Consultorio Solidario 28 de Septiembre | Novedades Normativas – Visitas no Presenciales Supersolidaria y otros

Consultorio Solidario 28 de Septiembre | Novedades Normativas – Visitas no Presenciales Supersolidaria y otros

1. Novedades normativas

Continua la reforma a toda la circular básica contable y a la circular básica jurídica que probablemente sea expedida a finales del 2020 o principios del 2021.

Aprobación Simplificada

Autorización por parte de la Superintendencia

La entidad que pretenda obtener la autorización para prestar servicios financieros a través de corresponsales, deberá asegurarse que efectivamente ha cumplido todos los requisitos señalados en la presente Circular, allegando únicamente la solicitud escrita, el acta de la sesión del Consejo de Administración donde fue aprobada la decisión, así como la certificación del Representante Legal, documentos con los cuales esta Superintendencia expedirá la correspondiente autorización.

Visitas no presenciales SUPERSOLIDARIA

3. Documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar – Articulo 771-2 Estatuto Tributario

Artículo 1.6.1.4.12 del decreto 1625

«Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente. De conformidad con lo establecido en el artículo 771-2 del Estatuto Tributario, cuando se realicen transacciones con sujetos no obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente, el documento soporte que pruebe la respectiva transacción que da lugar a costos, deducciones, o impuestos descontables, deberá cumplir los siguientes requisitos y condiciones, y ser generado de forma física por parte del adquiriente del bien y/o servicio, salvo cuando se trate de importación de bienes:»

Requisitos Resolución 00042 de 2020:

1.Estar denominado expresamente como documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar.

2.Tener la fecha de la operación que debe corresponder a la fecha de generación del documento.

3.Contener los apellidos y nombre o razón social y Número de Identificación Tri­butaria (NIT) del vendedor o de quien presta el servicio. Tratándose de contratos suscritos con los no residentes fiscales en Colombia no inscritos en el Registro Único Tributario RUT, el requisito del Número de Identificación Tributaria NIT, se entenderá cumplido con la identificación otorgada en el país de origen del no residente.

4.Contener los apellidos y nombre o razón social y Número de Identificación Tri­butaria (NIT) del adquiriente de los bienes y/o servicios.

5.Llevar el número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de documento soporte incluyendo el número, rango y vigencia autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En relación con las especificaciones de la numeración del documento soporte, en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar, el adquiriente podrá indicar una numeración propia, hasta tanto la Unidad Administrativa Espe­cial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), ponga a disposición las citadas especificaciones a través del servicio informático electrónico.

6.Tener la descripción específica del bien y/o del servicio prestado.

7.Detallar el valor total de la operación.

•Este documento debe ser elaborado por el adquiriente, y no es necesario que sea firmado por el vendedor o prestador del servicio no obligado fa facturar a quien se le hizo el pago.

•Respecto a los documentos equivalentes a la factura que deben pueden expedir quien esté obligado a expedir factura, el artículo 1.6.1.4.6. de decreto único reglamentario 1625 del 2016, modificado por el decreto 358 del 2020 señala los siguientes documentos equivalentes a la factura: 

“…Además de los anteriores, están los que elabora el comprador cuando adquiere un producto o servicio a una persona que no está obligada a facturar, como a los que no son responsables del Iva, antiguo régimen simplificado.”

Documento equivalente electrónico.

•El documento soporte en operaciones efectuadas con sujetos no obligados a facturar, se debe expedir electrónicamente por parte de quienes estén obligados a facturar electrónicamente. •La Dian en comunicado número 55 del 21 de julio de 2020 señaló que a partir del 15 de agosto de 2020 queda a disposición del contribuyente el servicio electrónico de numeración, de manera que quien esté obligado a expedir factura tendrá que utilizar el documento equivalente electrónico para lo cual debe tramitar la respectiva numeración.

Mercados financieros

ESTADISTICAS TASAS DE INTERES Y DESEMBOLSOS CREDITO

Referencias
https://www.gerencie.com/documento-equivalente-a-la-factura.html#:~:text=El%20documento%20equivalente%20a%20la,con%20no%20obligados%20a%20facturar.

https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Documento_soporte_en_adquisiciones_efectuadas.pdf

https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/loader.jsf?lServicio=Publicaciones&lTipo=publicaciones&lFuncion=loadContenidoPublicacion&id=60955

https://www.superfinanciera.gov.co/inicio/informes-y-cifras/cifras/establecimientos-de-credito/informacion-periodica/semanal/tasas-y-desembolsos-a-traves-de-libranza-10081990

Tasas de interés y mercado

Tasas de interés y mercado

Las tasas de interés del Banco de la República están en su mínimo histórico bajando del 4.25% al 2% en solo 5 meses. Ya las tasas pasivas del mercado como el IBR y la DTF se reducen al 2% y 3% con lo cual es de esperarse que lentamente se trasladen a los créditos de consumo, libranza y vivienda ofrecidos por los Bancos. El sector solidario tendrá que afrontar por tanto una fuerte competencia en el cuarto trimestre de 2020 y todo el año 2021 con ofertas de compras de cartera a sus asociados a tasas inferiores al 1% y plazos superiores a 5 años. Para competir será necesario también encontrar el modo de reducir las tasas de interés de los créditos siendo necesario también ajustar las tasas de captación y aplicar austeridad en el gasto tanto administrativo como social, especialmente porque los beneficios representados en fiestas, anchetas, regalos y auxilios podrían no actuar eficazmente como factor de retención de los asociados que de todos modos buscando reducir sus gastos en momentos de crisis, verían en las ofertas del sector bancario una forma de aliviar sus flujos de caja con la consecuente amenaza de que puedan retirarse para cruzar sus aportes y ahorros permanentes. El reto no es pues de menor importancia y coincide con un momento de reactivación de la economía, de grandes reformas que se esperan como la tributaria y la pensional y de cambios al interior del marco regulatorio, en especial de toda la circular básica contable y jurídica que requerirán capacitación, reingeniería a los servicios ofrecidos y reconversión tecnológica: gestión profesional de los riesgos y excelencia en el servicio con Rapidez, oportunidad, facilidad y menores costos para el asociado… claves de la supervivencia y el crecimiento a largo plazo.

DTF e IBR

Tasas CDT 27 de Agosto

CDT 21 de Agosto

Libranzas 14 agosto 2020

Vivienda 14 agosto 2020

Consumo sin TC 14 agosto 2020

Evolución del Sector Solidario

Indicadores a junio de 2020

Tasas Fondos septiembre 2020

Desembolsos y tasas