Hola. Sé que muchas personas están inquietas por los requerimientos que están llegando de la Supersolidaria. Al respecto:
Los requerimientos son procedimientos rutinarios que la Supersolidaria realiza de forma periódica. La entidad asigna a sus contratistas un número determinado de organizaciones, a las cuales deben enviar al menos uno o dos requerimientos al año, basados en una proforma estándar. Como respondo muchos de estos requerimientos, puedo asegurar que la mayoría incluyen los mismos puntos.
👉 Importante: que reciba un requerimiento no significa que su entidad esté mal. Los contratistas deben escribirle algo sí o sí para cumplir con los términos del contrato y recibir su pago.
Además, no importa qué tan bien esté su entidad: siempre le van a escribir. Algunos ejemplos frecuentes:
Liquidez: Si tiene mucha liquidez, le preguntarán por qué aumentó tanto y dirán que es improductiva. Pero en el mismo requerimiento pueden señalar que tiene “muy poca liquidez” para cubrir retiros de ahorro a la vista, contractual y CDAT a 90 días, y le pedirán un plan para atender el riesgo de liquidez.
Concentración: No importa si la entidad es grande o pequeña, le señalarán que la cartera, los depósitos o los aportes están demasiado concentrados y pedirán un plan para “desconcentrarlos”. Esto ocurre porque no tienen parámetros de comparación sectorial ni consideran el tamaño de la base social.
Calidad de cartera: Si su indicador de calidad por riesgo está por encima del promedio, lo cuestionarán por “ser demasiado alto” (normalmente por políticas fuertes de recalificación). Si está por debajo, dirán que quizá su política es “demasiado laxa”.
Desde el sector, algunos gerentes, contadores y revisores se alarman innecesariamente. Sin embargo, los contratistas y funcionarios de la Supersolidaria no son perfectos ni infalibles. Con frecuencia se equivocan citando normas que no aplican o interpretándolas de manera errónea.
👉 Ármese de argumentos. Si usted considera que tiene la razón, no tiene por qué agachar la cabeza ni aceptar todo lo que le escriben. Además, puede informar a los gremios a los que pertenece sobre aquellos requerimientos que, en su criterio, van en contra de las normas o están mal interpretados.
Un ejemplo frecuente es la medición de la suficiencia del margen financiero. En muchos casos, dejan por fuera los rendimientos del fondo de liquidez y de las inversiones, argumentando que no son “operacionales”. No obstante, con las NIIF el concepto cambió de “operacionales” a “ordinarios”. Estos ingresos son ordinarios porque forman parte del giro normal del negocio. Además, en el caso del fondo de liquidez, son necesarios por el riesgo de liquidez y la obligación de mantener un colchón de activos líquidos.
Aun así, es común que le pidan un plan para “no depender” de esos ingresos financieros. Esto sucede en un contexto en el que la demanda de crédito es baja y la rentabilidad de las inversiones ha aumentado.
En resumen: Recibir un requerimiento no es una señal de alarma, sino parte del proceso. Respóndalo con argumentos, gestione los riesgos cuando existan y mantenga la tranquilidad.
Recientemente, la DIAN ha enviado a fondos de empleados y demás entidades del sector solidario un correo electrónico solicitando documentación para el cumplimiento de la debida diligencia relacionada con CRS y FATCA.
Esta comunicación ha generado inquietudes, ya que muchas entidades no saben con certeza si están obligadas a responder ni cuál sería la forma correcta de hacerlo.
¿Es realmente obligatorio? ¿Debo dar respuesta? ¿Cómo debería contestar?
A continuación, se presenta una propuesta de respuesta que podría remitirse a la DIAN en relación con este requerimiento, la cual está sustentada en la normativa vigente y en el análisis de las condiciones de exención aplicables a este tipo de entidades.
ASUNTO: Solicitud de documentación para cumplimiento de la debida diligencia de CRS y FATCA
En respuesta al requerimiento citado precedentemente consideramos que de acuerdo a lo señalado en el concepto 010520 int 1024 DE 2025 emanado de la DIAN nuestra entidad no está en obligación de efectuar tales reportes toda vez que aunque de manera genérica según la interpretación de la DIAN, puedan considerarse instituciones financieras, nuestra entidad se enmarca expresamente dentro de las condiciones específicas para ser considerada exenta de tal obligación por ser de bajo riesgo fiscal, tal como se señala en el ANEXO II de la resolución 60 de 2015:
“Las siguientes entidades deberán ser consideradas como beneficiarios efectivos exentos o FFI Consideradas Cumplidoras, según corresponda, y las siguientes cuentas están excluidas de la definición de Cuentas Financieras….
III. Instituciones Financieras Pequeñas o de Alcance Limitado que clasifiquen como FFI Consideradas Cumplidoras.
Las siguientes categorías de Instituciones Financieras son Instituciones Financieras de Colombia No Sujetas a Reportar que deberán ser tratadas como FFI Consideradas Cumplidoras para fines de la sección 1471 del Código de Rentas Internas de Estados Unidos.
…
A. Instituciones Financieras con una Base de Clientela Local. Una Institución Financiera que cumple con los siguientes requisitos:
1. La Institución Financiera debe estar autorizada y regulada según las leyes de Colombia;
2. La Institución Financiera no debe tener lugar fijo de negocios fuera de Colombia. …;
3. La Institución Financiera no debe buscar clientes o Cuentahabientes fuera de Colombia. …
4. La Institución Financiera debe ser requerida por las leyes de Colombia para identificar a un Cuentahabiente residente, … con el propósito de satisfacer los requisitos de debida diligencia para combatir el Lavado de Activos (AML por las siglas en inglés, Anti-Money Laundering) de Colombia
5. Al menos un noventa y ocho por ciento (98%) de las Cuentas Financieras por valor mantenido por la Institución Financiera deberá corresponder a los residentes (incluidos los residentes que son Entidades) de Colombia;
6.….
B. Banco Local. Una Institución Financiera que cumple con los siguientes requisitos:
1. La Institución Financiera opera únicamente como (y está autorizada y regulada por las leyes de Colombia como) (a) un banco o (b) una cooperativa de crédito o de una organización cooperativa de crédito similar que opera sin fines de lucro;
2. El negocio de la Institución Financiera consiste principalmente en recibir depósitos y otorgar préstamos con respecto a un banco, a clientes minoristas no relacionados y con respecto a una cooperativa de crédito u organizaciones cooperativas de crédito similares, a miembros, siempre que ningún miembro tenga una participación superior al cinco por ciento de dicha cooperativa de crédito u organización cooperativa de crédito;
3. …
4. La Institución Financiera no tiene más de US$175 millones en activos en su balance de situación, …
5.….
C. Institución Financiera con Solo Cuentas de Bajo Valor. Una Institución Financiera colombiana que cumple con los siguientes requisitos:
1. La Institución Financiera no es una Entidad de Inversión;
2. Ninguna Cuenta Financiera mantenida por la Institución Financiera o por cualquier Entidad Relacionada tiene un saldo o valor de más de US$50.000, en aplicación de las normas establecidas en el Anexo I para la acumulación de cuentas y la conversión de moneda, y
3. La institución financiera no tiene más de US$50 millones en activos en su balance, …. ”
Como puede concluirse de la lectura anterior solo tendrían que reportar las cooperativas, fondos de empleados y mutuales que simultáneamente cumplan al menos estas tres condiciones:
a) Capten ahorros
b) Tengan más de $50 millones de dólares de activos (más de $200 mil millones de pesos)
c) Tengan asociados con residencia fiscal en los EEUU cuyo saldo de depósitos sea superior a los $50 mil dólares (más de $200 millones de pesos).
De acuerdo con lo anterior somos exentos porque somos una entidad sin ánimo de lucro con menos de cincuenta millones de dólares de activos que no tiene lugar fijo de negocios ni busca asociados – clientes fuera Colombia, cuyos asociados y por ende, ahorradores y deudores son residentes en su totalidad en Colombia, autorizada y regulada según las leyes de Colombia que aplica normas debida diligencia para combatir el Lavado de Activos contenidas en el titulo V de la Circular Básica Jurídica emanada de la Supersolidaria[1], que no es una entidad de inversión y cuya actividad consiste principalmente en recibir depósitos y otorgar préstamos a sus asociados, ninguno de los cuales tiene una participación superior al cinco por ciento del capital social.
Ahora bien, respecto a la documentación solicitada adjuntamos:
Solicitud
Documento adjunto enviado
Formatos de Contrato de Apertura u otro documento equivalente utilizado
Formato de apertura de producto de ahorro Formato de solicitud de crédito
Formatos de verificación y control de AML/KYC
Formato de vinculación
Indicar si se utilizan formatos diferenciados para personas naturales y personas jurídicas, asegurando que, en el caso de personas jurídicas, dichos formatos permitan la identificación de la persona que ejerce control, según sea el caso. En caso afirmativo, solicitamos remitirlos y señalar expresamente cuál corresponde a cada uno. Si, por el contrario, la entidad utiliza un único formato aplicable a ambos, agradecemos indicarlo de manera explícita.
Se tiene un único formato de vinculación aplicable a personas naturales y jurídicas con secciones independientes e información diferenciada identificando la persona que ejerce el control el cual ya se citó precedentemente para verificación y control de AML/KYC
Formatos de Auto certificación del Titular de la Cuenta conforme a las resoluciones citadas, en el cual se especifiquen los países de residencia fiscal y sus respectivos números de identificación. Por vigencia.
Los formatos de vinculación de asociados, apertura de productos de ahorro o solicitud de crédito tienen la pregunta si realiza operaciones en moneda extranjera:
Formato de actualización de datos u otro documento equivalente utilizado
Formato de actualización de datos
Formatos o modelos de carta de instrucciones para manejo de cuenta o similares.
No aplica. No existe la posibilidad de otorgar instrucciones de manejo de cuenta por terceros diferentes al asociado titular del ahorro.
Indicar si manejan un formato de control y verificación utilizados en los procesos de apertura de la cuenta, vinculación, actualización y conocimiento del cliente
El formato de vinculación, de actualización de datos así como los formatos de solicitud de crédito y apertura de ahorros tiene espacio para firma de la persona que realizó la entrevista y/o que verificó la información.
Precisar si la entidad cuenta con formatos diferenciados para FATCA y para CRS.
No se tienen formatos para tal propósito por ser entidad excluida.
Respetuosamente recomendamos que la DIAN establezca una mesa técnica con los gremios que representan el sector para establecer cuales son las entidades que realmente deben cumplir con los reportes y cual es la documentación o formatos que deben utilizar así como sus contenidos mínimos a efectos de evitar un desgaste innecesario tanto para la DIAN como para las entidades que conforman el sector solidario y que consideramos en su inmensa mayoría son excluidas y por ende no representan interés ni riesgo fiscal o de lavado de activos ni para la DIAN, ni para los EEUU ni para EUROPA.
Guía práctica para estructurar el informe semestral del año 2025
Esta es una situación más común de lo que se cree. Llega julio y muchos Oficiales de Cumplimiento se enfrentan a la misma pregunta.
El revisor fiscal y la gerencia ya empiezan a solicitarlo, a pesar de que el mes de junio aún no ha sido cerrado contable y financieramente. Esto genera presión e incertidumbre, especialmente cuando no se tiene claridad sobre los elementos que la norma exige (mínimo son 7 aspectos que se deben considerar) y que, además, son base para los reportes a la UIAF.
A esta realidad se suman algunas situaciones comunes que dificultan la elaboración del informe:
❌ Falta de una implementación adecuada del sistema
❌Ausencia o baja ejecución del plan de trabajo
❌ Manual desactualizado
❌ Fallas en la debida diligencia
❌ No contar con herramientas tecnológicas de soporte
❌ Falta de un diagnóstico del nivel de cumplimiento
Además que en muchas organizaciones, aún no se tiene claridad sobre qué reportar a la UIAF ni quien realmente puede ser el oficial de cumplimiento ni las responsabilidades de la estructura organizacional.
Elaborar un informe técnico y completo no se logra en pocos días. Se requiere partir de un buen diagnóstico, estructurar un cronograma serio, y tener las herramientas adecuadas para garantizar la calidad del contenido.
El informe no solo debe cumplir con los requisitos normativos, sino también ser útil para el Revisor Fiscal, quien tiene la obligación de presentar su propio informe ante la Junta o el Consejo, y a la Supersolidaria que por lo regular en las visitas del ente regulador (Supersolidaria) exige evidencia de los informes presentados y el respectivo pronunciamiento de la Junta o Consejo.
Por eso, el informe debe ser:
✅ Claro y comprensible
✅ Basado en hechos verificables
✅ Coherente con las actividades del semestre
✅ Aportante en la toma de decisiones
✅ Preciso para fortalecer los programas y controles
Para las entidades de segundo nivel de supervisión que tengan cartera de créditos, la presentación del reporte de pérdida esperada será condición obligatoria para poder realizar el envío general de información a la Supersolidaria a través SICSES en Julio con corte JUNIO 2025. En otras palabras, si el reporte de pérdida esperada no se carga correctamente, el sistema bloqueará la transmisión del informe general, generando incumplimientos que pueden traer consecuencias administrativas y sancionatorias.
te voy a explicar los errores más comunes en la aplicación del modelo de pérdida esperada, y ofrecer orientaciones claras sobre su adecuada implementación.
🚩 Los 5 errores mas comunes:
Muchas entidades ya tienen sistemas que generan el reporte. Pero incluso esas presentan fallas.
1. ❌ Clasificación errada de garantías
Uno de los errores más frecuentes es la clasificación errada de las garantías.
Garantía idónea: Fiducia, garantía real sobre bienes, o cobertura de fondos de garantías que administren recursos públicos (como el FNG o el FAG).
Garantía no idónea: Codeudores, avalistas u otras figuras que no cumplen condiciones estrictas de respaldo.
Sin garantía: Créditos sin ningún respaldo adicional ni aportes cruzados.
Errores comunes:
Parametrizar mal títulos valores como CDAT propios.
Clasificar como garantía de un fondo público lo que realmente es aval privado.
Utilizar mal los códigos de garantía y su impacto en la PDI (Pérdida Dado el Incumplimiento).
2. 📅 Mala interpretación de los plazos
Otro punto crítico es la confusión entre días de mora e incumplimiento. Es importante recordar:
El incumplimiento inicia a partir del día 91 de mora.
La norma establece períodos de 270 días posteriores al incumplimiento, es decir, hasta 360 días de mora total.
Algunos sistemas erróneamente empiezan a contar los días desde el día uno de mora, siendo lo correcto contarlos a partir del día 91 a efectos de determinar la perdida dado el incumplimiento segun el tipo de garantía.
3.📉 Aplicación incorrecta del 45% o 50% de pérdida
Depende de si es por libranza, del tipo de garantía, y de si está en mora o no. Por ejemplo:
Créditos sin libranza y sin garantía → Hasta 30 días: 50%
Del día 31 al 120: 75% (porque son 30 días después del incumplimiento que se da a patir del día 91 de mora) Muchos aplican estos valores en momentos equivocados.
4. 🧪 Homologar mal las calificaciones
Solo se homologa si la máxima calificación es la del modelo de referencia. Si la máxima viene de la recalificación de cartera o por reestructuración, no se homologa.
Además, la homologación no es solo formal:
Va para centrales de riesgo
Va para los estados financieros Y lo que no esté bien, no pasa.
5. 🔄 Ley de arrastre: un crédito dañado contamina todo
Cuando una persona tiene múltiples créditos y uno entra en incumplimiento (más de 90 días de mora), la probabilidad de incumplimiento del 100% se extiende a todos los créditos del mismo titular, incluso si los demás están al día.
Ejemplo típico:
Cuatro créditos por libranza al día
Uno por caja con 91 días de mora ➡️ Todos deben marcarse con PD del 100%. Este fenómeno también aplica en campañas con tarjetas de crédito, cuando no se controla adecuadamente el seguimiento de mora.
¿Y si aún no se ha configurado el sistema?
Muchas entidades aún no tienen sus sistemas listos para generar el reporte ni conocen bien la guía técnica. Esto puede traducirse en dos riesgos:
El reporte será inconsistente o mal calculado.
El SICSES bloqueará el envío general de información.
Fechas clave
🗓️ Julio de 2025: Fecha límite para cargar el primer reporte obligatorio, con corte al 30 de junio.
🗓️ Julio de 2026: Inicia la obligación de contabilizar la pérdida esperada en los estados financieros.
Comprender el modelo, evitar errores en la clasificación de garantías, interpretar adecuadamente los días de mora, aplicar correctamente los porcentajes de pérdida, y homologar según lo definido, no son tareas opcionales, sino responsabilidades fundamentales para asegurar el cumplimiento y la transparencia.
Más allá del cumplimiento normativo, este proceso representa una oportunidad para fortalecer la gestión del riesgo crediticio y la calidad de la información contable. Prepararse con anticipación, capacitar al equipo y validar cada componente del modelo será la mejor estrategia para evitar sanciones y generar reportes confiables y técnicamente sólidos.
La pérdida esperada ya no es una proyección teórica: es un informe exigido, verificable y vinculante.
🎓 Aprenda a calcular correctamente el modelo de pérdida esperada
Participe en una jornada de formación práctica y reciba herramientas que facilitarán la implementación del modelo en su entidad. 📊 Conozca la normativa, domine los aspectos técnicos clave y evite errores en el reporte obligatorio al SICSES.
El informe de gestión no es un simple requisito legal. Es la radiografía del desempeño de una organización solidaria. En un entorno donde la confianza y la transparencia son esenciales, este documento debe convertirse en una herramienta estratégica. Debe evidenciar no solo el cumplimiento normativo, sino también la generación de valor para los asociados, empleados e interesados en nuestra organización.
En el sector solidario, Cooperativas, Fondos de Empleados y Mutuales; el reto va más allá de presentar cifras. Se trata de conectar el desempeño financiero con el impacto social y el valor compartido. Todo esto en un lenguaje que combine rigor técnico y claridad operativa.
1️⃣ La Evolución del Negocio: Datos vs. Realidad Operativa
El primer componente del informe de gestión debe responder a una pregunta clave:
¿Cumplimos nuestro propósito social y económico?
Para ello, no basta con listar indicadores financieros. Se requiere un análisis crítico:
✅ ¿El crecimiento de los ingresos refleja realmente un fortalecimiento en la capacidad de atender a los asociados?
✅ ¿Los indicadores de crédito y ahorro están alineados con las necesidades reales de nuestros asociados?
✅ ¿El modelo de negocio está preparado para los nuevos desafíos regulatorios y tecnológicos?
La presentación de la evolución del negocio debe apoyarse en modelos comparativos de desempeño. Estos contrastan los objetivos estratégicos con los resultados alcanzados.
📌 Recomendación: Usa gráficos de tendencias, mapas de calor y tableros de control. Estas herramientas facilitan la lectura y generan una visión clara del estado de la organización.
2️⃣ Transparencia Financiera y Viabilidad: Más que Estados Financieros
Los estados financieros por sí solos no cuentan la historia completa. Para que un informe de gestión sea realmente útil, debe incluir:
✔️ Análisis de rentabilidad social: No solo cuánto se ganó, sino cómo se reinvirtió en la comunidad y los asociados.
✔️ Gestión del riesgo financiero: Identificación y mitigación de riesgos en liquidez, cartera y mercado.
✔️ Escenarios de viabilidad: Simulaciones de estrés financiero que anticipen amenazas y oportunidades.
📌 Clave técnica: Implementa análisis de sensibilidad financiera. Evalúa cómo variaciones en tasas de interés, inflación y comportamiento de los asociados afectan la sostenibilidad.
3️⃣ Riesgos y Cumplimiento: El Talón de Aquiles de Muchas Entidades
La normativa solidaria ha evolucionado. Con ella, también la responsabilidad de las organizaciones en la gestión de riesgos. No basta con decir «cumplimos con SARLAFT y SARC». Es fundamental demostrar:
⚠️ Mecanismos de prevención: ¿Cómo se identifica y mitiga el riesgo en tiempo real?
⚠️ Cultura de riesgo: ¿Los empleados y directivos comprenden su rol en la gestión de riesgos o es solo un «checklist» de cumplimiento?
⚠️ Evidencia de control: ¿Existen matrices dinámicas de monitoreo y auditoría que respalden las decisiones?
📌 Punto crítico: La Superintendencia de la Economía Solidaria y la UIAF han intensificado la vigilancia en temas de riesgo financiero y lavado de activos. Un informe de gestión robusto en este aspecto no solo garantiza cumplimiento, sino que fortalece la credibilidad de la entidad.
4️⃣ Gobierno Corporativo y Buenas Prácticas: Un Informe No Es Solo Para la Asamblea
El informe de gestión no debe verse como un documento para salir del paso en la asamblea general. Debe convertirse en un instrumento de liderazgo y proyección estratégica.
💡 ¿Qué debe incluir un modelo sólido de buen gobierno en el informe?
✔️ Toma de decisiones basada en datos:Cómo la junta directiva y el comité de control social usan la información financiera para mejorar la organización.
✔️ Indicadores de participación: Niveles de involucramiento de los asociados en la gestión y toma de decisiones.
✔️ Evaluación de gestión directiva: Resultados cuantificables del impacto de las acciones gerenciales.
📌 Perspectiva avanzada: La tendencia en gobierno corporativo apunta a la implementación de modelos de transparencia basada en blockchain. También auditorías externas continuas para reforzar la confianza.
5️⃣ Impacto Social y Balance Social: El Factor Diferencial
La gran diferencia entre una entidad solidaria y una empresa tradicional es el impacto social. Sin embargo, muchas organizaciones siguen reportando su balance social de manera subjetiva y poco estructurada.
🔍 ¿Cómo medir realmente el impacto social?
✅ Transferencias solidarias: Monto y número de beneficiarios directos e indirectos.
✅ Acceso a crédito con enfoque social: Cuántos asociados han mejorado su calidad de vida gracias a la organización.
✅ Educación y bienestar: Inversión en formación y asistencia técnica a los asociados.
📌 Revolucionando el Balance Social.
Conclusión: Las entidades solidarias que entiendan el informe de gestión como una herramienta estratégica marcarán la diferencia.
El reto está en transformar la forma en que se presentan y utilizan los informes de gestión. Convertirlos en un activo estratégico asegurará la sostenibilidad y el crecimiento de las organizaciones solidarias.
🔍 ¿Tu entidad está lista para dar este paso? 🚀
El 12 de febrero, profundizamos en cómo optimizar los informes de gestión con herramientas prácticas.