Recientemente se anunció la aprobación de la modificación al decreto 1481 de 1989 que regula los Fondos de Empleados con lo cual solo queda pendiente la conciliación del texto y la sanción presidencial para que entre en vigencia.
Felicitaciones a ANALFE, sus directivos y equipo de trabajo, así como a los congresistas que hicieron posible esta actualización. Ya dependerá de cada fondo sacarle el mejor provecho a tan importantes oportunidades que se abren para su futuro, crecimiento y consolidación como modelo ejemplar de emprendimiento solidario que goza de otras ventajas como el no pago de impuesto de renta, la posibilidad de captar ahorros sin autorización previa ni inscripción al Fogacoop, la no posesión previa de administradores, revisor fiscal y oficial de cumplimiento, menor porcentaje de probabilidad de incumplimiento en el cálculo de la pérdida esperada, la posibilidad de realizar “multiactividad”, la no obligación de inscripción en el RUNEOL; menores costos de supervisión y exigencias regulatorias así como menor cantidad y frecuencia de reporte para los Fondos de nivel intermedio y básico, entre otras.
En mi opinión estos fueron los cambios de Fondo:
Los asociados pensionados o que se hayan retirado del fondo de empleados por desvinculación laboral de la empresa que determina el vínculo, podrán reingresar al fondo en cualquier tiempo, si así lo establecen los estatutos, siempre que hayan sostenido un vínculo mínimo por 2 años de manera continua o discontinua.
La posibilidad para que los fondos de empleados de categoría plena o de nivel 1 de supervisión puedan por una única vez reducir el capital mínimo irreducible previa aprobación de la Asamblea y de la Supersolidaria.
La posibilidad de amortizar (readquirir) hasta el 49% de los aportes de los asociados con cargo al fondo de amortización de aportes que debe alimentarse con los excedentes y que podrá aplicarse proporcionalmente a todos los asociados o 100% para los asociados que se retiran.
La posibilidad de no continuar incrementando la reserva para protección de aportes cuanto esta llegue al 50% del monto de los aportes individuales.
Se aclara que solo los ahorros “permanentes” quedan afectados desde su origen como garantía de las obligaciones que el asociado presenta con el fondo.
Se ratifica que los aportes y ahorros permanentes constituyen “garantía prendaria” para los créditos lo cual blinda el cruce total con las obligaciones de los deudores declarados insolventes.
Se limita el uso del FODES a la financiación de proyectos de emprendimiento de los asociados lo cual deja por fuera la constitución de Sociedades Anónimas simplificadas con dichos recursos como lo han hecho en el pasado muchos fondos y habría que esperar la interpretación de “financiación” que incluye, porque si es solo créditos, tendría que llevarse el FODES al patrimonio y si el término “financiación” abarca la posibilidad de otorgar auxilios, capital semilla, brindar capacitaciones o asistencia a los emprendedores. En fin, la Supersolidaria deberá reglamentar este aspecto.
Se establece que la Fusión de fondos debe ser “con otros fondos de empleados afines en el objeto social”. En mi humilde opinión, todos los fondos de empleados tienen el mismo objeto social: la búsqueda del mejoramiento de la calidad de vida de los asociados y su grupo familiar a través de los servicios que presta y actividades que desarrolla que son la intermediación financiera, el establecimiento de convenios y el desarrollo de actividades de educación y de bienestar social integral, bien sea con cargo al gasto o con excedentes. Algunos pueden contemplar otras actividades en el estatuto pero eso no es el objeto social sino las actividades, así que debería decir, la misma clase de “actividades” pero eso será un tema de aclaración y/o reglamentación por parte de la Supersolidaria.
Se establece que el límite de retención del 50% no solo de salarios sino también de mesadas pensionales no están limitados a que le quede disponible el mínimo vital de que trata el articulo 149 del CST.
Finalmente y muy importante, se modifica Artículo 2 de la Ley 700 de 2001 modificado por la LEY 952 DE 2005 permitiendo que los Fondos de Empleados reciban la mesada pensional de sus asociados.
Considero que se habría podido también aclarar el tema de donaciones en el patrimonio y aumento de fondos y reservas vía gasto, toda vez que la Supersolidaria no lo permite de acuerdo con la circular básica contable, pues en su criterio contraviene los marcos técnicos contables, por lo que a pesar de estar en la norma, no pueden aplicarse por lo que lo más práctico sería eliminarlo.
Este es el texto comparativo:
Actual decreto 1481 de 1989 modificado por ley 1391 de 2010
Modificado por el proyecto de ley 209 de 2024
Artículo 2º.- Naturaleza y características. Los fondos de empleados son empresas asociativas, de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes y subordinados con las siguientes características: Que se integren básicamente con trabajadores asalariados.Que la asociación y el retiro sean voluntarios.Que garanticen la igualdad de los derechos de participación y decisión de los asociados sin consideración a sus aportes.Que presten servicios en beneficio de sus asociados.Que establezcan la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, la del remanente patrimonial.Que destinen sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social y el crecimiento de sus reservas y fondos.Que su patrimonio sea variable e ilimitado.Que se constituyan con duración indefinida.Que fomenten la solidaridad y los lazos de compañerismo entre asociados.
Artículo 2. Definición, naturaleza y características. Los fondos de empleados son empresas asociativas conformadas en su mayoría por trabajadores asalariados, de derecho privado y sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes y subordinados, que tienen por objeto procurar la satisfacción de necesidades personales y familiares de los asociados. Con las siguientes características: Que se integren básicamente con trabajadores asalariados.La asociación y el retiro son voluntarios. Garantizar la igualdad de los derechos de participación y decisión de los asociados sin consideración a sus aportes ni tiempo de vinculación y sin discriminación alguna.Prestación de sus servicios en beneficio de sus asociados y beneficiarios. La irrepartibilidad de las reservas sociales, y en caso de liquidación, la del remanente patrimonial. Patrimonio variable e ilimitado, sin perjuicio de establecer un aporte social mínimo no reducible que sólo podrá disminuirse por una única vez cuando la situación financiera y de solvencia del fondo así lo permitan y siempre que así sea decidido por su Asamblea General previa aprobación de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Lo anterior para los fondos de categoría plena y aquellos que estén sujetos al cumplimiento de las reglas prudenciales de solvencia o solidez que permitan contar con herramientas de verificación de estas condiciones. Que destinen sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social y el crecimiento de sus reservas y fondos. Se constituyen con duración indefinida
Artículo 6º.- Disposiciones estatutarias. Los estatutos de los fondos de empleados deberán contemplar, sin perjuicio de las demás estipulaciones que consideren convenientes, los siguientes aspectos: … 1 AL 11 IGUALES. Se adiciona:
Artículo 6º.- Disposiciones estatutarias. Los estatutos de los fondos de empleados deberán contemplar, sin perjuicio de las demás estipulaciones que consideren convenientes, los siguientes aspectos: 12. Aportes sociales mínimos y el procedimiento para su reducción en los casos señalados en la presente ley.
Artículo 8º.- Registro y autorización de funcionamiento. En la resolución de reconocimiento de personería jurídica se ordenará el registro del fondo de empleados, de los integrantes de la junta directiva, del representante legal, del revisor fiscal y del comité de control social según el caso, y se autorizará su funcionamiento.
Artículo 8. Supervisión Estatal. El presidente de la Republica ejercerá por intermedio de la Superintendencia de la Economía Solidaria (o quien haga sus veces) las funciones de inspección, vigilancia y control de las organizaciones del sector de la economía solidaria, dentro de las cuales se encuentran comprendidos los fondos de empleados. Lo anterior, de conformidad con las funciones y atribuciones consagradas en la Ley 454 de 1998 y por las disposiciones que la adicionen, modifiquen o reformen, atendiendo a la naturaleza de los Fondos de Empleados.
Artículo 13º.- Pérdida del carácter de asociado. El carácter de asociado de un fondo de empleados se pierde por cualquiera de las siguientes causas: Por renuncia voluntaria debidamente aceptada por el organismo estatutario competente.Por desvinculación laboral de la entidad o entidades que determinen el vínculo de asociación.Por exclusión debidamente adoptada.Por muerte. Parágrafo.- La causal contemplada en el numeral 2, no se aplicará cuando la desvinculación laboral obedezca a hechos que generan el derecho a pensión, si así lo establecen los estatutos; o cuando éstos contemplen la posibilidad de conservar el carácter de asociado, no obstante la desvinculación laboral, en las condiciones y con los requisitos que las normas estatutarias consagren.
Artículo 13º.- Pérdida del carácter de asociado. Se adiciona: Parágrafo 2. Reingreso. Los asociados pensionados o que se hayan retirado del fondo de empleados por desvinculación laboral de la empresa que determina el vínculo, podrán reingresar al fondo en cualquier tiempo, si así lo establecen los estatutos, cumpliendo los requisitos exigidos para ello estatutariamente. En todo caso, solo podrán afiliarse y reingresar, quienes hayan sostenido un vínculo mínimo con el Fondo, por 2 años de manera continua o discontinua.
Artículo 15º.- Patrimonio. El patrimonio de los fondos de empleados estará conformado por: Los aportes sociales individuales.Las reservas y fondos permanentes.Las donaciones y auxilios que reciban con destino a su incremento patrimonial.Los excedentes del ejercicio que no tengan destinación específica.
Artículo 15. Patrimonio. El patrimonio de los fondos de empleados estará conformado por: 1. Los aportes sociales individuales. 2. Los aportes amortizados. 3. Las reservas y fondos permanentes. 4. Las donaciones y auxilios que reciban con destino a su incremento patrimonial. 5. Los excedentes del ejercicio que no tengan destinación específica.
Artículo 16º.- Compromiso de aporte y ahorro permanente. Los asociados de los fondos de empleados deberán comprometerse a hacer aportes sociales individuales periódicos y a ahorrar en forma permanente, en los montos que establezcan los estatutos o la asamblea. De la suma periódica obligatoria que debe entregar cada asociado, se destinará como mínimo una décima parte para aportes sociales. En todo caso, el monto total de la cuota periódica obligatoria no debe exceder el diez por ciento (10%) del ingreso salarial del asociado. Los aportes y los ahorros quedarán afectados desde su origen a favor del fondo de empleados como garantía de las obligaciones que el asociado contraiga con éste, para lo cual el fondo podrá efectuar las respectivas compensaciones. Tales sumas son inembargables y no podrán ser gravadas ni transferidas a otros asociados o a terceros.
Artículo 16. Compromiso de aporte y ahorro permanente. Los asociados de los fondos de empleados deberán comprometerse a hacer aportes sociales individuales periódicos y a ahorrar en forma permanente, en los montos que establezcan los estatutos o la asamblea. De la suma periódica obligatoria que debe entregar cada asociado, se destinará como mínimo una décima parte para aportes sociales. En todo caso, el monto total de la cuota periódica obligatoria no debe exceder el diez por ciento (10%) del ingreso ordinario o mensual del asociado. Los aportes sociales individuales y los ahorros permanentes, que trata el presente artículo, quedarán afectados desde su origen a favor del fondo de empleados, como garantía prendaria de las obligaciones que el asociado contraiga con éste, para lo cual el fondo podrá efectuar las respectivas compensaciones. Tales sumas son inembargables y no podrán ser gravadas ni transferidas a otros asociados o a terceros.
Artículo 19º.- Aplicación del excedente. Los excedentes del ejercicio económico que se produzcan se aplicarán en la siguiente forma: El veinte por ciento (20%) como mínimo para crear y mantener una reserva de protección de los aportes sociales.El diez por ciento (10%) como mínimo para crear un fondo de desarrollo empresarial solidario, en cada fondo de trabajadores, el cual podrá destinarse a los programas aprobados por más del cincuenta por ciento (50%) de la asamblea de asociados o delegados según sea el caso.El remanente, para crear o incrementar fondos permanentes o agotables con los cuales la entidad desarrolle labores de salud, educación, previsión y solidaridad en beneficio de los asociados y sus familiares, en la forma que dispongan los estatutos o la asamblea general. Así mismo, con cargo a este remanente podrá crearse un fondo para mantener el poder adquisitivo de los aportes sociales dentro de los límites que fijen las normas reglamentarias del presente Decreto, siempre que el monto de los excedentes que se destinen a este fondo no sea superior al cincuenta por ciento (50%) del total de los excedentes que resulten del ejercicio. Parágrafo.- En todo caso, el excedente se aplicará en primer término a compensar pérdidas de ejercicios anteriores. Cuando la reserva de protección de los aportes sociales se hubiere empleado para compensar pérdidas, la primera utilización será restablecer la reserva en el nivel que tenía antes de su utilización.
Artículo 19.- Aplicación del excedente. Los excedentes del ejercicio económico que se produzcan se aplicarán en la siguiente forma: El veinte por ciento (20%) como mínimo para crear y mantener una reserva de protección de los aportes sociales. El diez por ciento (10%) como mínimo para crear un fondo de desarrollo empresarial solidario, en cada fondo de empleados, el cual podrá destinarse a los programas aprobados por más del cincuenta por ciento (50%) de la asamblea de asociados o delegados, según sea el caso, destinados a financiar proyectos empresariales de sus asociados. El remanente, para crear o incrementar fondos permanentes o agotables con los cuales la entidad desarrolle labores de salud, educación, bienestar, previsión y solidaridad en beneficio de los asociados y sus familiares, en la forma que dispongan los estatutos o la asamblea general. Así mismo, con cargo a este remanente podrá crearse un fondo para mantener el poder adquisitivo de los aportes sociales dentro de los límites que fijen las normas reglamentarias del presente Decreto, siempre que el monto de los excedentes que se destinen a este fondo no sea superior al cincuenta por ciento (50%) del total de los excedentes que resulten del ejercicio.Los Fondos podrán establecer en sus estatutos, la amortización parcial de los aportes hechos por los asociados, mediante la constitución de una reserva especial cuyos recursos provendrán del excedente y de los generados por la prestación de servicios al público no asociado, cuando este se preste de manera excepcional en servicios de previsión, solidaridad y bienestar social a padres, cónyuges, compañeros permanentes, hijos y demás familiares de los asociados. La amortización se hará en igualdad de condiciones para los asociados, de conformidad con los criterios de carácter objetivo que se definan en los estatutos o en el respectivo reglamento, entendiendo que existe igualdad en la readquisición de aportes cuando la asamblea general determina la adquisición parcial para todos los asociados en la misma proporción. En caso de retiro o exclusión del asociado, la amortización podrá ser total. Parágrafo 1: En todo caso, el excedente se aplicará en primer término a compensar pérdidas de ejercicios anteriores. Cuando la reserva de protección de los aportes sociales se hubiere empleado para compensar pérdidas, la primera utilización será restablecer la reserva en el nivel que tenía antes de su utilización. Parágrafo 2: Cuando la reserva de protección de aportes sociales alcance un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) del total de los aportes de los asociados y los amortizados, el fondo no estará obligado a seguir destinando parte del excedente a incrementarla. Parágrafo 3: La amortización aquí prevista podrá llevarse a cabo hasta por el 49% del total de aportes sociales del Fondo y será procedente cuando ésta haya alcanzado un grado de desarrollo económico que le permita efectuar los reintegros y mantener y proyectar sus servicios, a juicio de la asamblea general.
Artículo 28º.- Funciones de la asamblea. La asamblea general cumplirá las siguientes funciones: Determinar las directrices generales del fondo de empleados.Analizar los informes de los órganos de administración y vigilancia.Considerar y aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio.Destinar los excedentes y fijar los montos de los aportes y de los ahorros obligatorios con sujeción a este Decreto y a los estatutos, y establecer aportes extraordinarios.Elegir o declarar electos los miembros de la junta directiva y el revisor fiscal, e igualmente los miembros del comité de control social, cuando se contemple estatutariamente la existencia de este órgano.Reformar los estatutos.Decidir la fusión, incorporación, transformación y liquidación del fondo de empleados.Las demás que le señalen las disposiciones legales y los estatutos.
Artículo 28. Funciones de la asamblea. La asamblea general cumplirá las siguientes funciones: Determinar las directrices generales del fondo de empleados. Analizar los informes de los órganos de administración y vigilancia. Considerar y aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio. Destinar los excedentes y fijar los montos de los aportes y de los ahorros obligatorios con sujeción a este Decreto y a los estatutos, y establecer aportes extraordinarios. Elegir o declarar electos los miembros de la junta directiva, del comité de control social y el revisor fiscal principal y suplente, y para este último, fijar la respectiva remuneración Reformar los estatutos. Decidir la fusión, incorporación, escisión, transformación, disolución y liquidación del fondo de empleados. Aprobar su propio reglamento de funcionamiento. Aprobar los programas en que se destinarán los recursos del fondo de desarrollo empresarial solidario. Elegir de su seno la comisión de verificación y aprobación del acta de asamblea general, cuando haya lugar a ello. Las demás que le señalen las disposiciones legales y los estatutos.
Artículo 29º.- Clases de asamblea. Las reuniones de asamblea general serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se reunirán una vez al año, dentro de los tres primeros meses del año calendario, para el ejercicio de sus funciones regulares. Las asambleas extraordinarias podrán reunirse en cualquier época del año para tratar asuntos de urgencia o imprevistos que no permitan esperar a ser considerados en la asamblea general ordinaria, y no podrán tratar asuntos diferentes de aquellos para los cuales fueron convocadas y los que se deriven estrictamente de éstos.
Artículo 29. Clases de asamblea. Las reuniones de asamblea general serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se reunirán una vez al año, dentro de los tres primeros meses del año calendario, para el ejercicio de sus funciones regulares. Las asambleas extraordinarias podrán reunirse en cualquier época del año para tratar asuntos de urgencia o imprevistos que no permitan esperar a ser considerados en la asamblea general ordinaria, y no podrán tratar asuntos diferentes de aquellos para los cuales fueron convocadas y los que se deriven estrictamente de éstos. Las reuniones de asamblea general podrán ser celebradas de manera presencial, virtual o mixta, de acuerdo a las disposiciones estatutarias de cada fondo, de conformidad a lo estipulado en el Decreto 1068 de 2015.
Artículo 46º.- Fusión e incorporación. Los fondos de empleados podrán disolverse sin liquidarse, cuando se fusionen con otros fondos de empleados para crear uno nuevo, o cuando uno se incorpore a otro, siempre que las empresas que determinan el vínculo común estén relacionadas entre sí o desarrollen la misma clase de actividad.
Artículo 46.- Fusión e incorporación. Los fondos de empleados podrán disolverse sin liquidarse, cuando se fusionen con otros fondos de empleados afines en el objeto social, para crear uno nuevo, o cuando uno se incorpore a otro, siempre que las empresas que determinan el vínculo común estén relacionadas entre sí o desarrollen la misma clase de actividad.
Artículo 56º.- Límites de retención. Las obligaciones de retención a que se refiere el artículo inmediatamente anterior no tendrán límite frente a las cesantías, primas y demás bonificaciones especiales, ocasionales o permanentes, que se causen a favor del trabajador, todas las cuales podrán gravarse por el asociado a favor del fondo de empleados y como garantía de las obligaciones contraídas para con éste. La retención sobre salarios podrá efectuarse a condición de que con éste y los demás descuentos permitidos por la ley laboral, no se afecte el ingreso efectivo del trabajador y pueda recibir no menos del cincuenta por ciento (50%) del salario.
Artículo 56. Límites de retención. Las obligaciones de retención a que se refiere el artículo inmediatamente anterior no tendrán límite frente a las cesantías, primas y demás bonificaciones especiales, ocasionales o permanentes, que se causen a favor del trabajador, todas las cuales podrán gravarse por el asociado a favor del fondo de empleados y como garantía de las obligaciones contraídas para con éste. La retención sobre salarios o pensiones podrá efectuarse, siempre y cuando el asalariado o pensionado no reciba menos del cincuenta por ciento (50%) del neto de su salario o pensión, después de los descuentos de ley. Para el pago de las obligaciones contratadas por parte de los pensionados, se fijará en autonomía y de acuerdo con el análisis de riesgo financiero y capacidad de endeudamiento del pensionado. Las deducciones o retenciones que realice el empleador o entidad pagadora, que tengan por objeto operaciones de descuento directo, quedarán exceptuadas de la restricción contemplada en el numeral segundo del artículo 149 del Código Sustantivo del Trabajo.
La desaceleración económica vivida en el país durante el periodo 2023-2024 ocasionó una fuerte caída en el recaudo tributario que en general ha estado muy por debajo de las proyecciones del Gobierno Central, lo que ha ocasionado recortes en el presupuesto de 2024 y 2025 así como aplazamientos presupuestales de importantes partidas de inversión con miras a mantener la estabilidad fiscal y la confianza de los mercados que permita maniobrar u nivel de endeudamiento que bordea desde el año 2020 niveles entre 55-60% del PIB.
A nivel general el panorama es muy preocupante en materia fiscal y de incertidumbre frente al potencial impacto en la inflación que pueda tener el reajuste del 11% en el SMLMV así como el incremento del precio del dólar y el Diesel en 2025 por lo que se espera las reducciones de la tasa de interés por el Banco de la República sean muy prudentes en el primer semestre de 2025.
El gobierno central tiene serios problemas de caja por el menor recaudo tributario, el mayor gasto de funcionamiento, la inflexibilidad de gastos como transferencias, servicio de la deuda, funcionamiento, educación, salud y defensa; motivo por el cual ha debido recortar $33 billones en 2024 y el recorte del presupuesto para 2024 será de por lo menos otros $40 billones.
Aun así el déficit fiscal que debería ser del 3% y se incrementó a más del 7% durante la pandemia, cerrará 2024 cercano al 6% y luego 2025 se proyecta superior al 5% retrocediendo motivo por el cual desde ya el Gobierno anuncia la intención de tramitar una nueva reforma tributaria. En conclusión el gobierno tiene muy poco margen para impulsar la economía y por el contrario las preocupación sobre la viabilidad de las finanzas públicas empeora debido a la incertidumbre sobre el costo de la reforma a la salud y el aumento de las transferencias a las regiones que de acuerdo con proyecto que avanza como aplanadora en el congreso, pasaría en los próximos 10 años de menos del 30% a casi 40%.
ENTORNO MACRO
Como hecho positivo, la inflación cierra con 5.2% y se prevé un dato superior a 4% en 2025 y más cercano al 3% para 2026. Sin embargo el Banco de la República señala en su primera reunión del 2025 que: “las condiciones financieras externas tienden a tornarse más restrictivas ante las políticas del nuevo gobierno de los Estados Unidos en materia de comercio, política energética y migración, que pueden tener efectos inflacionarios. Las tasas de interés de largo plazo en los mercados globales han mostrado aumentos persistentes, el ritmo esperado en los recortes de la tasa de interés de la FED ha disminuido, y el dólar se ha fortalecido”.
El desempleo se mantiene estable en niveles cercanos al 10% que a pesar de ser elevado comparado con el resto de los países de la OCDE, regresa a los niveles históricos observados antes de la pandemia. Sin embargo, estructuralmente, el desempleo NO cede y la informalidad podría estar incrementando como lo evidencia la reducción de las afiliaciones. Según Asocajas la reducción en el número de trabajadores afiliados fue de 1,93 por ciento.
El crecimiento económico fue de 1.70% para 2024 y se espera que sea cercano o ligeramente superior al 3% para 2025 y 2026. En general varios sectores económicos muestran desempeños negativos o menos dinámicos que en el pasado como se observa en el crecimiento de PIB durante 2024:
El crecimiento económico para 2024 de la economía colombiana se comportó en línea con la mayoría de los analistas, cerrando en 1.7%, que si bien mejora frente al 0.7% del 2023 todavía se encuentra muy por debajo de su potencial y a pesar de que el desempleo se mantiene estable en niveles del 10%, las afiliaciones a las cajas de compensación familiar se reducen lo que hace pensar que la calidad de este empleo se deteriora y se incrementan los niveles de informalidad.
Preocupa el hecho de que la industria completa dos años con comportamiento negativo pero es el sector de explotación de minas y canteras el que tiene peor desempeño y también información y comunicaciones así como actividades profesionales.
Dos sectores crecieron 8.1%: “Actividades artísticas” que poco aportan al agregado y “Agricultura” gracias a los excelentes precios del café, seguidos de “Administración pública, defensa, educación y salud” por el mayor nivel de gasto publico en contratación de personas del actual gobierno.
El panorama en general de incertidumbre fiscal y la pugnacidad comercial así como inestabilidad mundial derivada de la nueva presidencia de Trump y las guerras y tensiones que se mantienen en diversos puntos del planeta, hacen pensar que la reducción de tasas será muy lenta en el primer semestre de 2025 y que a nivel interno la campaña electoral traerá un alto nivel de polarización con cada vez menor margen de maniobra para la aprobación de algunos de sus proyectos clave de un Gobierno envuelto en mediáticos escándalos de corrupción, entre los cuales están una nueva reforma tributaria y la reforma a la salud, además de una política de paz total prácticamente fracasada. El crecimiento de 2025 se proyecta inferior al 3% y tal vez para 2026 por fin se llegue al 4%.
En el semáforo de la economía del diario el tiempo del 17 de febrero de 2025 solo 5 indicadores muestran comportamientos positivos: producción de café, transporte aéreo de pasajeros, utilidades de las entidades financieras, producción de obras civiles y venta de vehículos nuevos:
ECOPETROL, el GAS y el CARBON disminuyen su contribución por entrada de divisas e ingresos a la Nación (regalías, e impuestos de renta, patrimonio e IVA) debido a la caída en las ventas, en la exploración y explotación de yacimientos. Por el contrario se prevé la necesidad de importar GAS y se tiene cierto riesgo sobre el suministro de energía eléctrica a mediano plazo. Las ganancias de ECOPETROL caen 38% en medio del deterioro reputacional del Gobierno Corporativo de la empresa, especialmente de su Presidente y por la incidencia directa del Presidente de la República en la toma de decisiones estratégicas de la Junta Directiva.
Las Remesas de Colombianos en el exterior aportaron casi $12 mil millones de dólares durante 2024, pese a lo cual el dólar se disparó por encima de los $4.400 para finales de 2024 y se prevé se mantenga en niveles entre $4.250 – $4.350 hasta finales de 2026 a pesar del respiro vivido a principios de 2025. El precio del dólar tiene impacto en la inflación de los bienes y materias primas importadas y en el costo del endeudamiento externo.
El salario mínimo se expidió por decreto con un incremento total combinado del 11% lo que junto con la reducción de la jornada laboral y el proyecto de reforma laboral incrementará de manera significativa los costos en un contexto de lento crecimiento lo que podría tener algún impacto negativo en la inflación, la informalidad y el desempleo que cerró con una cifra levemente superior al 10% muy similar al cierre de 2023.
La llegada de TRUMP a la presidencia incrementará la producción de petróleo y su guerra comercial con CHINA, México, Canadá y el mundo entero si cabe, genera incertidumbre sobre el futuro de la divisa. En el caso de Colombia el reciente incidente con el presidente Trump por los deportados, ha dejado una relación maltrecha en la que además se habla de recortes en programas de cooperación militar y ayuda social.
En enero de 2025 el Banco de la República tomó la decisión de mantener inalterada la tasa en 9.5% luego de una tímida reducción en diciembre de 2024 de apenas 0.25%, así que es la tasa en términos reales más alta de las últimas dos décadas. Sin embargo, si nada extraordinario se presenta, se espera que el Banco de la República reduzca su tasa al menos a 7% para final de año 2025 con lo cual la DTF y el IBR estarán por esos niveles para continuar el lento descenso hasta 6% para finales de 2026.
Pese a lo anterior, la abundante liquidez bancaria en medio de una tibia recuperación económica hacen previsible una fuerte competencia por el crédito (disminución de los requisitos y un mayor apetito de riesgo) que disminuirá primero y sobre todo las tasas de los créditos estrechando en el corto plazo los márgenes de intermediación.
La tasa de crédito de consumo en plazos de 3 a 5 años que alcanzó un punto máximo de 35% anual ha descendido a 21.5% y podría regresar a los niveles de 17% antes de la pandemia pero sin llegar al 16% mínimo observado durante la pandemia.
Igualmente la tasa de consumo para plazos superior a 5 años ha descendido del 26% al 19% y podría regresar al 15% antes de la pandemia sin llegar al mínimo de 12% observado durante la pandemia.
Algo similar sucede con VIVIENDA que antes de la pandemia estaba en niveles de 10.3% para NO VIS y de 11.3% para VIS incrementándose ambas a 19% y 18% respectivamente para regresar a 11,2% ambas, siendo la más perjudicada la NO VIS que durante la pandemia estuvo inclusive en niveles inferiores al 9%. La tasa de los CDT alcanzó sus máximos iniciando 2023 con un IBR de 13% y para 90, 180 y 360 tasas del 14,81%, 17,17% y 18,24% respectivamente. Estas también se han reducido a finales de enero de 2025 a niveles de 9.3% hasta 180 días y de 10% a un año, lo que equivale a reducciones de más de 44% para los plazos superiores a 90 días y de casi 40% para los 90 días.
ENTORNO SECTORIAL
En el sector solidario, la situación presentada a nivel país con alta inflación y altas tasas de interés se vio reflejada en los altos costos asumidos en el pago de intereses sobre los ahorros y obligaciones financieras así como en los bienes y servicios adquiridos a lo largo del periodo 2023 – 2024, situación que no impidió que se lograran alcanzar la mayoría de los presupuestos trazados para la vigencia, eso sí con un mayor esfuerzo administrativo.
El Principal reto que asumió el sector solidario al iniciar el año 2024, fue el de mantener una base social fidelizada, comprometida y satisfecha con los productos y servicios ofrecidos ante el inicio de una fuerte competencia, especialmente por el crédito, que se hará aún más intensa durante 2025-2026 a medida que las tasas continúen bajando, especialmente hacia el segundo semestre de 2025. La tasa máxima legal descendió durante 2024 diez puntos porcentuales pasando de 34.98% efectiva anual al cierre de 2023 a solo 24.89% para enero de 2025 aunque a febrero de 2025 se incrementó a 26.30% EA.
El crecimiento de la cartera de créditos fue otro gran reto que asumieron las entidades dedicadas a esta actividad, reto que de acuerdo con el panorama del mercado financiero en Colombia, no era fácil debido a la desaceleración, alta inflación y altas tasas que afectó la capacidad de pago de los hogares. El incremento de los ingresos económicos en estas entidades fue principalmente resultado de las tasas de los créditos ya que en general el crecimiento de la cartera se desaceleró.
Por otra parte, se observa un ligero deterioro del indicador de calidad de cartera, lo cual ha tenido un impacto importante en el gasto por deterioro, el cual será todavía mayor durante 2025-2027 a medida que se implementa el nuevo modelo de cálculo del deterioro llamado la pérdida esperada para las entidades de nivel 1 y 2, que también ha implicado importantes inversiones en adecuaciones tecnológicas y capacitación.
La mayoría de las entidades debieron implementar algunas medidas de austeridad en el gasto logrando con ello compensar el incremento de los costos financieros de los depósitos y de las obligaciones financieras así como de los gastos de funcionamiento y así lograr darle continuidad a la mayoría de los beneficios sociales.
Pese a resultados positivos pero probablemente inferiores a los observados en 2021-2022, las perspectivas futuras son favorables en la medida en que los costos financieros se reducirán acorde con lo que se espera ocurra con las tasas del mercado y la cartera continuará creciendo apalancada en el aumento de los aportes y de los ahorros mientras los gastos de funcionamiento crecen más lento al ritmo de una inflación decreciente.
El informe de gestión no es un simple requisito legal. Es la radiografía del desempeño de una organización solidaria. En un entorno donde la confianza y la transparencia son esenciales, este documento debe convertirse en una herramienta estratégica. Debe evidenciar no solo el cumplimiento normativo, sino también la generación de valor para los asociados, empleados e interesados en nuestra organización.
En el sector solidario, Cooperativas, Fondos de Empleados y Mutuales; el reto va más allá de presentar cifras. Se trata de conectar el desempeño financiero con el impacto social y el valor compartido. Todo esto en un lenguaje que combine rigor técnico y claridad operativa.
1️⃣ La Evolución del Negocio: Datos vs. Realidad Operativa
El primer componente del informe de gestión debe responder a una pregunta clave:
¿Cumplimos nuestro propósito social y económico?
Para ello, no basta con listar indicadores financieros. Se requiere un análisis crítico:
✅ ¿El crecimiento de los ingresos refleja realmente un fortalecimiento en la capacidad de atender a los asociados?
✅ ¿Los indicadores de crédito y ahorro están alineados con las necesidades reales de nuestros asociados?
✅ ¿El modelo de negocio está preparado para los nuevos desafíos regulatorios y tecnológicos?
La presentación de la evolución del negocio debe apoyarse en modelos comparativos de desempeño. Estos contrastan los objetivos estratégicos con los resultados alcanzados.
📌 Recomendación: Usa gráficos de tendencias, mapas de calor y tableros de control. Estas herramientas facilitan la lectura y generan una visión clara del estado de la organización.
2️⃣ Transparencia Financiera y Viabilidad: Más que Estados Financieros
Los estados financieros por sí solos no cuentan la historia completa. Para que un informe de gestión sea realmente útil, debe incluir:
✔️ Análisis de rentabilidad social: No solo cuánto se ganó, sino cómo se reinvirtió en la comunidad y los asociados.
✔️ Gestión del riesgo financiero: Identificación y mitigación de riesgos en liquidez, cartera y mercado.
✔️ Escenarios de viabilidad: Simulaciones de estrés financiero que anticipen amenazas y oportunidades.
📌 Clave técnica: Implementa análisis de sensibilidad financiera. Evalúa cómo variaciones en tasas de interés, inflación y comportamiento de los asociados afectan la sostenibilidad.
3️⃣ Riesgos y Cumplimiento: El Talón de Aquiles de Muchas Entidades
La normativa solidaria ha evolucionado. Con ella, también la responsabilidad de las organizaciones en la gestión de riesgos. No basta con decir «cumplimos con SARLAFT y SARC». Es fundamental demostrar:
⚠️ Mecanismos de prevención: ¿Cómo se identifica y mitiga el riesgo en tiempo real?
⚠️ Cultura de riesgo: ¿Los empleados y directivos comprenden su rol en la gestión de riesgos o es solo un «checklist» de cumplimiento?
⚠️ Evidencia de control: ¿Existen matrices dinámicas de monitoreo y auditoría que respalden las decisiones?
📌 Punto crítico: La Superintendencia de la Economía Solidaria y la UIAF han intensificado la vigilancia en temas de riesgo financiero y lavado de activos. Un informe de gestión robusto en este aspecto no solo garantiza cumplimiento, sino que fortalece la credibilidad de la entidad.
4️⃣ Gobierno Corporativo y Buenas Prácticas: Un Informe No Es Solo Para la Asamblea
El informe de gestión no debe verse como un documento para salir del paso en la asamblea general. Debe convertirse en un instrumento de liderazgo y proyección estratégica.
💡 ¿Qué debe incluir un modelo sólido de buen gobierno en el informe?
✔️ Toma de decisiones basada en datos:Cómo la junta directiva y el comité de control social usan la información financiera para mejorar la organización.
✔️ Indicadores de participación: Niveles de involucramiento de los asociados en la gestión y toma de decisiones.
✔️ Evaluación de gestión directiva: Resultados cuantificables del impacto de las acciones gerenciales.
📌 Perspectiva avanzada: La tendencia en gobierno corporativo apunta a la implementación de modelos de transparencia basada en blockchain. También auditorías externas continuas para reforzar la confianza.
5️⃣ Impacto Social y Balance Social: El Factor Diferencial
La gran diferencia entre una entidad solidaria y una empresa tradicional es el impacto social. Sin embargo, muchas organizaciones siguen reportando su balance social de manera subjetiva y poco estructurada.
🔍 ¿Cómo medir realmente el impacto social?
✅ Transferencias solidarias: Monto y número de beneficiarios directos e indirectos.
✅ Acceso a crédito con enfoque social: Cuántos asociados han mejorado su calidad de vida gracias a la organización.
✅ Educación y bienestar: Inversión en formación y asistencia técnica a los asociados.
📌 Revolucionando el Balance Social.
Conclusión: Las entidades solidarias que entiendan el informe de gestión como una herramienta estratégica marcarán la diferencia.
El reto está en transformar la forma en que se presentan y utilizan los informes de gestión. Convertirlos en un activo estratégico asegurará la sostenibilidad y el crecimiento de las organizaciones solidarias.
🔍 ¿Tu entidad está lista para dar este paso? 🚀
El 12 de febrero, profundizamos en cómo optimizar los informes de gestión con herramientas prácticas.
En la era digital actual, las organizaciones solidarias enfrentan desafíos sin precedentes en su camino hacia la eficiencia modernización, cumplimiento de la norma y gestión del riesgo. Para sobresalir en un entorno competitivo y en constante cambio, es fundamental que nuestras organizaciones adopten soluciones tecnológicas innovadoras que mejoren su funcionamiento interno y la experiencia de sus asociados. En este contexto, la implementación de formularios virtuales se convierte en una estrategia no solo necesaria, sino transformadora y STARSOL® se posiciona como el aliado ideal para hacer de esta transición una realidad exitosa.
¿Por Qué ahora son muy necesarios los Formularios Virtuales?
Transformación Digital: Los formularios virtuales son un componente esencial de la transformación digital. Al digitalizar los procesos de recolección de datos, las organizaciones solidarias pueden integrarse en la economía digital y aprovechar las oportunidades que ofrece, desde la mejora en la gestión de recursos hasta el cumplimiento de la normatividad sin desgastarse con procesos dispendiosos.
Experiencia del Usuario: En un mundo donde la inmediatez es clave, los formularios virtuales brindan una experiencia fluida y amigable para los asociados. Al eliminar las barreras del papel y los procesos manuales, las organizaciones pueden ofrecer una experiencia más ágil y accesible, aumentando así la satisfacción y fidelización de los asociados.
Cumplimiento Normativo de Manera Ágil: La normativa en el sector solidario puede ser compleja y cambiante. Con el uso de formularios virtuales, STARSOL® permite a las organizaciones cumplir de manera eficiente con requerimientos como el numeral 3.2.2.3.1 de «Conocimiento del asociado o cliente». Esto no solo asegura la conformidad, sino que también construye una buena imagen con los asociados demostrando el crecimiento tecnológico de la organización.
Inteligencia de Datos: La recopilación de datos de manera digital permite no solo almacenar información, sino también analizarla inclusive realizar las consultas en listas vinculantes, restrictivas e informativas.
Agilidad en la Adaptación: Las organizaciones solidarias operan en un entorno dinámico. Los formularios virtuales permiten realizar cambios y adaptaciones rápidamente en respuesta a las necesidades de los asociados o a cambios regulatorios. Esta agilidad es clave para mantenerse relevantes y competitivos.
Sostenibilidad: Al reducir el uso de papel, las organizaciones contribuyen a la sostenibilidad ambiental. Este compromiso con el medio ambiente puede mejorar la imagen pública de la organización y atraer a asociados que valoran la responsabilidad social y ecológica.
STARSOL®: La Herramienta que Necesitas
STARSOL® no solo ofrece formularios virtuales, sino que proporciona una solución integral para la gestión de riesgos y el fortalecimiento de las organizaciones solidarias. Con su interfaz intuitiva y funcionalidades avanzadas, STARSOL® permite a las entidades crear formularios personalizados que se adaptan a sus necesidades específicas, optimizando así sus recursos y mejorando su operatividad.
👉 Descubre cómo usar el Formulario Virtual de STARSOL® en nuestro video tutorial:
No pierdas la oportunidad de ser parte de la revolución digital en tu organización. Implementando el módulo SARLAFT que ofrece formularios virtuales para el cumplimiento de la normatividad, sino que también fortalece tu conexión con los asociados, asegurando que tu entidad no solo sobreviva, sino que prospere en la economía solidaria del futuro. QUIERO UNA COTIZACIÓN
Para evaluar el desempeño del sector solidario se seleccionaron 2468 entidades que a junio de 2024 cumplían 2 condiciones: tener más de $50 millones en activos y más de $5 millones de ingresos. Con dichas entidades establecimos el crecimiento de sus principales cifras en los últimos 12 meses (junio 2024 vs junio de 2023) y algunos indicadores de estructura encontrando lo siguiente:
Descarga el archivo en Excel utilizado para construir este análisis, pero solo después de haber leído todo el artículo. ¡No te pierdas ningún detalle!
Es un sector muy asimétrico:
Las 43 cooperativas mas pequeñas con menos de $20 mil millones de activos, representan el 25% de todas las entidades y apenas tienen 2.6% de los asociados, 2.1% de los activos, 2.1% de la cartera, 1.7% de los depositos, 3.4% de los aportes y 2.2% de los ingresos
Por el otro lado, las 28 cooperativas más grandes con más de $200 mil millones de activos concentran dos tercios de los asociados, los activos, la cartera, los depósitos y los ingresos.
De las 171 cooperativas con autorización para captar ahorros que reportan informacion a junio de 2024, 31 de ellas, es decir, casi 1 de cada 5, acumula pérdidas en el primer semestre y otras 5 apenas tienen excedentes menores a $5 millones es decir, están en punto de equilibrio. En total 78 cooperativas (46%) tiene una rentabilidad sobre aportes negativa o inferior a 2% y en 7 de ellas el patrimonio es inferior al valor de los aportes, es decir que presentan quebranto patrimonial y deben aplicar retención proporcional de pérdidas.
56 cooperativas su cartera decrece en los últimos 12 meses y otras 29 crece menos del 3% con lo cual podríamos decir que la mitad de estas entidades presenta un pobre crecimiento de cartera mientras otras 65 crecen más de 6.55%, es decir, igual o superior a la inflación .
En materia de Crecimiento COOVITEL tiene un desempeño excepcional por las fusiones con varias entidades en los últimos años (Coolever y Cooservicios) lo cual le permitió crecer sus activos desde $91 millones en el año 2020 hasta $147 mil millones al cierre de junio de 2024.
El crecimiento es más destacado en las entidades más grandes y se observa un mayor crecimiento de los costos y de los gastos que de los ingresos por lo que se presume un deterioro de la rentabilidad que no es suficiente ni para incrementar la participación del capital institucional ni para mantener el poder adquisitivo de los aportes lo que encierra riesgo de liquidez por descapitalización ya que no solo los aportes como capital de trabajo pierden poder adquisitivo sino que los aportantes con mayores valores se verán cada vez más tentados a retirar su dinero. Este fenómeno de las cooperativas y mutuales viene hace más de una década y es en parte consecuencia del impuesto de renta del 20% que llevó a muchas entidades a buscar formulas para disminuir los excedentes y pagar menos impuestos pero también llevando a las entidades a crear menos capital institucional y “deteriorar” el poder adquisitivo de los aportes.
También se observa un mayor crecimiento de los depósitos y de los aportes que de la cartera lo que ha llevado a una menor participación de la cartera en el total de activos que en promedio es del 77% pero es mayor en las 10 cooperativas más grandes, a una disminución del endeudamiento bancario y a un incremento de la liquidez.
De no revertirse esta tendencia en 2025 la rentabilidad se afectará en la medida en que se espera que los excesos de liquidez pierdan rentabilidad por la reducción de las tasas del mercado y adicionalmente será necesario reducir las tasas de los créditos por una “feroz” competencia que se mantendrá durante todo 2025 y 2026, tiempo durante el cual las tasas continuarán reduciéndose tanto las activas como las pasivas.
Fondos de Empleados
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Es un sector casi igual de asimétrico que las cooperativas con actividad financiera:
Entre los 1122 fondos analizados con más de $50 millones de activos y más de $5 millones de ingresos a junio de 2024, dos de cada tres fondos (66%) tienen menos de $5 mil millones de activos concentrando 22% de los asociados pero menos del 10% de los activos, la cartera, los depósitos y los ingresos.
En el otro extremo está CAVIPETROL, el fondo de empleados más grande que concentra el solo 15% de la cartera, 20% de los depósitos 12% de los ingresos aunque solo 1.4% de los asociados
Los fondos con más de $50 mil millones de activos solo son 42 sin Cavipetrol (3.7%), y concentran la cuarta parte de los asociados y concentran casi el 40% de la cartera, los depósitos, el patrimonio, los ingresos y los excedentes.
El crecimiento de la cartera de los fondos de empleados es en general mejor que el de las cooperativas con actividad financiera y se observa una mejor dinámica en el crecimiento de los depósitos especialmente en los de más de $100 mil millones de activos.
Al igual que en las cooperativas con actividad financiera se observa un deterioro de la rentabilidad debido a un crecimiento de gastos que supera el crecimiento de los ingresos y un crecimiento de cartera inferior al de los aportes y ahorros, así que es de esperarse que para 2025-2026 se reduzca la rentabilidad de los excesos de liquidez, dada la reducción de las tasas del mercado y se tengan que disminuir igualmente las tasas de los créditos para competir con el mercado de LIBRANZA en el que se vivirá una verdadera “Guerra” de tasas y plazos donde se espera que regresen a niveles de 11-13% efectivo anual y hoy ya más del 80% de los créditos de libranza se desembolsa a más de 7 años con plazos de hasta 12 años.
La cartera representa el 71% promedio de los activos, perdiendo participación frente al cierre de 2023 pero es mayor en los fondos entre $10 – $100 mil millones de activos donde llega al 75-77% promedio.
El excedente sobre aportes es mayor que las cooperativas con actividad financiera y mejora a mayor escala o tamaño del fondo superando incluso el 10%.
El capital institucional sin embargo es inferior al 10% especialmente en los fondos más grandes con más de $200 mil millones de activos.
Cooperativas crediticias y mutuales con ahorro y crédito
Las cooperativas dedicadas al crédito sin captación de ahorros, es un sector menos asimétrico y las entidades en general no llegan a los tamaños que alcanzan las cooperativas con actividad financiera y los fondos de empleados, dadas las limitaciones en su crecimiento por no captar ahorros, lo cual si pueden las mutuales pero siguen siendo una figura poco conocida y poco aprovechada por los colombianos para fomentar el ahorro y crédito desperdiciando su ENORME potencial:
Estas entidades presentan un lento crecimiento de la cartera, inferior al crecimiento de los aportes, lo cual mejora su liquidez que depende para su capital de trabajo parcialmente de obligaciones financieras que en las entidades más grandes llegan a financiar más del 10% del activo. Igual que las anteriores el crecimiento de los gastos ha sido superior al de los ingresos en las cooperativas no así en las mutuales donde si se han visto afectadas pero por el incremento superior de los costos de los depósitos y obligaciones financieras. El excedente neto sobre aportes es aún inferior que el de las cooperativas con actividad financiera a excepción de las más grandes, debido a las mismas razones y con las mismas consecuencias ya analizadas:
CONCLUSIONES
Baja rentabilidad por mayor crecimiento de gastos y costos frente a los ingresos que no alcanza para mantener el poder adquisitivo del patrimonio (aportes y capital institucional) lo que genera a largo plazo riesgo por “descapitalización”.
Crecimiento de la cartera inferior al de los aportes y ahorros
Perdida de participación de la cartera y aumento de la liquidez
Se espera que la rentabilidad de los excesos de liquidez y de las inversiones se reduzca, al mismo tiempo que será necesario reducir las tasas de los créditos para competir con la banca tradicional durante 2024-2025 cuando se presentará una “GUERRA” de tasas y plazos, especialmente por libranza.