El Ministerio de Hacienda publicó recientemente dos proyectos de reforma al Decreto 1068 de 2015. Aunque en apariencia se trata de ajustes técnicos, lo cierto es que proponen transformaciones de fondo que impactan directamente a los fondos de empleados y a las cooperativas de ahorro y crédito.
Los cambios abarcan desde las operaciones que pueden realizar estas entidades, hasta la forma de calcular su patrimonio, los niveles de supervisión y la destinación de sus recursos de liquidez. En conjunto, configuran un nuevo escenario que obliga al sector solidario a detenerse, estudiar y pronunciarse.
El tiempo, sin embargo, es corto: el plazo para enviar comentarios vence el 7 de octubre.
1. Restricciones en las operaciones de los fondos de empleados
Uno de los aspectos más delicados del proyecto es que limita las operaciones que pueden realizar los fondos de empleados. En lugar de reconocer su diversidad y evolución, el texto copia de manera casi literal lo establecido para las cooperativas de ahorro y crédito: ahorro, crédito, factoring y algunos servicios de educación y bienestar.
Esto excluye otras actividades que muchos fondos han desarrollado con éxito durante años:
Tiendas y almacenes.
Casinos y restaurantes.
Servicios de afianzamiento.
Programas empresariales adicionales.
De aprobarse, estas iniciativas quedarían prohibidas, obligando a desmontarlas o separarlas de la estructura principal. En términos prácticos, significaría reducir la capacidad de los fondos de responder a las necesidades reales de sus asociados.
2. Supervisión más exigente: el salto al nivel uno
El proyecto también dispone que los fondos de empleados de categoría plena pasen automáticamente a nivel uno de supervisión. Esto trae consigo varias consecuencias:
Reportes mensuales (ya no trimestrales).
Incremento en las tarifas de supervisión.
Cumplimiento de obligaciones exclusivas del nivel uno.
En cálculos preliminares, más de 100 fondos de empleados superarían los topes establecidos (alrededor de 15.600 millones de pesos) y entrarían de inmediato en esta categoría.
No se trata solo de más controles. Es un cambio que implica mayores costos administrativos y operativos, lo cual inevitablemente se traduce en presión sobre la gestión y los resultados de estas entidades.
3. Fondo de liquidez: recursos dirigidos al Estado
Quizás el punto más polémico sea la modificación sobre el fondo de liquidez. Hasta ahora, las entidades podían diversificar su inversión, incluyendo CDTs y otros instrumentos del sistema financiero.
La propuesta establece que, para fondos y cooperativas de categoría plena, la liquidez solo podrá mantenerse en:
Cuenta de ahorros.
Cuenta corriente.
Bonos del gobierno.
En la práctica, esto significa que buena parte de los ahorros de los asociados terminarán financiando directamente al Estado, eliminando alternativas más rentables y seguras en el mercado financiero.
Es difícil no interpretar esta medida como una forma de captar recursos del sector solidario para cubrir necesidades fiscales del gobierno.
4. Lenguaje desactualizado y nuevas cargas
Más allá del fondo, el texto del proyecto evidencia problemas de forma. Continúa utilizando conceptos obsoletos como “valorizaciones”, “reajuste por inflación” o “reserva fiscal”, eliminados de la normativa contable hace décadas.
Además, exige trámites innecesarios, como compromisos adicionales para usar los excedentes, cuando la ley ya obliga a destinar al menos el 20% a reservas. En lugar de simplificar, se genera más burocracia tanto para las entidades como para la Superintendencia.
Otro punto crítico es la asignación de funciones técnicas a los comités de control social, como vigilar límites de concentración en créditos o captaciones. Estas tareas son de naturaleza contable y financiera, propias de la revisoría fiscal. Incluirlas en el control social desnaturaliza la figura, generando confusión y debilitando su verdadero rol.
5. Cambios técnicos en solvencia, patrimonio y garantías
El proyecto también introduce modificaciones de alto impacto en aspectos financieros clave:
Patrimonio técnico y solvencia: se crean nuevas relaciones (incluyendo apalancamiento) y se exige ponderar no solo por riesgo crediticio, sino también por riesgo de mercado. Las inversiones se medirán según calificación del emisor, y los créditos con ciertos porcentajes tendrán cargas más altas.
Garantías: se aclara que no son admisibles los títulos emitidos por la misma entidad (ejemplo: un crédito garantizado con un CDT propio). Esta definición afecta directamente el cálculo de la pérdida esperada.
Fondos de liquidez: ya no se limitarán solo al ahorro a la vista. Ahora deben cubrir exigibilidades a 30 días (10%) y a 31-540 días (5%). Esto incrementa de manera significativa los recursos inmovilizados, reduciendo flexibilidad financiera.
Captaciones y concentración: se establecen límites más estrictos, incluyendo la agrupación de operaciones de personas con vínculos familiares. Esto elimina la posibilidad de separar responsabilidades mediante acuerdos escritos, práctica común hasta ahora.
6. El contexto: demasiados frentes al mismo tiempo
Estos cambios llegan en un momento especialmente complejo para el sector solidario. En paralelo, las entidades deben:
Implementar el modelo de pérdida esperada.
Ajustarse a la nueva plataforma tecnológica de reporte.
Cumplir con normas de buen gobierno y transparencia.
El problema no es solo la conveniencia de los cambios, sino el momento en que se proponen. Exigir nuevas cargas de capital, reportes más estrictos y mayores exigencias de liquidez mientras se afrontan otros procesos puede desbordar las capacidades de gestión.
7. El papel de los gremios y la necesidad de un pronunciamiento colectivo
Una reforma de este alcance no puede enfrentarse de manera individual. El llamado es a que gremios como Analfe, Fecolfin, Confecoop, Ascoop entre otras para que articulen esfuerzos y presenten observaciones conjuntas.
La experiencia demuestra que una sola voz aislada tiene poco eco. Pero un pronunciamiento colectivo, respaldado por un análisis técnico sólido y acompañado de la participación activa de los asociados, sí puede influir en el resultado.
lo que está en juego
Más que un tema contable o normativo, esta reforma plantea un dilema de fondo: ¿qué papel quiere el Estado para el sector solidario?
Si los fondos de empleados y las cooperativas pierden capacidad de diversificar sus servicios, si deben inmovilizar más recursos y si su liquidez se dirige casi exclusivamente a financiar al gobierno, se afecta no solo su sostenibilidad, sino su misión social.
El sector solidario existe para generar bienestar, solidaridad y oportunidades a sus asociados. Por eso, es vital que no se quede callado, que participe en la discusión y que defienda su espacio como un actor legítimo y necesario en la economía colombiana.
El plazo vence el 7 de octubre. El momento de pronunciarse es ahora.
Porque no siempre es el fraude más grande el que más nos duele… a veces, lo más difícil es perder la confianza de quienes creyeron en nosotros.
¿Por qué hablar de riesgo operativo?
En nuestro sector, hablar de “riesgo operativo” puede sonar lejano, técnico o incluso innecesario. Pero cuando uno escucha historias reales, se da cuenta de que estamos hablando de la vida diaria de nuestras entidades: un archivo que se pierde, una decisión que no se revisa, una relación de confianza que se rompe, un procedimiento que se omite.
El riesgo operativo está presente cada día, y su gestión no debería depender del tamaño de la entidad, sino del compromiso con hacer las cosas bien.
❗ ¿Qué es el Riesgo Operativo?
El riesgo operativo se refiere a la posibilidad de pérdida por fallas en los procesos, errores humanos, problemas tecnológicos o eventos externos. El SARO (Sistema de Administración del Riesgo Operativo), no es solo un marco técnico, sino un verdadero escudo protector si se aplica con criterio, formación y compromiso.
📚 Historias que enseñan
Cada uno de los casos compartidos en el último Consultorio Solidario(Si te lo perdiste AQUÍ te dejo el enlace para que lo veas) es un espejo. Algunos son muy duros. Otros son tan cotidianos que cuesta creer que puedan tener consecuencias tan graves. Pero todos tienen algo en común: se pudieron evitar.
🔎 Desde una falla tecnológica simple…
Un Fondo de Empleados guardaba sus backups en el mismo computador que se dañó. Resultado: pérdida total de la información.
🔎 Hasta una omisión contable…
Un contador ajustó $32 millones a su favor, y aunque parecía “indetectable”, la actitud nerviosa lo delató.
🔎 O una historia de confianza rota…
Una analista de crédito pidió a 20 pensionados que tramitaran créditos a su nombre. Se fue sin despedirse un viernes. El lunes ya no estaba en la ciudad.
Cada historia termina en la misma conclusión: el riesgo no gestionado, tarde o temprano, se materializa.
El riesgo no avisa. No importa si llevas 30 años sin incidentes.
La tecnología no basta si no hay conciencia.
El riesgo no es solo financiero: también es reputacional, legal, emocional.
La confianza no reemplaza los controles.
La continuidad de nuestras organizaciones es tan importante como la eficiencia.
🔍 ¿Estamos preparados para identificar y contener estos riesgos?
Implementar una matriz de riesgos que no quede en papel, construir planes de contingencia viables y diseñar políticas reales de continuidad operativa y seguridad de la información ya no es una opción. Es un deber frente a los asociados, a los órganos de control y a la propia sostenibilidad de la organización.
Por eso hoy más que nunca es clave fortalecer nuestras capacidades técnicas, analizar nuestras vulnerabilidades y actualizar nuestras herramientas.
Cada organización en cabeza de la Gerencia, miembros del Consejo o Junta, pueden empezar por algo sencillo; preguntarse:
¿Dónde están los puntos débiles de nuestra operación?
¿Tenemos claro qué hacer si se va la luz, se cae el sistema, hay un incendio, o alguien clave renuncia?
¿Nuestra matriz de riesgos refleja la realidad o es un documento para mostrar en auditoría?
¿Tenemos planes vivos o solo archivos dormidos?
¿Cuánto tiempo llevamos sin revisar nuestras políticas de seguridad?
🌱 No se trata de ser perfectos, sino de estar en proceso
Cada evento de riesgo que detectamos a tiempo es un logro. Y que no estamos solos en este camino. Hay herramientas, acompañamientos, metodologías sencillas y espacios de formación que han sido pensados desde la lógica del sector solidario.
✅ ¿Qué podemos hacer desde ya?
Evaluar nuestras matrices de riesgo operativo
Verificar si tenemos planes de contingencia vigentes
Validar nuestros mecanismos de continuidad operativa
Actualizar nuestras políticas de seguridad de la información
Capacitar a quienes lideran y ejecutan estos procesos
Es momento de actuar. obtenga una guía práctica con ejemplos, recursos descargables y asesoría para aplicar todo de verdad, en la entidad. Y si necesitas una mano para empezar, aquí te dejamos un recurso que puede ayudarte:
La Pandemia del COVID 19, las medidas de confinamiento y distanciamiento social y sus efectos en el sector solidario vigilado por la Supersolidaria
La forma en que la parálisis de los sectores productivos durante casi tres meses y el lento retorno a la actividad productiva de la mayoría de ellos pueda afectar al sector solidario varía mucho dependiendo del sector económico al cual pertenezcan sus asociados:
Los Fondos de Empleados en principio se verán afectados tanto como se afecten las nóminas de las empresas patronales (las que generan el vínculo común de asociación). Observando los 185 fondos de empleados con más de $10 mil millones de activos (13,55% del total de Fondos) quienes concentran el 36% de los empleos generados por el subsector, agrupan el 57% de sus asociados y concentran el 79% de sus activos; se observa que la mayoría está vinculado con empresas que tienen gran capacidad económica o no se verán tan afectados con la contingencia o se recuperarán fácilmente como son:
El Fondo de Empleados de Ecopetrol, CAVIPETROL que tiene $1,5 billones de activos.
El Fondo de Empleados de los Médicos PROMEDICO con casi medio billón de pesos de activos, que precisamente se esperaría en medio de la Pandemia tendrían más trabajo, la verdad es que un sector importante con ellos no relacionados con la atención de pacientes con problemas respiratorios (cirujanos estéticos, traumatólogos, cardiólogos etc.) verán reducido de manera importante el volumen de atención de consulta externa y otros procedimientos quirúrgicos.
El tercer fondo más grande es Presente de Almacenes Éxito que por estar vinculado a la distribución de alimentos y bienes de primera necesidad no debería afectarse gravemente por la pérdida de asociados debido a la pérdida de su empleo o la disminución de sus ingresos.
Si seguimos en el listado, los Fondos de Empleados más grandes de Colombia están vinculados con el sector Financiero, el sector de servicios públicos, laboratorios farmacéuticos, el magisterio, sector de la construcción y cementero, infraestructura, Grandes Superficies, industria alimenticia y servicios de vigilancia.
En general es de esperarse que la mayoría del subsector de Fondos de Empleados salga en buenas condiciones de la Pandemia, pero no indemne debido a:
Los Fondos de Empleados de empresas que suministran trabajadores temporales o en misión verán drásticamente reducido su nivel de asociados cuyos contratos serán suspendidos o cancelados.
Los Fondos de Empleados de las empresas de transporte masivo a nivel nacional y de distribución de combustibles saldrán igualmente gravemente afectados.
Los Fondos de Empleados del sector Hotelero, Turístico, Restaurantes, Discotecas, Bares, sector comercial y similares presentan el panorama más oscuro pues el sector económico al cual pertenecen sus asociados tienen una mayor incertidumbre a mediano plazo y posiblemente tengan los recortes más severos de personal y por ende la pérdida de asociados será tan grave que probablemente haga inviable la operación del Fondo de Empleados a mediano plazo.
El retiro de una gran cantidad de asociados no solo por la afectación directa en la pérdida de su empleo o la disminución de sus ingresos sino también por las afectaciones indirectas de su grupo familiar (ejemplo: las remesas que reciben miles de familias en Colombia de familiares en el exterior que también han perdido sus empleos), supone una reducción importante en los aportes y ahorros y por ende en la cartera, lo que a su vez reduce los ingresos e incrementa los riesgos de liquidez y crédito.
Lo más grave es que la terminación definitiva de contratos laborales en muchas empresas que tienen fondos de empleados o cooperativas cerradas, podría dificultar la recuperación de la mayoría de la cartera de crédito a un punto que la continuidad de la entidad resulte inviable por asfixia del flujo de caja y pérdidas significativas por deterioro de cartera.
En estos casos la devolución de los aportes y ahorros permanentes a los ex asociados podría no darse oportunamente generando la necesidad de liquidar voluntaria o forzosamente por inviabilidad financiera ya que además del retiro forzoso masivo se podría dar el retiro voluntario masivo derivado del “pánico” de los asociados cuando la liquidez se agote o las pérdidas por provisiones de cartera comprometan el valor de sus aportes y deban efectuarse retenciones importantes a los ex – asociados.
Salvo las Cooperativas de Ahorro y crédito que cuentan con el seguro de depósitos del FOGACOOP, el sector solidario no cuenta con ningún apoyo del Gobierno Nacional en materia de liquidez o protección de los ahorros, motivo por el cual, la seguridad de los aportes y ahorros dependerá de la adecuada gestión de riesgos por parte de los administradores. Los fondos de empleados y asociaciones mutuales administran ahorros por casi $6 billones de pesos y los aportes sociales de todo el sector solidario suman casi $10 billones.
Por otra parte, los verdaderos efectos de la pandemia se verán en los resultados del año 2021 porque con los programas de periodos de gracia y refinanciaciones un asociado que pierda el empleo primero recibiría un periodo de aplazamiento de tres meses (abril, mayo y junio) para luego recibir una refinanciación con un periodo de gracia de dos meses (julio y agosto) así que si para septiembre no ha logrado conseguir empleo o recuperar sus ingresos, seguramente llegará a una mora de entre 60 a 90 días para final de año llegando a categoría “C”, cuya provisión apenas es del 10%, pero en los meses siguientes llegará a “D” y “E” provisionándose el 100% de la cartera y quedando el 90% del gasto para el año 2021.
En general el riesgo de crédito en todo el sistema de economía solidario trasladará la mayoría del efecto del deterioro de la cartera al año 2021 así que al igual que la Pandemia según el director de la OMS: “lo peor está por venir”, en materia de deterioro de la cartera también lo peor está por venir y ser verá apenas en el 2021 cuando además se pretende por parte de la Supersolidaria establecer un nuevo y más “duro” modelo de constitución de provisiones (deterioro) denominado pérdida esperada, cuyos efectos sin duda será que las provisiones se dupliquen, que en un escenario de bajo riesgo, puede ser aceptable siempre que se den al menos tres años para registrar la diferencia gradualmente, pero en un escenario de mayor riesgo como el que se avecina, puede tener graves efectos.
Adicionalmente, la reducción de la tasa de interés del banco de la república del 4,25% al 2,75% y no sería raro que se reduzca un poco más en lo que resta del año, tendrá un efecto inicialmente en el costo de los depósitos y luego se trasladará al costo del crédito especialmente en Vivienda y Libranza.
Es decir que para el año 2021 se combina un escenario de elevadísima liquidez por los créditos que la banca dejó de hacer en el 2020 (los desembolsos semanales se han caído a la quinta parte de lo que se observaba en el 2019) y los cupos de crédito otorgados por el Banco de la República de $23,5 billones.
Esto llevará a una “feroz” competencia del sector solidario con los bancos que van a intentar comprar su cartera de libranza, especialmente la de los mejores clientes, con tasas para compra de cartera que estarán por debajo incluso del 0,80% mes vencido, en consumo por debajo incluso del 0,90% mes vencido y en vivienda por debajo del 0,70% mes vencido además de los subsidios que el Gobierno destinará a la compra de Vivienda de hasta $400 millones, subsidios a los que el sector solidario no tiene acceso hasta hoy, como tampoco tiene acceso a liquidez del Banco de la República. Será una lucha dura y desigual.
El efecto de los periodos de gracia y las refinanciaciones además de la disminución de la cartera por menor colocación de crédito y el cruce de aportes y ahorros de todos los asociados retirados junto con el incumplimiento de una gran cantidad de créditos tendrá efectos materiales en la liquidez y rentabilidad del todo el sector de economía solidaria, no solo en el 2020 sino principalmente en el 2021. Esto afectará por ende los programas sociales, auxilios y beneficios para los próximos años, antes de que se logre regresar a los niveles de excedentes previos a la crisis.
En las Cooperativas de Ahorro y Crédito abiertas y las que no captan ahorros, pero se dedican al crédito y son de vinculo abierto la problemática será aún mayor cuando un porcentaje de asociados importante son independientes, informales, cuenta propia o pertenecen de algún modo a los sectores: comercio, transporte, bares y restaurantes, hoteles y turismo, por mencionar solo algunos y además al parecer el sector agropecuario no necesariamente pasa por un buen momento en medio de la pandemia.
A pesar de que el sistema financiero tiene la ventaja de contar con apoyos directos del Gobierno, sus resultados se verán también afectados por la pérdida de rentabilidad de sus inversiones, el deterioro de su cartera y la caída de sus ingresos de cartera por alivios y menor actividad de colocación. Es por ello que se espera que también recorten parcialmente, aunque en menor proporción, parte de su nómina. De todos modos, no se espera una crisis financiera pues en Colombia bien está construida la premisa económica de que cuando al país le va “mal” al sector financiero le va “regular” y cuando al país le va “bien” al sector financiero le va “fenomenal”.
En el caso de las Cooperativas de sectores como el transportador se verán sin duda afectadas por la disminución en los pasajeros y en la carga por la menor actividad económica, pero podrán recuperarse rápidamente por el efecto rebote que dará la economía una vez se reabra la actividad económica de la industria y la construcción, aunque el transporte intermunicipal y aéreo tendrá mayores afectaciones.
En el caso de las asociaciones mutuales dedicadas a previsión y salud, se podrían ver afectadas además del ahorro y el crédito por las mismas razones descritas previamente, por los potenciales efectos negativos que en la vida y salud de los asociados pueda tener la pandemia y cuyas dimensiones todavía está por conocer el país, especialmente en el segundo semestre del año 2020 y cuyo riesgo solo cesará cuando llegue la vacuna.
En conclusión, la enorme pérdida de empleos generada por la parálisis económica del país y que continuará por varios meses en especial de algunos sectores, va a implicar la pérdida de casi 2 millones de empleos dado que ANIF espera que el desempleo afecte a casi 4 millones de colombianos cuando antes de la crisis apenas superaba los 2 millones.
Muchos de esos nuevos desempleados, son parte de los 6 millones de asociados del sector solidario y por ende, las consecuencias en la liquidez, la calidad de la cartera, los resultados y la sostenibilidad de los programas sociales a medio plazo serán importantes, pero se verán en toda su dimensión especialmente en el año 2021 porque los planes de alivio y refinanciación diferirán el efecto de la materialización del riesgo de crédito.
Con la llegada de un nuevo Superintendente se iniciaron una serie de cambios regulatorios y al interior de la Supersolidaria tendientes a lograr una mayor efectividad de la Supervisión en el cumplimiento de la normatividad vigente y la adecuada gestión de los riesgos.
Ello en sí mismo es positivo porque conduce a mayor disciplina, transparencia, seguridad y eficiencia en la administración de las entidades solidarias y a largo plazo contribuye al fortalecimiento de la percepción de seguridad de éstas entidades ante los colombianos lo que debería permitir su crecimiento tanto en asociados, como en tamaño de recursos administrados y por supuesto resultados económicos y sociales.
Dando por descontada la buena fé y el ánimo de acertar por parte de la Superintendencia, existen por supuesto validas preocupaciones por la proporcionalidad de las multas que recientemente han sido impuestas a muchas entidades a nivel nacional, donde se observan casos que llegan a ser de casi el 1% del total del Activo, lo que a mi juicio puede resultar desproporcionadamente innecesario frente al ánimo educativo que debe acompañar una multa por el incumplimiento de una norma.
Estas multas más bien pueden terminar haciéndole un favor al sistema financiero al desestimular la aparición de nuevas empresas de economía solidaria por el enorme riesgo legal que entraña la administración de éstas entidades por parte de personas que en ocasiones no son necesariamente expertas en finanzas, legislación y administración de empresas.
Es decir, cuando se es gerente, directivo, revisor fiscal o contador de una Empresa Solidaria de una entidad como la que tuve la oportunidad de conocer, con activos por $5.500 millones y le llega una multa por $45 millones de pesos por enviar tarde los estados financieros, francamente es posible que los directivos y empleados se cuestionen si fue buena idea constituir un Fondo de Empleados cuando existía la posibilidad de un convenio por libranza con un Banco y así no arriesgarse, no solo a éstas multas institucionales, sino también a multas “personales” que pueden ser igualmente onerosas y que deberán pagar de su propio “bolsillo” por errores no dolosos, cometidos en el cumplimiento de una labor que, en el caso de los integrantes de los órganos de administración y control social, incluidos los comités, en la mayoría de los casos es ad-honorem. Esto por supuesto, entraña el riesgo de que, a futuro, con el antecedente de una multa, los demás asociados no quieran postularse para los cargos de elección democrática en la entidad solidaria.
Es decir, pese a que la Supersolidaria obra en pleno derecho y respetando el derecho a la defensa y el debido proceso en todo momento, no es menos cierto que es necesario revisar de manera más atenta la proporcionalidad de la multa frente a la gravedad de la falta, sobre todo cuando no se trata de casos dolosos sino al incumplimiento de normatividad.
En general, en los requerimientos que he tenido la oportunidad de conocer y que han dado origen a la apertura de procesos disciplinarios que pueden conducir finalmente a la imposición de multas están las siguientes para que les preste especial atención:
Se incumple el porcentaje de constitución del Fondo de Liquidez.
No se envían, se envían incompletos, alterados o tarde los reportes a la Supersolidaria a través del SICSES.
No se envían los controles de legalidad después de la Asamblea señalados en el Titulo III, capítulo II de la Circular Básica Jurídica o no se envían los estados financieros impresos de que trata el capítulo X numeral 3 de la Circular Básica Contable. Frecuentemente las entidades solidarias confunden unos con otros pensando que son lo mismo. Ambos son trámites diferentes que deben efectuarse después de la Asamblea.
No se implementa adecuadamente el Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del terrorismo – SARLAFT.
Como puede observarse, éstas 4 causas frecuentes de sanciones son temas de cumplimiento legal. No estamos hablando de préstamos a directivos o familiares sin el lleno de requisitos legales, estatutarios o reglamentarios, ni fraudes o abuso de confianza, robos o situaciones dolosas similares y aun así, las multas son francamente elevadas.
Lo anterior refuerza la necesidad de prestar especial atención al cumplimiento de la normatividad vigente que pareciera, las instituciones en algunos casos se han venido relajando en su cumplimiento como es el caso de la evaluación anual de la cartera de crédito (ver cartas circulares 03 y 06 de 2019) donde equivocadamente se cree que solo aplica para las Cooperativas de Ahorro y Crédito cuando la verdad es que es obligatoria anualmente para toda entidad que tenga Cartera de Créditos (cuenta 14) independientemente de su naturaleza, actividad económica o tamaño y las que eventualmente lo hacen, no aplican los criterios establecidos en el numeral 2.4 de la Circular Básica Contable.
Esta normatividad se espera sea modificada durante el año 2020 estableciendo nuevos parámetros de gestión del riesgo de crédito SARC incluyendo la matriz de evaluación del riesgo, un nuevo proceso denominado originación y una nueva provisión individual del 0,5% sobre la cartera “A” que deberán incluirse en los presupuestos de 2021 – 2022.
Algo similar ocurre con la evaluación y reunión mensual del Comité de Riesgo de Liquidez que siendo obligatorio desde el año 2004 para todas las entidades que captan ahorros, en la mayoría de entidades funciona deficientemente o no funciona conforme a la normatividad, que de paso sea dicho, acaba de ser modificada mediante circular externa 06 y 07 de octubre de 2019 y cuyos plazos de implementación empiezan a vencerse en junio de 2020.
En general, ya se están publicando para comentarios del público, Titulo por Título, el proyecto de nueva Circular Básica Jurídica y posteriormente se continuará con la reforma a la Circular Básica Contable, así que el tema regulatorio estará muy activo durante los años 2020-2021 y especialmente en lo relativo a la implementación del Sistema Integral de Administración de Riesgos.
En conclusión, se recomienda tomarse en serio el cumplimiento de éstas normas y el envío oportuno de reportes impresos o a través el SICSES, antes de que por la vía de sanciones las entidades se convenzan del modo menos agradable que el cumplimiento de éstas normas es perentorio. Invitamos a todos los directivos, contadores y Revisores Fiscales a capacitarse y actualizarse y a todas las entidades de economía solidaria a integrarse a sus órganos de representación, asistir a las capacitaciones y debatir éstas regulaciones poniendo en conocimiento de organismos de representación Gremial como Confecoop, Analfe y Ascoop (entre otras), las multas que están siendo impuestas por la Supersolidaria para revisar con ésta, si es posible velar por el estricto cumplimiento de la norma imponiendo, si es del caso multas que proporcionalmente al tamaño de los activos y la gravedad de la falta resulten más justas, pues en lo personal, siendo importante, considero más grave el dolo o el favorecimiento propio en las operaciones de la entidad que el envío tardío de información financiera