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julio 4, 2026 a las 3:10 am
#21252368
Invitado
Tal propuesta frente a los aportes no solo es logica y comprensible, sino ademas legalmente posible de 2 modos:
1. Incluyendo un parágrafo en el articulo del estatuto en el cual se fija la cuota de aportes sociales
2. Modificando el reglamento de aportes si lo tienen o incluyendo tal politica en acta de junta directiva toda vez que todos los estatutos establecen que el estatuto es reglamentado por la Junta y que los vacios, temas que requieran aclaración o ampliación o generen discusión podrán ser interpretados y reglamentados por la Junta Directiva