📚Material – Programa Intensivo de Formación Integral en Sistema Integral de Riesgos

abril 27, 2023

Diego Betancour Palacios

Veinte años de experiencia como facilitador, conferencista y docente en temas relacionados con la gestión empresarial y social de más de 100 organizaciones en todo el País principalmente del sector solidario

Objetivo:

Fortalecer los conocimientos y entregar herramientas prácticas a las personas encargadas del Sistema Integral de Administración de Riesgos, Gerentes, Revisores Fiscales, contadores, comités de riesgo y directivos, que les permita cumplir su papel de manera oportuna con el alcance que requiere cada entidad según su tamaño, naturaleza y complejidad.

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2 Comentarios

  1. fernando ariza

    Buenas tardes Diego, sobre la rotacion del revisor fiscal cada 5 años es obligacion, la asamblea es la que reelige, si esta en estatuto la reeleccion hay que reformarlo?

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    • Diego Betancour Palacios

      El decreto 962 de 2018 no establece un número de años pero si la necesidad de incluir en el estatuto CRITERIOS DE ROTACION:

      “Artículo 2.11.11.7.2. Período del revisor fiscal. Con sujeción a los requisitos previstos en los artículos 41,42 Y 43 de la Ley 79 de 1988, y 41 del Decreto Ley 1481 de 1989, los estatutos sociales deberán contener el período de nombramiento del revisor fiscal y su suplente, y criterios de rotación que garanticen su independencia.

      La forma de retribución y evaluación de la revisoría fiscal deberá ser aprobada por la asamblea general.”

      Ese decreto solo aplica para cooperativas con actividad financiera y fondos de empleados de categoría PLENA.

      Responder

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