De acuerdo con la charla del día de hoy tengo las siguientes dudas:
Como Fondo de Empleados, tenemos una línea de crédito para compra de motocicletas que se respalda con la pignoración de la moto que adquiere el asociado. Esta garantía cuenta como una pignoración de acuerdo con la tabla para LA PÉRDIDA DADO EL INCUMPLIMIENTO (PDI) ?
Adicionalmente también se respaldan los créditos con pignoración de cesantías, qué tipo de garantía sería esta según la tabla de PDI.