La Superintendencia de la Economía Solidaria ha puesto en marcha ADA, una plataforma web que reemplaza oficialmente a SICSES y que será obligatoria para el reporte del cierre de ejercicio con corte al 31 de diciembre de 2025. Este cambio representa un avance significativo, pero también trae nuevos retos técnicos y operativos que las organizaciones deben conocer con anticipación para evitar contratiempos.
A continuación, se presentan los aspectos más importantes que toda entidad supervisada debe comprender para iniciar su proceso de adaptación:
Nuevos perfiles de usuario y mayor control interno
ADA incorpora tres tipos de usuarios:
Administrador: gestiona permisos, creación y control de accesos.
Usuario FORD: puede diligenciar formatos, validarlos y generar los archivos definitivos.
Usuario de consulta: ideal para oficiales de cumplimiento, revisores fiscales y órganos de control que requieren visibilidad sin modificar información.
Este esquema permite una administración más clara del gobierno interno y una trazabilidad más robusta del proceso de reporte.
Restablecimiento de contraseñas sin contacto con Supersolidaria
Uno de los avances más importantes frente a SICSES es la opción de restablecer la contraseña directamente desde la plataforma, sin necesidad de comunicarse con la Superintendencia. Esto agiliza la operación y disminuye tiempos de respuesta, especialmente en momentos críticos.
Los archivos deben cumplir con un nombre específico
En SICSES cualquier archivo podía cargarse sin importar su nombre. En ADA no. Los formatos ahora deben tener nombres específicos, según parámetros definidos por la Supersolidaria. Este aspecto será explicado en detalle durante el seminario, ya que un error en el nombre impedirá la carga del archivo.
Trabajo colaborativo real gracias a su arquitectura web
ADA es una plataforma 100% web, lo que permite que varios usuarios trabajen simultáneamente sin necesidad de instalaciones complejas ni sincronizaciones manuales de bases de datos, como ocurría con SICSES. Este avance reduce reprocesos y facilita la coordinación entre áreas.
Todos los formatos cambian de estructura
Ahora, cada formato incluye campos obligatorios:
Código de la entidad
Período a reportar
Consecutivo
Y en algunos casos, campos adicionales según el tipo de reporte.
El cambio implica que las entidades deben revisar y ajustar sus plantillas internas, ya que las estructuras antiguas no serán compatibles.
Validaciones más estrictas que requieren pruebas anticipadas
Durante las pruebas realizadas, se ha evidenciado que algunos formatos que SICSES validaba sin inconvenientes, no están siendo aceptados por ADA. La Superintendencia ya se encuentra ajustando la formulación, pero este comportamiento confirma la necesidad de:
Realizar pruebas de cargue
Validar cada formato con anticipación
Reportar inconsistencias al equipo técnico
Ajustar procesos internos antes de que sea obligatorio el uso de la plataforma
El objetivo es evitar los errores de última hora y la presión operativa que normalmente aparece durante el cierre de mes.
Prepararse hoy evita riesgos mañana
ADA representa un paso adelante hacia un modelo más moderno, colaborativo y estandarizado. No obstante, su correcta implementación requiere comprensión técnica, pruebas tempranas y ajustes internos.
Las entidades que se preparen desde ahora estarán en capacidad de cumplir sin estrés con las exigencias del cierre 2025 y aprovechar las ventajas operativas de la nueva plataforma.
Hola. Sé que muchas personas están inquietas por los requerimientos que están llegando de la Supersolidaria. Al respecto:
Los requerimientos son procedimientos rutinarios que la Supersolidaria realiza de forma periódica. La entidad asigna a sus contratistas un número determinado de organizaciones, a las cuales deben enviar al menos uno o dos requerimientos al año, basados en una proforma estándar. Como respondo muchos de estos requerimientos, puedo asegurar que la mayoría incluyen los mismos puntos.
👉 Importante: que reciba un requerimiento no significa que su entidad esté mal. Los contratistas deben escribirle algo sí o sí para cumplir con los términos del contrato y recibir su pago.
Además, no importa qué tan bien esté su entidad: siempre le van a escribir. Algunos ejemplos frecuentes:
Liquidez: Si tiene mucha liquidez, le preguntarán por qué aumentó tanto y dirán que es improductiva. Pero en el mismo requerimiento pueden señalar que tiene “muy poca liquidez” para cubrir retiros de ahorro a la vista, contractual y CDAT a 90 días, y le pedirán un plan para atender el riesgo de liquidez.
Concentración: No importa si la entidad es grande o pequeña, le señalarán que la cartera, los depósitos o los aportes están demasiado concentrados y pedirán un plan para “desconcentrarlos”. Esto ocurre porque no tienen parámetros de comparación sectorial ni consideran el tamaño de la base social.
Calidad de cartera: Si su indicador de calidad por riesgo está por encima del promedio, lo cuestionarán por “ser demasiado alto” (normalmente por políticas fuertes de recalificación). Si está por debajo, dirán que quizá su política es “demasiado laxa”.
Desde el sector, algunos gerentes, contadores y revisores se alarman innecesariamente. Sin embargo, los contratistas y funcionarios de la Supersolidaria no son perfectos ni infalibles. Con frecuencia se equivocan citando normas que no aplican o interpretándolas de manera errónea.
👉 Ármese de argumentos. Si usted considera que tiene la razón, no tiene por qué agachar la cabeza ni aceptar todo lo que le escriben. Además, puede informar a los gremios a los que pertenece sobre aquellos requerimientos que, en su criterio, van en contra de las normas o están mal interpretados.
Un ejemplo frecuente es la medición de la suficiencia del margen financiero. En muchos casos, dejan por fuera los rendimientos del fondo de liquidez y de las inversiones, argumentando que no son “operacionales”. No obstante, con las NIIF el concepto cambió de “operacionales” a “ordinarios”. Estos ingresos son ordinarios porque forman parte del giro normal del negocio. Además, en el caso del fondo de liquidez, son necesarios por el riesgo de liquidez y la obligación de mantener un colchón de activos líquidos.
Aun así, es común que le pidan un plan para “no depender” de esos ingresos financieros. Esto sucede en un contexto en el que la demanda de crédito es baja y la rentabilidad de las inversiones ha aumentado.
En resumen: Recibir un requerimiento no es una señal de alarma, sino parte del proceso. Respóndalo con argumentos, gestione los riesgos cuando existan y mantenga la tranquilidad.
Por Diego Betancour Palacios Veinte años de experiencia como facilitador, conferencista y docente en gestión empresarial y social en más de 100 organizaciones, principalmente del sector solidario.
En noviembre de 2020 advertimos que, al terminar los programas de alivio financiero, llegaría una nueva “pandemia”: la insolvencia de la persona natural no comerciante. Lo llamamos un pico inminente en 2021. Hoy, cinco años después, el tiempo nos da la razón: la figura jurídica prevista en la Ley 1564 de 2012, Código General del Proceso, Título IV, ha pasado de ser poco conocida a convertirse en una herramienta ampliamente utilizada por los colombianos para reorganizar su vida financiera.
El nuevo contexto económico
La pandemia fue solo el inicio. Ahora, en 2025, enfrentamos un escenario marcado por:
Inflación persistente que deteriora la capacidad adquisitiva de los hogares.
Altas tasas de interés que encarecen el crédito y elevan el riesgo de mora.
Desempleo y precariedad laboral, especialmente en jóvenes y trabajadores informales.
Un sector solidario más expuesto, con asociados que recurren cada vez más a la insolvencia como estrategia de alivio financiero.
Así, lo que en 2020 era una advertencia hoy es una realidad tangible: cientos de familias acuden cada mes a notarías, centros de conciliación y consultorios jurídicos para acogerse al procedimiento.
¿Cuándo una persona está en riesgo de insolvencia?
El Código General del Proceso permite declararse insolvente a quienes cumplen ciertas condiciones. En la práctica, algunas señales de alerta incluyen:
Deudas superiores a 25 veces los ingresos mensuales.
Moras mayores a 90 días en dos o más obligaciones.
Conductas irregulares en los pagos (rotar acreedores para evitar reportes).
Uso cercano al 100% de los cupos de tarjetas de crédito o rotativos.
Puntajes en centrales de riesgo inferiores a 500.
Quien se encuentra en este escenario puede iniciar el trámite, siempre que no sea comerciante.
Impacto en el sector solidario
El sector solidario (cooperativas, fondos de empleados y mutuales) ha sentido con fuerza esta nueva ola:
Se incrementan los deterioros de cartera y provisiones al 100%.
Se afectan los flujos de caja al suspenderse pagos de intereses.
Muchas entidades deben asumir honorarios legales y gastos de representación en audiencias de insolvencia.
En ocasiones, los mismos asociados promueven entre sus compañeros la figura tras vivirla en primera persona, multiplicando su efecto en la base social.
Por ello, las entidades deben estar preparadas con políticas claras: refinanciaciones responsables, exigencia de garantías sólidas, fortalecimiento del análisis de riesgo y educación financiera a los asociados.
📊 Participe en nuestra encuesta
Con el fin de comprender mejor cómo esta figura está impactando al sector solidario, estamos realizando un sondeo breve.