¿Qué propone el nuevo gobierno para el SECTOR SOLIDARIO?
El Plan de Gobierno del Presidente Gustavo Petro
El Plan menciona por lo menos en 10 apartes diferentes una clara intención de impulsar la economía solidaria como parte de los instrumentos de desarrollo especialmente en el desarrollo rural, la financiación de la Vivienda, el combate al Agiotismo y en la reforma pensional existe un enorme potencial de vinculación de éstos nuevos pensionados a las bases sociales de las organizaciones actuales y que podrían crearse para que accedan al ahorro y al crédito. Con todo ello podríamos defender no solo el tratamiento preferencial en el pago de impuestos sino además la participación directa en la canalización de los subsidios y recursos para los programas de emprendimiento, generación de empleo, crédito popular productivo, vivienda y desarrollo rural:
1. “Se garantizará la vinculación activa con capacitación y financiamiento público de las comunidades, los pequeños productores, cooperativas y las ciudadanías en general en la generación, distribución, acceso y aprovechamiento de las energías limpias y eficientes, permitiendo con ello tarifas más bajas, la reducción de costos de producción y la renta por venta de excedentes energéticos.
2. En aquellas subregiones estratégicas para hacer de Colombia una potencia agrícola, propondremos al propietario del latifundio improductivo activar la producción de sus terrenos, pagar los impuestos correspondientes, o en última instancia, venderlos al Estado para que este a su vez lo entregue a las comunidades rurales. La tierra más fértil del país generará empleo para millones de familias desplazadas de sus tierras, cooperativas de productores agrarios y demás actores rurales. Seremos una potencia agrícola, para que nunca más haya hambre en nuestro suelo.
3. Adelantaremos la reforma agraria haciendo realidad y potenciando el Fondo de Tierras, los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial y otros instrumentos creados por el Acuerdo Final de Paz, con lo que se titularán millones de hectáreas, se fortalecerán los encadenamientos productivos generando valor agregado a través de la transformación y la comercialización efectiva sin intermediación mediante la combinación de compras públicas, inserción en los circuitos de mercadeo local, regional, nacional e internación, con base en la asociatividad, el cooperativismo, la asistencia técnica y acceso a crédito barato.
4. La asociatividad y el cooperativismo en el campo será la base para el desarrollo agropecuario del país. La institucionalidad financiera para el fomento del agro potenciará las iniciativas público-populares con los pequeños y medianos productores para construir centros de acopio y bienes públicos necesarios para la transformación agroindustrial y el desarrollo de cadenas de valor agregado, tanto para la soberanía alimentaria como para la exportación. Entre otros, el maíz, arroz, trigo, papa, aguacate, plátano, yuca, soja, sorgo, ñame, tomate, café y cacao se convertirán en productos líderes de las cadenas de valor de propiedad de los productores bajo sus formas la formas asociativas y cooperativas.
5. En aquellas subregiones estratégicas para hacer de Colombia una potencia agrícola, propondremos al propietario del latifundio improductivo activar la producción de sus terrenos, pagar los impuestos correspondientes, o en última instancia, venderlos al Estado para que este a su vez lo entregue a las comunidades rurales. La tierra más fértil del país generará empleo para millones de familias desplazadas de sus tierras, cooperativas de productores agrarios y demás actores rurales. Seremos una potencia agrícola, para que nunca más haya hambre en nuestro suelo.
6. Rediseñaremos la logística del sistema agroalimentario con la construcción de centros de acopio, provisión de bienes públicos e incluso el capital y la infraestructura necesaria para el valor añadido a los productos agroalimentarios en asocio con cooperativas y asociaciones de productores; un sistema que permita racionalizar y planificar toda la cadena de producción de la vereda a la mesa y al puerto. Primero la producción campesina y popular: Los productos para esta primera etapa de asistencia alimentaria serán adquiridos de preferencia mediante un conjunto de instrumentos que estimulen la economía popular.
7. Articularemos las tiendas populares de manera asociativa al sistema de microcrédito público. El sistema financiero público al lado de una banca cooperativa reemplazará el gota a gota y proveerá alternativas a la banca privada para los actores de la economía popular. Así, salvaguardaremos la pervivencia a las y los tenderos, hoy amenazados por las grandes superficies.
8. Cultura y economía productiva: Impulsaremos un turismo no depredador articulado al arte y el patrimonio, el paisaje natural y cultural se gestionará con las comunidades que históricamente han habitado los territorios. Organizaremos modelos cooperativos para que las gastronomías locales, las prácticas culturales ancestrales y las diversas expresiones artísticas, los eventos festivos junto con los bienes patrimoniales conformen los variados repertorios turísticos de la nación. Trabajaremos por unas economías culturales solidarias, colaborativas y en red. Revitalizaremos los 46 centros históricos del país, para vincularlos al desarrollo turístico y a la memoria colectiva e histórica.
9. Pondremos en marcha un plan a gran escala de compras públicas a los pequeños y medianos productores de alimentos y emprendimientos de transformación, articulados a circuitos cortos y de proximidad de comercialización, que involucre las plazas de mercado, cooperativas de productores y redes y asociaciones de pequeños tenderos.
10. Se investigarán los usos benéficos que pueden tener los productos derivados del cannabis y la hoja de coca, impulsando un importante sector productivo que involucre al Estado, el sector privado y las formas cooperativas y comunitarias para la economía nacional e internacional. Se potenciará el desarrollo de la agroindustria cannábica como en la mayor parte del mundo hacia su regulación. La producción y derivados del cannabis contará con un marco legal que privilegie los permisos y el acompañamiento técnico comercial para las familias productoras asegurando que en el mercado participen los pequeños propietarios y las cooperativas de productores y que en la comercialización se garantice una distribución segura para el consumidor y un importante recaudo de impuestos para el Estado. A su vez, se abrirán espacios en el comercio internacional con una variedad de productos derivados -medicinales, alimenticios y textiles.
11. Se mantendrá un stock amortiguador de empleados para acercar la economía al pleno empleo sin comprometer la estabilidad de precios. La iniciativa privada proveerá la fuerza laboral mediante procesos de asociación comunitaria y el Estado promoverá, además, la formación integral de las personas beneficiadas a través del SENA.
12. La democratización del crédito permitirá el acceso a la vivienda con progresividad que incluya líneas especiales complementadas con subsidios para la compra y el mejoramiento de la vivienda popular. Estableceremos facilidades para el acceso a locales en arrendamiento para emprendimientos de la economía popular. Para la vivienda no popular se promoverán sistemas de crédito hipotecario que permitan a las familias adquirir vivienda en plazos y tasas acordes con el ingreso familiar. Por la vía de las alianzas público-populares con organizaciones sociales y comunitarias en los territorios, se impulsará un programa masivo de construcción y mejoramiento de viviendas rurales y urbanas en asentamientos de origen informal, adecuada culturalmente a las realidades regionales que considere la construcción vernácula, resolviendo problemas estructurales de orden regulatorio, financiero, técnico y operativo.
13. Reforma tributaria… Este gasto tributario se concentra en los ingresos no constitutivos de renta, en las rentas exentas y en los descuentos tributarios. Una reforma estructural sin privilegios y para enfrentar la lucha contra el cambio climático. Promoveremos una reforma, .. en la vía de poner a Colombia de manera gradual al nivel de tributación de los países de la OCDE, con justicia tributaria, que acabe con los tratos diferenciales injustificados social y económicamente entre sectores económicos, tipos de rentas o fuentes de ingresos, …. Desmontaremos gradualmente aquellos beneficios tributarios que sin debida justificación económica y social introducen graves distorsiones a la competencia, incentivan la extracción minero-energética y privilegian primordialmente a, o son utilizados mayormente a su favor por, personas naturales y jurídicas de altos ingresos y patrimonio
…..Los dividendos pagarán impuestos, será obligatorio decretarlos, al menos en un porcentaje cercano al 70%. … se asume el propósito de que los gobiernos de las ciudades adopten tributos como los cargos por congestión y distintos tipos de tasas de impacto, para mejorar la capacidad fiscal y para introducir progresiva y sostenidamente el modo férreo, el transporte eléctrico, las ciclo rutas y los tramos a pie en distancias cortas.
Protección de los alimentos y la salud: No extenderemos el IVA a la canasta familiar e impulsaremos impuestos saludables dirigidos a mejorar el acceso adecuado en cantidad y calidad nutricional de los alimentos y bebidas …. el recaudo esperado a partir del aumento del recaudo por cuenta de la progresividad en los impuestos, el desmonte de beneficios tributarios y las políticas contra la evasión y la elusión de la reforma tributaria integral planteada; las consecuentes reasignaciones presupuestales y los recursos liberados mediante la reforma pensional ya descrita.
14. Reforma Pensional …Transitaremos hacia un sistema de pensiones unificado mayoritariamente público, complementario no competitivo… El derecho a la pensión será una garantía estatal colectiva basada en la solidaridad social y no en la apropiación privada de beneficios en detrimento de los ahorros de todos los colombianos. Un sistema público universal de pilares basado en la solidaridad social. Adelantaremos una reforma pensional bajo el enfoque de la garantía del derecho y no como negocio; consolidando un sistema público con parámetros unificados y criterios de solidaridad intergeneracional para que se tenga la certeza sobre el beneficio pensional y vitalicio por parte del trabajador. Generaremos un mecanismo de solidaridad donde el Estado coadyuve la cotización de los trabajadores de la economía popular y del cuidado, favoreciendo principalmente a las mujeres sin acceso a la pensión y a las personas que no pueden contribuir por su bajo nivel de ingreso.
Unificaremos el Sistema General de Pensiones para proteger el derecho, lograr equilibrio presupuestal y liberar al menos 13 billones de pesos del presupuesto del gobierno que actualmente son girados a Colpensiones. …Pilar solidario básico: garantizaremos un bono pensional no contributivo equivalente a medio salario mínimo para los hombres y mujeres adultos mayores que hoy día no tienen derecho a la pensión.
Pilar contributivo: toda persona trabajadora, incluyendo las de mayores ingresos, cotizarán de manera obligatoria a Colpensiones una suma calculada sobre la base de 1 a 4 SMLV, lo que asegurará una pensión básica bajo el régimen de prima media. Las personas cuyos ingresos sean superiores a 4 SMLV decidirán libremente donde cotizar el excedente; en este pilar participarán las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Ahorro voluntario complementario: todos quienes quieran complementar su pensión podrán ahorrar en un fondo voluntario de pensiones. Se respetarán las actuales pensiones y no se afectarán los derechos adquiridos, así como de quienes tienen una expectativa legítima de pensión.
En ese sentido, no se incrementará la edad ni tampoco se modificará la pensión de sobrevivencia para cónyuges, hijos con discapacidad, estudiantes y demás beneficiarios.
.. Si las personas llegan a la edad de pensión sin el número de semanas suficiente, en vez de realizar devolución de saldos, se plantearán mecanismos para realizar los aportes de las semanas faltantes y de esta manera acceder al derecho a la pensión. La reforma al sistema pensional garantizará el derecho a la pensión de todos los hombres y mujeres adultos mayores y protegerá las cotizaciones y los ahorros obligatorios y voluntarios acumulados, presentes y futuros de los colombianos.”
El Sector de Economía Solidaria podría encontrar nuevas oportunidades en éste Gobierno
Tipo de entidad | Articulo |
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ASOCIACIONES MUTUALES (ley 2143 de 2021): pueden captar ahorros sin autorización previa, hacer créditos, emprendimiento y previsión, vinculo de asociación abierto y posibilidad de asociar personas jurídicas, régimen tributario especial | ARTÍCULO 2. … podrán realizar todo tipo de actividades relacionadas con la previsión, la promoción, la protección social, así como constituir y organizar emprendimientos asociativos para la producción de bienes y otros servicios buscando el mejoramiento económico, cultural y social de sus asociados y la comunidad. ARTÍCULO 41. Prestaciones Mutuales. ..productos y servicios pueden ser de asistencia médica, farmacéutica, funeraria, subsidios, ahorro y crédito, de previsión exequial, gestión para el empleo, proyectos de diferentes líneas productivas, actividades culturales, ambientales, educativas, deportivas, recreativas o turísticas, así como cualquier otra prestación que tenga por fin la promoción y dignificación de la persona humana y el mejoramiento social. Parágrafo. Las asociaciones mutualistas prestarán sus productos y servicios preferiblemente a los asociados y a sus beneficiarios. De acuerdo con el estatuto podrán extenderlos al público no asociado, siempre en razón del interés social o del bienestar colectivo. ARTÍCULO 42. Prestaciones de Ahorro y Crédito. .. pueden prestar los servicios de ahorro y crédito solamente a sus asociados, en las modalidades que le son permitidas y observando las disposiciones especiales sobre la materia. … ARTÍCULO 44. Convenios para la Prestación de Servicios. Cuando las asociaciones mutualistas no puedan prestar directamente los servicios a sus asociados, podrán atenderlos celebrando convenios con otras entidades, de preferencia de su misma naturaleza o del sector solidario de la economía. Los servicios médicos, farmacéuticos, funerarios y de previsión exequial podrán ser prestados de forma directa y en especie, en los términos establecidos por la ley. ARTÍCULO 57. Promoción. Las mutualistas que legalmente se constituyan serán consideradas por el Estado como instituciones de interés social. El Gobierno Nacional adoptará las políticas, normas y procedimientos adecuados para asegurar el acceso de las asociaciones mutualistas a los programas y recursos financieros de fomento necesarios para una mayor cobertura y calidad de las actividades que atiendan estas entidades. ARTÍCULO 58. Vinculación al desarrollo territorial. Las asoCiaCiones mutualistas, y/o sus organismos de segundo o tercer grado, serán tenidas en cuenta por los entes territoriales para la formulación o ejecución de planes, programas y proyectos de beneficio social de sus respectivos radios de acción. Los entes territoriales apoyarán, en su radio de acción específico, los programas de desarrollo del mutualismo y establecerán lazos de relación con los organismos de segundo y tercer grado de su ámbito territorial, en procura de establecer programas comunes de desarrollo, contribuir con los programas autónomos de desarrollo del sector o introducir estos en los planes, programas y proyectos de desarrollo territorial |
COOPERATIVAS La ley 2069 de diciembre de 2020 permite cooperativas con 3 asociados y vincular PYMES con ánimo de lucro pero el Gobierno Nacional no ha querido reglamentarla | ARTÍCULO 22. CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS. Modifíquese el inciso 40 del artículo 14 de la ley 79 de 1988, el cual quedará así: El número mínimo de fundadores será de tres, salvo las excepciones consagradas en normas especiales. Para su inscripción en el registro público solo se requerirá la solicitud firmada por el representante legal, acompañada del acta de constitución y copia de los estatutos. En aquellas cooperativas cuyo número de asociados sea inferior a 10, …la totalidad de las funciones de administración y representación legal le corresponderán al representante legal designado por la asamblea. PARÁGRAFO SEGUNDO. El Gobierno Nacional reglamentará la aplicación del presente artículo como una alternativa simplificada de constitución de Cooperativas para el fomento del emprendimiento, … ARTÍCULO 24. Modifíquese el numeral 4° del artículo 21 de la Ley 79 de 1988 y añádase un parágrafo, el cual quedará así: 4. Las micro, pequeñas y medianas empresas. |
FONDOS DE EMPLEADOS Con los recursos del FODES podrían promover la creación de EMPRENDIMIENTO a través de MUTUALES que abarquen familiares de los asociados o comunidades de su área de influencia | CONCEPTO UNIFICADO FODES SUPERSOLIDARIA: “.. el FODES podría destinarse para la creación de programas o proyectos de emprendimiento empresariales de carácter solidario, dirigidos a brindar servicios a los asociados, y no sería posible emplearlo en cualquier programa que pretenda quebrantar la naturaleza jurídica de este tipo de organizaciones, verbigracia generar lucro en sus asociados o en los miembros que integran los órganos de administración y control. En cuanto a la destinación de estos recursos se debe estar acorde con los siguientes aspectos: Los fondos de empleados gozan de facultades para crear y reglamentar la destinación de los recursos consignados en los fondos de desarrollo empresarial, originados en los excedentes del ejercicio. Es de la autonomía de la organización determinar y ejecutar los programas en los que se destinarán los recursos del fondo de desarrollo empresarial, siempre que éstos tengan como finalidad brindar servicios a los asociados o al desarrollo económico y social del fondo de empleados. … En concepto de esta oficina el Fondo de Desarrollo Empresarial podrá destinarse a la creación de proyectos, programas o empresas de carácter solidario, según se determine, siempre que éstos tengan como finalidad brindar servicios a los asociados o al desarrollo económico y social del fondo de empleados. También podrían destinarse al fortalecimiento o participación en proyectos de emprendimiento o empresariales dirigidos a generar empleo y mayor satisfacción de las necesidades de los asociados, sus familias y comunidad en general.” |
Que necesitamos:
- Que se clarifique el régimen tributario especial o se exonere de renta a las cooperativas igual que los fondos de empleados
- Acceso a los subsidios de Vivienda mediante mecanismos diferentes al ZEBRA con el Banco de la República que es excesivamente costoso.
- Acceso a financiación pública sin COSTO o a tasa subsidiada (IPC o DT-1) para irrigar créditos de Vivienda y emprendimiento a los asociados a tasas bajas (con un SPREAD de 3 a 5 puntos) para combatir el agiotismo, impulsar la creación de empleos y fomentar el acceso a la vivienda.
- Reglamentación de la ley de emprendimiento para las cooperativas
- Reglamentación de la ley de mutuales para promover el emprendimiento, el ahorro y el crédito popular.
- Promover desde la UAEOS la conformación de Mutuales MULTIACTIVAS por todo el territorio nacional para promover VIVIENDA, ahorro y crédito (sin el tratamiento de las Cooperativas con Actividad Financiera), previsión y emprendimiento (comercialización del agro y generación de empleo.)
- Regulación, supervisión y exigencia diferenciada por tamaño, naturaleza y complejidad de las organizaciones solidarias quitando excesivas cargas a entidades de segundo y tercer nivel de Supervisión. Primer Nivel de supervisión solo para entidades con más de 30.000 SMLMV de activos.
- Fondos de Empleados de Categoría Plena solo para entidades con más de 15000 SMLMV.
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