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Mora en convenios

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    • #21252997 Responder
      Viviana Feo Rangel
      Invitado

      Estimado Diego, primero agradecerte por tu gestión y acompañamiento.
      Me gustaría tener tu conocimiento sobre el debido proceso a personas con mora en convenios (En Fecsa contamos con pensionados y ex trabajadores) como seguros, telefonía, planes de medicina, etc. Esto para no incurrir en riesgo por cancelación de estos cuando no realizan los pagos en las fechas establecidas, ya creamos un reglamento donde dice que a los 60 días se manda a cancelar previa notificación y oportunidad de ponerse al día con fecha límite, pero un área nos pide tener en consideración que las personas que ya tienen estos servicios nos les aplicaría si no a solamente a los nuevos asociados en dicho estado. Muchas gracias.

    • #21252998 Responder
      Diego Fernando Betancour P. DIEGO FERNANDO BETANCOUR PALACIOS
      Invitado

      Los estatutos de toda entidad contemplan entre sus deberes el cumplimiento de las obligaciones economicas dentro de las cuales no solo se incluyen el pago de aportes y los créditos sino también cualquier convenio o seguro y por tanto el no pago de éstos ultimos no solo da lugar a la suspensión del servicio y cancelación del mismo, sino que también daria lugar a aplicar el regimen disciplinario establecido en el estatuto.

      Por otra parte corresponde a la Junta Directiva o consejo de administración la reglamentación del estatuto lo cual incluye los servicios y el regimen disciplinario por lo que es pertinente que las disposiciones en materia de suspensión de servicios y retiro del convenio a asociados en mora proceda de pleno derecho para los que actualmente tienen el servicio y se encuentren en mora.

      En conclusion, proceda a suspenderles el servicio y a retirarlos del convenio previa comunicación y si es del caso proceda a la suspensión y exclusión de los asociados que no cumplan con sus obligaciones economicas y ademas busquen tomar ventaja y sacar provecho de la entidad en perjuicio y detrimento de los demas asociados. Ese no es el espiritu cooperativo y menos es el tipo de asociados que requiere el sector solidario. No necesitamos muchos asociados, necesitamos gente verdaderamente compromentida con el fortalecimiento de sus organizaciones y ello incluye cumplir con los compromisos economicos que suscriben y este tipo de actitudes acomodadas en las cuales «la ley es para otros y no para mi» y yo «tengo privilegios que los demas no» y quiero que «me presten el servicio asi no pague» creame que no es el tipo de asociados que necesita. Si se van le hacen un bien.

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Respuesta a: Responder #21252998 en Mora en convenios
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