Los nuevos tiempos exigen nuevas habilidades. En el sector solidario, el panorama no es sencillo: inflación incierta, tasas de interés volátiles, competencia feroz por el crédito, reformas normativas y la inminente adopción del modelo de provisiones por pérdida esperada. Si el 2024 no fue un año fácil, los próximos dos años marcarán la diferencia entre quienes se anticipan al cambio y quienes quedan rezagados.
Las entidades solidarias enfrentan una nueva realidad en 2025. Luego de la renovación de sus órganos de administración y control, es momento de preguntarse: ¿están preparados sus líderes para gestionar los retos que vienen?
El entorno económico y normativo está en constante transformación. La incertidumbre en tasas de interés, inflación y competencia en crédito obliga a los directivos a tomar decisiones estratégicas con mayor información y preparación. Además, el nuevo modelo de provisiones por pérdida esperada marca un cambio clave en la gestión financiera, impactando directamente la estabilidad de las organizaciones.
🚨 El dato que preocupa
Más del 10% de las entidades vigiladas por la Supersolidaria reportaron pérdidas en sus estados financieros en 2024, y muchas otras apenas alcanzaron excedentes mínimos. ¿Cómo garantizar la sostenibilidad de los programas sociales en este contexto? ¿Cómo competir cuando los costos operativos aumentan y la regulación se hace más exigente?
A esto se suman:
Costos en aumento, como los registros en Cámara de Comercio y la vigilancia de la Supersolidaria.
Mayor regulación y supervisión, con cambios normativos que requieren adaptación inmediata.
Riesgos de gobernanza, reflejados en las recientes intervenciones: 1 de cada 3 entidades intervenidas presentó problemas de corrupción y 2 de cada 3 deficiencias en gestión de riesgos.
No se trata solo de conocer las normas, sino de comprender cómo aplicar buenas prácticas en un entorno donde la transparencia y la gestión de riesgos son más relevantes que nunca.
🎯 Liderazgo con propósito, pero con conocimiento
El sector solidario es liderado por personas con una gran vocación de servicio, pero las buenas intenciones no bastan. Es indispensable contar con conocimientos claros sobre el rol, las funciones, responsabilidades y prohibiciones de cada cargo.
El reto no es menor: se debe liderar en un escenario de mayor competencia, con exigencias normativas complejas y con la necesidad de fortalecer la confianza de los asociados. No basta con reaccionar a los cambios, hay que anticiparse a ellos.
Dirigir una organización Solidaria requiere preparación estratégica. Las recientes intervenciones de la Supersolidaria han revelado que 1 de cada 3 entidades intervenidas presentaba problemas de corrupción, y 2 de cada 3 tenían deficiencias en la gestión de riesgos.
¿Podemos permitirnos ignorar estos datos?
🏆 La solución: una formación que transforma
El liderazgo efectivo en el sector solidario no depende solo de la experiencia, sino del conocimiento actualizado. No se trata de volverse expertos en derecho o economía, sino de comprender los cambios normativos, los riesgos y las oportunidades que definirán el futuro.
Por eso, aquellos que buscan dirigir con éxito en este entorno ya están tomando acción.
1. Caso Archivo de Investigación por evaluación de cartera
Para todas las entidades que están siendo requeridas para presentar la Evaluación de cartera nos parece oportuno compartirles la resolución que archivó la investigación contra la Gerencia y el Consejo de Administración de una Cooperativa para que el estudio de su caso y los argumentos de defensa de la entidad puedan serles de utilidad no solo para estudiar las causales que motivaron la apertura de la investigación, sino la estrategia de defensa que les permitió salir bien librados:
A todas las entidades que tienen cartera de crédito en sus requerimientos la Supersolidaria ha solicitado la evaluación de cartera, pero especialmente en el 2020 se abrieron más de 100 procesos de investigación con miras a sancionar a los administradores (Gerente, Consejo de Administración o Junta Directiva), pero cual es la base normativa de dichas investigaciones?
Lo primero es que el articulo 36 numeral 6 de la ley 454 de 1998 establece como función de la Supersolidaria imponer sanciones personales a empleados, revisores y directivos de sus vigiladas, hasta por 200 SMLMV debido al incumplimiento de normas internas o externas.
A su vez la circular básica contable titulo IV capitulo II numeral 5.2.2.2 se señala lo que las entidades deben tener en cuenta a la hora de la evaluación de cartera. Veamos:
“5.2.2.2. Proceso de evaluación de cartera …
Dicha evaluación no consiste en la revisión física de las carpetas del crédito, sino en el establecimiento de metodologías y técnicas analíticas que permitan medir el riesgo de crédito, para la totalidad de las obligaciones crediticias vigentes. Así mismo, el consejo de administración, junta directiva o quien haga sus veces, deberá aprobar tanto las metodologías y técnicas analíticas, como las políticas para el proceso de recalificación de créditos producto de las evaluaciones presentadas por el comité de riesgos; …Será responsabilidad de los administradores, velar por el adecuado registro de la recalificación y deterioros a que haya lugar, de acuerdo con las recomendaciones presentadas por el comité de riesgos.
5.2.2.2.1. Criterios de evaluación. La metodología desarrollada para la evaluación de la cartera de créditos deberá contemplar como mínimo los siguientes criterios, …. a. Capacidad de pago. … b. Solvencia del deudor. … c. Garantías. … d. Servicio de la deuda. …e. Reestructuraciones. … f. Información proveniente de centrales de riesgo y demás fuentes.
5.2.2.2.2. Periodicidad de la evaluación de cartera: La evaluación de cartera se deberá realizar como mínimo en forma semestral, al corte de los meses de mayo y noviembre y reflejar los resultados al corte de los meses de junio y diciembre de cada año. Las organizaciones solidarias que no aplican modelo para el cálculo de la pérdida esperada, señaladas en el ámbito de aplicación de este capítulo, deberán realizar el proceso como mínimo una vez al año.”
Frente a la periodicidad la SES ha señalado que se vuelve semestral a partir del año que le aplique la pérdida esperada como puede verse en el siguiente video a partir del minuto 46:
Ya en el pasado la Supersolidaria expidió cartas circulares 03 y 06 a finales de 2019 precisamente para señalar las principales faltas señaladas en la evaluación de cartera que motivaron las investigaciones del 2020 y las posteriores sanciones aplicadas. Al respecto de la carta circular 06 señala lo siguiente:
“En concordancia con lo anterior, los incumplimientos más comunes evidenciados son los siguientes:
No se evalúa la totalidad de la cartera de crédito, … por cuanto se excluyen de la evaluación algunas operaciones de crédito.
… no cuentan con políticas para el proceso de clasificación y recalificación de créditos producto de la evaluación de la cartera.
Algunas cooperativas no cuentan con metodologías y técnicas analíticas, …
Las metodologías utilizadas .., no están aprobadas …, ni se encuentran documentadas.
Las metodologías aplicadas ..no contemplan todos los criterios mínimos de evaluación, …
Un número significativo de organizaciones, confunde el proceso de evaluación de cartera con el de seguimiento y monitoreo de ésta, principalmente de la cartera morosa.
En la mayoría de las organizaciones, no se recalifican los créditos conforme a los resultados obtenidos en la evaluación de cartera, por lo cual, no se ajusta el valor del deterioro individual.”
3. Riesgo de crédito en la actualidad
El indicador de calidad de cartera tanto en el sector solidario como en el sector financiero se ha deteriorado debido a la menor capacidad de pago de los deudores porque la alta inflación y altas tasas de interés los tiene apretados de bolsillo.
No obstante el crecimiento económico casi nulo que podría convertirse en recesión y las noticias positivas en materia de inflación hace pensar que posiblemente en los próximos meses el Banco de la República inicie la reducción de tasas que regresarían lentamente desde 2023 hasta 2026 los niveles observados previos a la pandemia, lo que va a desatar una “guerra” por la compra de cartera y los créditos de “libranza”.
CONCLUSION
La evaluación de la cartera no solo es una obligación legal que de no cumplirse como la normatividad vigente señala podría derivar en investigaciones y sanciones sino que además en el contexto y perspectivas económicas de fin de año y 2024, se convierte en una oportunidad para identificar adecuadamente los segmentos de mayor riesgo y anticiparse a su deterioro limitando el crecimiento de su endeudamiento y/o ofreciendo opciones de refinanciación que no se consideren restructuraciones siendo además la oportunidad para identificar segmentos potenciales de crecimiento sin incrementar excesivamente el apetito de riesgo de la entidad con los cuales se puedan desarrollar estrategias que mantengan la competitividad del servicio de crédito y el crecimiento real de la cartera.
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