¿Es obligatorio contar con planeación estratégica y PESEM?

¿Es obligatorio contar con planeación estratégica y PESEM?

En esta ocasión, frente a tan frecuente pregunta, prefiero que cada uno lea los apartes de la normatividad y documentos expedidos por la Supersolidaria donde se hace referencia al tema para que cada quien llegue a sus propias conclusiones:

“CIRCULAR BASICA CONTABLE TITULO IV

CAPITULO I. “5. COMITÉ DE RIESGOS…

  • Seguimiento al perfil y apetito de riesgo de la organización, evaluando su coherencia con el plan de negocios, informando al consejo o junta los resultados y sus recomendaciones, cuando sea necesario.
  • Asesorar al consejo de administración o a la junta directiva, sobre operaciones, eventos o actividades, incluida la incursión en nuevos mercados que puedan afectar la exposición y perfil de riesgos de la organización, que constituyan desviaciones frente al plan de negocio, apetito de riesgo y límites internos y regulatorios o que comprometan la viabilidad de la organización”

CAPITULO III. “3.1. … Apetito de riesgo: Es el nivel de exposición al riesgo que una organización solidaria está dispuesta a asumir en el desarrollo de sus actividades, con el propósito de alcanzar sus objetivos estratégicos y cumplir con su plan de negocios.

4.2 MEDICIÓN…Adicionalmente, la metodología utilizada debe permitir cuantificar el requerimiento neto de recursos que sea consistente con el plan de negocios de la organización, y su nivel de exposición al riesgo de liquidez y permitir cuantificar el nivel mínimo de recursos para prevenir la materialización del riesgo de liquidez.

5.4.2. literal h.  Monitorear que el SARL resulte adecuado para gestionar el riesgo de liquidez, de la organización solidaria, especialmente ante cambios importantes en el plan de negocios, naturaleza, tamaño y complejidad de sus operaciones, así como por modificaciones en el marco regulatorio, en la economía y en las condiciones de los mercados donde opera.

CIRCULAR BASICA JURIDICA

“TITULO IV – CAPITULO X – NUMERAL 3 – Con el fin de que el ejercicio de los órganos de control social permita el fortalecimiento y desarrollo de los principios de autonomía, autocontrol y autogobierno y para hacer eficaz y eficiente el papel de dichos órganos, se definen los siguientes parámetros de obligatorio cumplimiento:……….

e. El órgano de control social y técnico, hará seguimiento permanente al Proyecto Educativo Socio-empresarial – PESEM de la organización, desde su construcción e implementación, hasta su evaluación; y será presentado a la asamblea general, con el apoyo de la administración y los comités, que respondan a este balance anual.

TITULO V – 3.1.1 Identificación… El SARLAFT debe permitir a las organizaciones solidarias vigiladas identificar los riesgos de LA/FT inherentes al desarrollo de su actividad, teniendo en cuenta los factores de riesgo referidos en el presente Capítulo. En todo caso, la etapa de identificación del riesgo de LA/FT, deberá formar parte del proceso de planeación estratégica definida por la organización y alineada con los objetivos estratégicos que se proponen alcanzar, bajo una visión integral de los sistemas de administración de riesgos.”

GUIA DE BUEN GOBIERNO SUPERSOLIDARIA

http://www.supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/normativa/guia_buen_gobierno_marzo_2013.pdf

“2.2.8 Funciones. El consejo de administración o junta directiva, es quien define las políticas y directrices administrativas y el representante legal o gerente las ejecuta. Adicional a lo previsto en las disposiciones vigentes, se deberían considerar las siguientes funciones:

a. Diseñar y aprobar los planes y estrategias de la organización.

b. Definir la misión, visión, objetivos estratégicos, valores, políticas y normativa interna para la gestión institucional….

Para tal efecto, se consideran los siguientes elementos:

Establecer un sueño compartido, la razón de ser de la organización, definir una MISIÓN INSTITUCIONAL.

– La Misión ofrece a todos los integrantes de la organización la inspiración precisa para que se sientan parte de un proyecto grande y significativo.

– La misión debe estar orientada al éxito, en una declaración que la distinga de sus similares.

– Es la respuesta a la pregunta ¿para qué existe la organización?

Establecer los VALORES compartidos, que deban ser conocidos y respetados por todos los miembros de la organización.

– Los valores deben ser específicos y claros, que no dejen dudas de su interpretación y aplicación en la organización.

– Deben convertirse en los estándares de CONDUCTA para todos.

Formular una VISIÓN a futuro, que defina cómo será la organización en los próximos años.

– La Visión señala el rumbo, da dirección, es el puente que une el presente con el futuro.

– Es la respuesta a la pregunta ¿Qué queremos que sea la organización en 3, 5 o más años?

– Debe ser difundida y compartida a toda la organización.

– Debe ser positiva y alentadora. Ambiciosa pero realista.

Establecer los OBJETIVOS ESTRATÉGICOS, que incluyan la descripción de los resultados que la organización desea alcanzar en un periodo determinado

– Deben ser cuantificables

– Fijados para un periodo determinado

– Factibles de lograrse

– Estimulantes

– Conocidos y aceptados por todos

– Consistentes con la misión y visión de futuro

– Deben dar la sensación de logro

Para formular los objetivos estratégicos se deben considerar las demandas de los asociados y usuarios de los servicios; las demandas de los empleados; las fortalezas y debilidades, así como las oportunidades y amenazas del entorno.”

DIRECTIVA 31 DE 2000 – DANSOCIAL

“4. PROYECTO EDUCATIVO SOCIAL Y EMPRESARIAL – PESEM – Toda organización solidaria debe contar con un plan de desarrollo que atienda sus necesidades reales y que potencialice la gestión de la empresa asociativa en procura de la buena marcha de la misma y del mejoramiento de la calidad de vida de los asociados y de su entorno. Este plan estará sustentado en un Proyecto Educativo Socio-Empresarial, el cual consiste en el proceso permanente que orienta la ejecución del plan de desarrollo a través de actividades educativas enmarcadas en los ámbitos de investigación, promoción, formación, capacitación y asistencia técnica de que trata el numeral 5º.del presente documento.”

PREGUNTAS FRECUENTES SUPERSOLIDARIA

“18. ¿Qué es el Pesem? https://www.supersolidaria.gov.co/es/faq/18-que-es-el-pesem

Toda organización solidaria debe preparar un proyecto educativo socio empresarial solidario (Pesem), que oriente la ejecución de actividades educativas, en los ámbitos de investigación, promoción, formación, capacitación y asistencia técnica como soporte del plan de desarrollo con el fin de alcanzar las metas sociales planteadas para los asociados, empleados, sus familias y la comunidad en general.”

15. ¿Qué aspectos deben tenerse en cuenta para la elaboración del Pesem? http://supersolidaria.gov.co/es/faq/15-que-aspectos-deben-tenerse-en-cuenta-para-la-elaboracion-del-pesem

Para la realización del Pesem se deben tener en cuenta tres factores importantes: filosóficos (misión, visión, valores y objetivos), diagnósticos (análisis contextual, estratégico y autodiagnóstico) y diseño estratégico (programas y proyectos de la organización solidaria).”

PROYECTO DE MODIFICACION A LA CIRCULAR BASICA JURIDICA PRESENTADO A FINALES DE 2021

“MODIFICAR ALGUNOS LINEAMIENTOS IMPARTIDOS … EN EL CAPÍTULO VII DEL TÍTULO IV DE LA CIRCULAR BÁSICA JURÍDICA

2.1 MISIÓN INSTITUCIONAL Y PLAN DE ACCIÓN. En desarrollo de lo previsto en el numeral 1 del artículo 23 del Código de Comercio, le corresponde al Consejo de Administración o Junta Directiva:

2.1.1     ACUERDO SOBRE LA MISIÓN INSTITUCIONAL. Con el paso del tiempo, la misión institucional y la dimensión de su importancia, se pierden, las decisiones que se adoptan en los órganos de gobierno se apartan o no guardan directa relación con la misma, por lo que se hace necesario, revisar periódicamente el acuerdo social por el cual se conformó la organización. Por lo anterior, es importante que el consejo de administración o junta directiva, elabore un Plan Estratégico de Desarrollo a mediano y largo plazo, con la participación de los principales directivos de la organización, para aprobación de la asamblea general, acorde con el tamaño y características propias de cada organización. Este proceso es fundamental para establecer, en consenso, el compromiso colectivo de dirigir todos los esfuerzos individuales hacia un mismo propósito. El proceso de planificación estratégica, indistintamente de la metodología que se aplique, conlleva a la determinación y/o revisión de, por lo menos, los siguientes aspectos:

  • La misión y visión institucional y si es el caso, de los valores institucionales.
  • Identificación de las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas, como producto del análisis interno y del entorno.                
  • Identificación de las demandas de clientes internos (asociados, directivos y empleados).
  • Identificación de las demandas externas (usuarios, autoridades, clientes, comunidad).
  • Establecimiento de los objetivos estratégicos (propósitos y metas cuantificables).

2.1.2     PLAN DE ACCIÓN. A partir del Plan Estratégico de Desarrollo, le corresponde a la gerencia la elaboración, para aprobación del consejo de administración o junta directiva, de planes de acción en periodos de tiempo más cortos (plan anual), que contemplen, la designación de los responsables de la ejecución, metas de cumplimiento, productos; así, como el presupuesto de los recursos que se requieren para la implementación de dichos planes.

La gerencia, antes de culminar un periodo anual, deberá presentar un informe al consejo de administración o junta directiva sobre la ejecución del plan de acción y propondrá el plan y el presupuesto para el siguiente año.

2.2 DEBERES DEL GERENTE O REPRESENTANTE LEGAL

En desarrollo de los deberes previstos en el artículo 23 del Código de Comercio, los siguientes deberes estarán a cargo del gerente o representante legal de la organización solidaria:

a.          Diseñar y someter a aprobación del consejo de administración o junta directiva los planes, códigos y reglamentos de su competencia y velar por su efectiva aplicación.

b.          Conocer, decidir, responder e informar, al consejo de administración o junta directiva, al menos lo siguiente:

i.           El estado de cumplimiento de los planes, estrategias, metas y presupuestos.”

Diego Betancour | Consultores