A partir de 2025, las entidades de primer nivel de supervisión deben presentar sus reportes de pérdida esperada, y muy pronto, las entidades de segundo nivel también deberán realizar un reporte pedagógico con corte al 31 de marzo y entrega el 30 de abril.
Durante las capacitaciones y seminarios del Consultorio Solidario, hemos recibido muchas preguntas sobre este tema. Las más frecuentes son:
📌 ¿Cómo se contabiliza la pérdida esperada? 📌 ¿Cómo se maneja dentro de los estados financieros?
Mira el siguiente video
Lo que cambió y lo que sigue igual
🟢 Lo que NO cambia
La técnica contable sigue siendo la misma.
Los códigos contables tampoco han cambiado.
🔴 Lo que SÍ cambió
La metodología para calcular el deterioro.
Antes, el deterioro individual se calculaba con el modelo de altura de mora (Anexo 1 del Capítulo 2, Título IV). Ahora, el cálculo se hace con la metodología de pérdida esperada (Anexo 2 del mismo capítulo y título).
Este cambio no significa que debamos contabilizar un nuevo valor o duplicar registros. Simplemente, el método anterior desaparece y se reemplaza por la nueva metodología de pérdida esperada.
¿Cómo se contabiliza la pérdida esperada?
📌 El gasto por deterioro se registra en la cuenta 5115 (débito). 📌 La provisión se mantiene en la cuenta correspondiente, por ejemplo, 1445 para consumo. 📌 Si el deterioro disminuye, hay dos escenarios:
Si es del mismo año, se revierte en el crédito.
Si es de años anteriores, se registra como recuperación de provisiones.
Es clave entender que no hay nuevas cuentas contables. Solo cambia la forma en la que calculamos el deterioro.
Evitemos confusiones
Algunas personas han creído, erróneamente, que ahora deben calcular tanto el deterioro individual tradicional como la pérdida esperada. Esto no es así.
El deterioro individual basado en altura de mora desaparece y es reemplazado por la nueva metodología.
💡 Un solo modelo, una sola contabilización.
Este ajuste es clave para mejorar la gestión del riesgo y cumplir con las normativas del sector solidario.
Conclusión
El modelo de pérdida esperada es una evolución en la forma de medir el riesgo, pero no cambia la contabilidad. Su correcta aplicación permitirá a las organizaciones solidarias fortalecer su gestión financiera y cumplir con las exigencias normativas sin complicaciones innecesarias.
El cumplimiento de las normativas contables y fiscales es esencial para mantener la transparencia, la confianza y la solidez de los estados financieros en las organizaciones solidarias. La Supersolidaria establece lineamientos específicos para el manejo de diversas cuentas, y su mala aplicación puede generar inconsistencias, riesgos e incluso llamados de atención durante las auditorías.
A continuación, se presentan los errores contables más frecuentes que deben corregirse antes del cierre contable y fiscal:
1. Fondo de liquidez: inversiones de máxima liquidez
La Supersolidaria especifica que el fondo de liquidez debe estar compuesto por inversiones de alta disponibilidad, como Certificados de Depósito a Término (CDT) o Certificados de Depósito a Término de Ahorro (CDAT), siempre que no estén pactados a más de 90 días. Este tipo de inversiones se deben registrar como equivalentes de efectivo en la cuenta 1120 y no en la 1203. Un registro incorrecto podría afectar la percepción de liquidez de la organización.
2. Inversiones en subsidiarias: método contable correcto
Según el Título II, Capítulo 2, numeral 1.2.4 del CBC, las inversiones en subsidiarias deben registrarse al costo, no por el método de participación (121803).
Cumplir con este requisito garantiza que los estados financieros reflejen adecuadamente el valor real de los activos.
3. Pérdidas por adopción de las NIIF: cuentas que deben estar en cero
De acuerdo con la Circular Externa 09 de 2017 y el Título II, Capítulo 2, numeral 3.2 del CBC, las pérdidas originadas por la adopción de NIIF debieron ser compensadas con los excedentes generados entre 2017 y 2023.
Si aún existen saldos en estas cuentas, deben revisarse y ajustarse inmediatamente para evitar inconsistencias en el cierre fiscal.
4. Clasificación de inversiones: evitar errores entre NIIF Plenas y NIIF PYMES
Es frecuente que en el SICSES se seleccionen códigos erróneos. Ejemplo: las categorías “mantenidas hasta el vencimiento”, “negociables” o “disponibles para la venta” aplican solo para entidades del Grupo 1 (NIIF Plenas).
Las del Grupo 2 (NIIF PYMES) deben usar:
122800 → al costo amortizado
123000 → a valor razonable
Una clasificación incorrecta distorsiona la información financiera y puede llevar a observaciones de la Supersolidaria.
5. FODES: uso de cuentas incorrectas
Algunos fondos de empleados están registrando los saldos del FODES en la cuenta 264800, cuando deben hacerlo en las cuentas específicas 2652 y 3340. Este error contable debe corregirse cuanto antes para evitar reparos en auditorías externas e inconsistencias en los reportes.
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