🔎 Autoevaluación anual de Directivos

🔎 Autoevaluación anual de Directivos

La Autoevaluación de directivos es la valoración del rendimiento en la organizacion solidaria.

La Circular Basica Juridica establece en el numeral 1.1.3 que: “Con sujeción a lo previsto en la normatividad vigente para la conformación y retribución del consejo de administración o junta directiva, las organizaciones establecerán en sus estatutos con aprobación de la asamblea general de asociados como mínimo lo siguiente:

Los mecanismos de evaluación de desempeño del consejo de administración o junta directiva, que permitan hacerle seguimiento a su labor, periodicidad de la evaluación y los efectos de la misma.” Es por esto que quiero compartir este modelo de valoración que permite determinar:

  • Aspectos estratégicos
  • Desempeño
  • Aporte y compromiso individual
  • Participación de la administración

Espero sea de gran utilidad para ti y tu organización. Comparte con tus conocidos.

El abuso de los Bancos

El abuso de los Bancos

Los bancos y empresas de telecomunicaciones abusan y maltrantan sus clientes en la cobranza no importa que hayas sido excelente cliente y les hayas pagado millones de pesos en intereses y servicios durante 20 años.. te amenzan, intimidan, “cañan” y las empresas de cobranzas que ellos mismos crean para tercerizar la cobranza, se llenan los bolsillos con tarifas exorbitantes de cobranza desde el primer día solo por mandar un mensaje de texto y una llamada pregrabada. Si quieres comprar un plan de celular deja tu numero y en minutos te llaman, pero si deseas presentar una queja o que te solucionen un reclamo,… paciencia porque pasaras por menu, tras menu, caidas de llamadas y finalmente te envolverán en mil explicaciones y tramites para decir al final que no tienes la razon a menos que amenaces con demandar o quejarte en la Superintendencia.

EL SECTOR SOLIDARIO NO ES ASI

Dejame tus comentarios y comparte con tus asociados

🌡️Indicadores Sectoriales por tipo de entidad y nivel de supervisión

🌡️Indicadores Sectoriales por tipo de entidad y nivel de supervisión

Te invito para que juntos realicemos un análisis de todo el sector, la evolución durante el año 2020 y 2021.

Analizaremos:

  • Tamaño
  • Activos
  • Pasivos
  • Patrimonio
  • Cantidad de asociados.

Descarga los indicadores 🎛️ ⬇️

Si quieres aprender a interpretar cada uno de los indicadores te invito para que te matricules en nuestro Programa de entrenamiento para administradores del SISTEMA INTEGRAL DE ADMINISTRACION DE RIESGO DE CREIDTO – SARC

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BALANCE SOCIAL Y ECONÓMICO

BALANCE SOCIAL Y ECONÓMICO

Concluido el mes de enero se agota el tiempo para preparar los informes de gestión de cara a la asamblea y ya muchos gerentes empiezan a preparar las estadísticas e informes que les permitirán cumplir con este propósito y quisiera compartir con ustedes algunos TIP´S los cuales deberán tener en cuenta:

  • HECHOS OCURRIDOS DESPUÉS DEL CIERRE: si llegara a ocurrir algún evento importante después de haber cerrado los estados financieros que pudieran tener una incidencia significativa en el desempeño futuro de la organización esa es una revelación especial, pudiera decirse que se trata de la hipótesis del negocio en marcha y se relaciona con hechos ocurridos después del corte.  La hipótesis del negocio en marcha, la evolución previsible de la entidad en NIIF, tiene que ver con si existen incertidumbres importantes sobre si la entidad tendrá o no la capacidad de continuar desarrollando su actividad ordinaria normalmente. Los estados financieros siempre se preparan por defecto, bajo la hipótesis del negocio en marcha y sólo en el caso contrario deberá hacerse una revelación especifica, es decir, cuando existen elementos que hacen pensar que probablemente la organización no pueda continuar desarrollando normalmente su objeto social en el futuro cercano, bien sea a que ese hecho ocurrió antes o después del cierre de los estados financieros sobre los que se va a informar lo cual debe incluirse dentro del informe de gestión y las revelaciones.
  • El código de comercio señala que el informe de gestión debe hablar sobre el cumplimiento de las metas el desempeño financiero, el logro de los objetivos así como los hechos ocurridos después del cierre, así como las transacciones con asociados.  La palabra asociados para nosotros tiene una connotación muy especial, porque son nuestros clientes, administradores y dueños siendo normal que desarrollemos operaciones con ellos que es nuestra razón de ser, pero cuando se habla en el código de comercio de transacciones con asociados realmente está hablando de transacciones con partes relacionadas con compañías que son subsidiarias, filiales, matrices o controladas, directa o indirectamente por la entidad reportante, entonces cuando hablamos de asociados en el código de comercio estamos hablando de transacciones con partes relacionadas que el decreto 962 del 2018 dejó claro que en nuestro caso incluye las efectuadas con el consejo de administración o junta directiva y la junta de vigilancia o comité de control social, gerencia y sus familiares además de filiales matrices, negocios conjuntos tanto de la entidad como las controladas o propiedad de los anteriores.
  • En la normatividad solidaria hay una serie de requisitos o requerimientos específicos que deben ser incluidos en estos informes de gestión, por ejemplo, describir la forma en que la entidad está gestionando sus riesgos, SARLAFT, SARC, SARL, SARM, SARO. La gestión de riesgos debe tener algún aparte dentro del informe de gestión o dentro de las notas a los estados financieros en el que se detalle qué sistemas que se han implementado y los resultados que éstos han dado y sobre todo las mediciones y resultados de la BRECHA DE LIQUIDEZ, IRL, indicador de calidad de cartera por mora y por riesgo (después de la recalificación), sí se han presentado eventos de riesgo operativo, sobre esto habrá que dedicarse un aparte del informe de gestión
  • Estructura de buen gobierno, es decir cuáles son los órganos de buen gobierno que existen y cuáles son sus roles, describir un poco la forma en la que se administra la organización
  • Balance social: además del desempeño económico y financiero, se debe informar a través de indicadores y estadísticas la forma en que la entidad satisface el principio de ayuda mutua de solidaridad, de participación democrática, de educación, responsabilidad con la comunidad y en general los principios solidarios. En el caso de las cooperativas de ahorro y crédito tienen ellas una herramienta que fue desarrollada por la Súpersolidaria que se llamaba balance social y que posiblemente otros sectores en los próximos años deban implementar y ésta puede ser una información a partir de la cual puedan construir ese informe de balance social. Las demás, el mensaje es que construyan su balance social de algún modo a partir de indicadores de transferencia solidaria o a través de cumplimiento de los principios del modelo, pero en todo caso que se informe sobre el balance social, así que yo diría que, debería hablarse del balance económico y describir los indicadores, la gestión de riesgos, el crecimiento que la cartera y también se hable del balance social a través de indicadores de transferencia solidaria o del cumplimiento de los principios, que permitan a los asociados conocer la forma en que se esta ejecutando la misión para la cual fue creada de la organización, dentro de lo cual es muy importante incluir el informe de PESEM es decir, el plan educativo socio empresarial.
  • El PESEM es la forma en que la entidad apoya el logro de los objetivos del plan de desarrollo a través de acciones educativas, para lo cual se debe hacer un plan anual que debe ser supervisado permanentemente por el órgano de control social. Esto fue incluido como una responsabilidad del órgano de control social en la nueva circular básica jurídica en el literal E del numeral 3 del capítulo X del título IV de la circular básica jurídica.  Debe hacer seguimiento permanente al PESEM desde su construcción, implementación y ejecución y presentar un informe con el apoyo de la administración a la asamblea general.
  • Las NIIF en sí mismas tienen requerimientos de revelación específicos sobre cada partida, mientras el numeral 4 del capitulo I del titulo II de la circular básica contable trae sobre exigencias de revelación expresa sobre la entidad reportante, cartera y fondos sociales y no olvidarse del formato de taxonomía que lo piden una vez al año y se reporta a través del SICSES hecho, que debe ocurrir del 7 al 11 de febrero para los niveles 2 y 3.
  • Entonces es muy importante tener presente además de lo establecido en el código de comercio para el informe de gestión anual en la asamblea, el tema del PESEM, balance social, balance económico, cumplimientos legales, propiedad intelectual, aporte a la seguridad social, hechos ocurridos después del cierre o evolución previsible de la entidad o negocio en marcha, y las transacciones con partes relacionadas, además de incluir en las notas o en el informe o en las revelaciones, lo que tiene que ver con buen gobierno y con gestión de riesgos.

De todo estos temas trata nuestro evento del cuatro de febrero, donde entregaremos en la medida de lo posible guías y ejemplos prácticos que les permitan cumplir con ese propósito. Los esperamos.

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Auditoria Semestral del SIAR por el Revisor Fiscal

Auditoria Semestral del SIAR por el Revisor Fiscal

Hola amigos Revisores Fiscales del sector solidario. ¿Sabían ustedes que en la circular básica jurídica la palabra Revisor o Revisoría Fiscal aparece mencionada 144 veces y que en la circular básica contable lo hace por lo menos 38 veces? 

Ya no es sólo la responsabilidad que el código de comercio y la normatividad tributaria le delegan al Revisor Fiscal. Ahora la Supersolidaria en los requerimientos, frecuentemente exige que las respuestas vayan certificadas por el Revisor Fiscal lo que implica modificar los cronogramas de trabajo para dar respuesta oportuna a los mismos.

Adicionalmente a raíz del sistema integral de administración de riesgos “SIAR” que entro a operar el 1 julio del 2021, el Revisor Fiscal tiene la obligación de desarrollar una serie de trabajos de los cuales voy a mencionar las responsabilidades más importantes e invitarlos a que ustedes le den una revisada al interior del texto la circular básica contable.Ñ

  1. De las primeras menciones muy importantes que aparecen allí está en el título II en el capítulo I en el numeral quinto, habla de que el Revisor Fiscal es responsable a futuro sobre los efectos que puedan tener los estados financieros que ha dictaminado
  2. También menciona que es responsable de la información que se reporta a través del SICSES, de su exactitud y su fidelidad
  3. En el título III, en el que habla de normas prudenciales en el capítulo III donde fundamentalmente se refiere a los fondos de empleados el numeral 1 del punto 5 señala que “En su informe semestral el Revisor Fiscal debe certificar el cumplimiento mensual del indicador de solidez
  4. Ya entrando en el sistema integral de administración de riesgos y el tema objeto de nuestro seminario este 15 diciembre dice que la revisoría fiscal debe informar al menos 2 veces al año al comité de riesgos sobre la evaluación de la efectividad de los sistemas de gestión de riesgo, destacando sus fortalezas y las oportunidades de mejora. De ello debe dejar constancia tanto en el acta del comité riesgos como en el acta del órgano de administración, ya al interior de cada uno de los riesgos existen responsabilidades específicas. Este capítulo primero al hablar del SIAR no hace distinción respecto a quiénes deben implementar el SIAR y nombrar el comité de riesgos así que cada una de entidades indistintamente de su naturaleza tamaño complejidad deben contar con un comité de riesgos que se debe reunir mensualmente para monitorear los riesgos bien con las metodologías estándar que la Supersolidaria ha diseñado y que resulten aplicables o con sus propios métodos pero todos deben gestionar sus riesgos. Hoy la cooperativa de caficultores más grande de Colombia está intervenida por un riesgo operativo que después se convierte en un riesgo de mercado y un riesgo de liquidez: No tener claramente definidas las competencias de la gerencia y un sistema de control, metas y gestión lleva a que esta organización cree una empresa en los estados unidos que especulan en futuros de café que perdiendo 26 millones de dólares, que es riesgo de mercado y al perder todo ese dinero se queda sin capital de trabajo en un momento en que el café está el doble del precio que tenía el año pasado y por ende requiere el doble de capital de trabajo para poder comprar la misma participación de la producción en este 2021 derivando en riesgo de liquidez. Nótese entonces como los riesgos intercomunican entre si, riesgo operativo se convierte en riesgo de mercado luego en riesgo de liquidez y ahora el tema reputación y ilegal. Entonces hay muchas organizaciones que equivocadamente dicen es que a mi no toca riesgo operativo ni riesgo de mercado. Tienen razón en  el sentido de que no les aplican los estándares que haya diseñados para cooperativas o para fondos de empleados que captan ahorros o mutuales lo que no significa que no esté expuesta a esos riesgos que debe con los metodos que recomiende el comite de riesgos identificar, evaluar, medir, controlar y monitorear.
  5. En el título IV capítulo 2 SARC que la Revisoría  fiscal debe informar sobre los aspectos significativos evidenciados  en sus auditorias y si se están cumpliendo o no las instrucciones impartidas por la SUPERSOLIDARIA,
  6. Respecto al riesgo de liquidez capitulo III del titulo IV 5.5.1.: dice que la Revisoría en  su plan de auditoria debe verificar por lo menos una vez en el semestre el estricto cumplimiento estas instrucciones, incluir un pronunciamiento expreso el dictamen, comprobar la consistencia de la información que ha sido remitida, evaluar pues los sistemas de información que utilizan los aplicativos y demás para el cálculo de la brecha y el IRL e informar de manera inmediata la SUPERSOLIDARIA de cualquier irregularidad que ponga en peligro la devolución de aportes y ahorros.
  7. En el riesgo operativo miren el numeral 5.6.1 dice allí que respecto a riesgo operativo el Revisor Fiscal de poner en conocimiento del representante legal del comité de riesgo del consejo administración los incumplimientos elaborar un informe de cierre dirigió el consejo y el representante legal y comité riesgos sobre el tema del riesgo operativo e incluir también un pronunciamiento expreso en el dictamen
  8. En el número 5.5 en el literal D del capítulo que habla de riesgo mercado que es el V del mismo título IV dice que informa de manera inmediata la Supersolidaria cualquier irregularidad sobre el cumplimiento de la norma e incluir un pronunciamiento expreso.

En conclusión, Son muchas las responsabilidades que tiene el Revisor Fiscal respecto al buen funcionamiento del sistema integral de administración de riesgo y por eso queremos entregar este 15 de diciembre las herramientas que les permitan a los revisores fiscales chequear que la organización está cumpliendo adecuadamente con la normatividad que le corresponde y haciendo una adecuada gestión de sus riesgos los esperamos entonces y para ello pueden inscribirse a través de nuestra página web: 👉🏻 https://diegobetancour.com.co/project/auditoria-semestral-a-la-efectividad-del-siar-por-parte-del-revisor-fiscal/ en la cual también encontraran los teléfonos de contacto para cualquier inquietud.

EVALUACIÓN DE CARTERA

EVALUACIÓN DE CARTERA

Amigos del sector solidario, si se fijan en la circular externa 17 de 2020 en la cláusula octava, este año la evaluación de cartera se debe hacer en el mes de noviembre. Evaluación que nunca como antes tendrá que considerar las perspectivas de reactivación económica que tienen aquellos asociados que fueron objeto de medidas de alivio con ocasión del tema la pandemia.

Adicionalmente es muy importante que tengamos en cuenta las observaciones que ha hecho la Superintendencia de Economía Solidaria en su carta circular 3 y carta circular 6 de 2019.

Desde que salió la primera norma de riesgo de crédito en la circular básica contable en el capítulo II se habló de 3 procesos otorgamiento, seguimiento y cobranza.

El otorgamiento es el análisis de crédito basado en el cual se toma la decisión de prestar o no y bajo qué condiciones y que garantías.

El seguimiento no es solo sobre la cartera en mora, que es lo que muchas entidades todavía siguen haciendo.  Este proceso de seguimiento ha tenido varias modificaciones: una en el 2008 y otra en el 2013.

Inicialmente se pretendía abarcar una muestra mediante la técnica de “paretto” y solo se consultaba la central de riesgo aquellos créditos por libranza que tenían más de 20 salarios mínimos que no estuvieran cubiertos por aportes (10 SMLMV sin libranza).  Todo eso cambió.  El numeral 2.4. del Capítulo II de la CBC y las carteras circulares 03 y 06 de 2019 dejan claro que la evaluación de cartera tiene como propósito identificar “potenciales riesgos futuros”, es decir, aquellos deudores que hoy están bien pero podrían deteriorarse a futuro por una desmejora en su capacidad de pago, solvencia o el deterioro de sus garantías y así establecer posibles incrementos de las provisiones derivadas de la recalificación de tales deudores.

En conclusión, cada entidad debe diseñar y documentar una metodología técnica, analítica o estadística para evaluar la totalidad de los deudores incluyendo los 6 criterios mínimos obligatorios: capacidad de pago, solvencia, garantías, información de las centrales de riesgo, servicio de la deuda (como ha pagado) y numero de reestructuraciones.  Esta calificación debe conducir a identificar deudores de alto riesgo que deban ser recalificados conforme a la política diseñada, documentada y aprobada por el órgano permanente de administración, degradando los de mayor riesgo lo que implica que la entidad tendrá dos índices de calidad de cartera: uno por altura de mora y otro por riesgo.

Recuerde que:

  1. Se debe evaluar la totalidad de la cartera por lo menos una vez al año y trimestralmente los deudores reestructurados que entren en mora, aunque por la pandemia, la evaluación trimestral se suspendió durante 2020 (Circular 17 de 2020), así que las entidades que todavía hacen evaluaciones de cartera selectiva sobre una muestra o un “paretto” se quedaron con la versión vieja de la norma.
  2. Hay que hacer la evaluación de cartera con todos los criterios  del numeral 2.4: capacidad de pago, solvencia, hábitos de pago, garantías, número de veces que el crédito ha sido reestructurado e información de las centrales de riesgo.  En muchas entidades evalúan la cartera sin consultar a las centrales de riesgo o No sé está consultando la totalidad de sus deudores a la central de riesgos para efectos de establecer cuáles de esos deudores que aparentemente están bien o no están tan mal, a futuro representan un mayor riesgo porque ya evidencia niveles de endeudamiento muy alto que hacen pensar que no van a poder pagarle a todos y entonces van a entrar en mora con alguno y podrían ser objeto de embargos o declararse insolventes. Sobre esas personas la idea es poner el foco para establecer si las garantías pueden mejorarse, si hay alguna medida que ayude a mitigar la probabilidad de incumplimiento o si tal vez debería reclasificar esos créditos y provisionarlos.
  3. La Superintendencia encuentra inadecuado en las evaluaciones que se están haciendo:
  • No tienen una metodología analítica y estadística que permita evaluar esas 6 variables en toda la cartera para determinar a quiénes debería yo recalificar. 
  • No está documentada la metodología
  • La metodología no involucra todas las variables
  • No existe una política aprobada y documentad de recalificación, es decir, se hace la evaluación de cartera como por cumplir un requisito pero esa evaluación no conduce a la recalificación de nadie.

¿Qué es recalificar? Una persona puede estar hoy al día conmigo, es decir que por altura de mora está en A, pero tal vez, con otra entidad presenta incumplimientos o su nivel de endeudamiento es tan alto que no presenta capacidad de pago y tiende a insolventarse.  Sería tal vez lo más prudente internamente bajarlo a B.

Ahora más que nunca la Superintendencia va a estar muy pendiente de las evaluaciones de cartera se hagan este año como de hecho le hizo un seguimiento muy estricto a las evaluaciones de cartera de las cooperativas de ahorro y crédito a finales del 2019.

Tengan presente que esta nueva normalidad también permitió que la superintendencia descubra nuevas formas de hacer su trabajo y esta empezando a realizar visitas no presenciales y simplemente a través de una reunión virtual hacen el requerimiento de toda esta información en la cual siempre incluyen el tema de la evaluación de cartera.

Adicionalmente el próximo riesgo que se va a reglamentar es el sistema de administración de riesgo de crédito “SARC” cuya norma seguramente saldrá a finales de este año o principios del 2021 y simultáneamente va a salir con el sistema de administración de riesgo operativo “SARO”. 

Es oportuno decir que las entidades equivocadamente piensan que la evaluación de cartera es el archivo que les mandó la central de riesgos con la información de deuda de los asociados. Este es solo un insumo parte de la información con la cual se aplica una metodología para hallar el nivel de riesgo de los deudores, segmentarlos y establecer cuales deberían ser objeto de calificación.

Es por esto que en nuestras capacitaciones estamos entregando.

  1. Un Modelo en Excel para evaluar la cartera con un SCORING que consolida la información interna y de las centrales de riesgo para calcular los 6 criterios mínimos y otros adicionales, ponderando los puntajes de cada variable para obtener una nota de riesgo que segmente los deudores de mayor riesgo.
  2. El documento técnico con la metodología del SCORING
  3. Una política para recalificación de la cartera.
  4. El modelo de acta de evaluación de la cartera.
  5. Adicionalmente entregaremos herramientas de monitoreo como Cadena de Márkov o Matriz de Rodamientos y Cosechas.

Con esto las entidades van a poder cerrar el ciclo y decir que verdaderamente evaluaron su cartera con la metodología técnica y analítica y así poder cumplir con la obligación legal que está en la cláusula octava de la circular 17 2020 y los numerales 2.4 de la circular básica contable.

📖✏️📚✅ SEMINARIO TALLER Evaluación de Cartera con Metodología Técnica y Política de Recalificación. 🗓️5 de Noviembre | 🕗 8 a.m.

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Diego Betancour | Coach Economía Solidaria