las responsabilidades que tiene el Revisor Fiscal respecto al buen funcionamiento del sistema integral de administración de riesgo y por eso queremos entregar este 15 de diciembre las herramientas que les permitan a los revisores fiscales chequear que la organización está cumpliendo adecuadamente con la normatividad que le corresponde y haciendo una adecuada gestión de sus riesgos los esperamos entonces y para ello pueden inscribirse a través de nuestra página web: 👉🏻 https://diegobetancour.com.co/project/auditoria-semestral-a-la-efectividad-del-siar-por-parte-del-revisor-fiscal/ en la cual también encontraran los teléfonos de contacto para cualquier inquietud.