Los nuevos tiempos exigen nuevas habilidades. En el sector solidario, el panorama no es sencillo: inflación incierta, tasas de interés volátiles, competencia feroz por el crédito, reformas normativas y la inminente adopción del modelo de provisiones por pérdida esperada. Si el 2024 no fue un año fácil, los próximos dos años marcarán la diferencia entre quienes se anticipan al cambio y quienes quedan rezagados.
Las entidades solidarias enfrentan una nueva realidad en 2025. Luego de la renovación de sus órganos de administración y control, es momento de preguntarse: ¿están preparados sus líderes para gestionar los retos que vienen?
El entorno económico y normativo está en constante transformación. La incertidumbre en tasas de interés, inflación y competencia en crédito obliga a los directivos a tomar decisiones estratégicas con mayor información y preparación. Además, el nuevo modelo de provisiones por pérdida esperada marca un cambio clave en la gestión financiera, impactando directamente la estabilidad de las organizaciones.
🚨 El dato que preocupa
Más del 10% de las entidades vigiladas por la Supersolidaria reportaron pérdidas en sus estados financieros en 2024, y muchas otras apenas alcanzaron excedentes mínimos. ¿Cómo garantizar la sostenibilidad de los programas sociales en este contexto? ¿Cómo competir cuando los costos operativos aumentan y la regulación se hace más exigente?
A esto se suman:
Costos en aumento, como los registros en Cámara de Comercio y la vigilancia de la Supersolidaria.
Mayor regulación y supervisión, con cambios normativos que requieren adaptación inmediata.
Riesgos de gobernanza, reflejados en las recientes intervenciones: 1 de cada 3 entidades intervenidas presentó problemas de corrupción y 2 de cada 3 deficiencias en gestión de riesgos.
No se trata solo de conocer las normas, sino de comprender cómo aplicar buenas prácticas en un entorno donde la transparencia y la gestión de riesgos son más relevantes que nunca.
🎯 Liderazgo con propósito, pero con conocimiento
El sector solidario es liderado por personas con una gran vocación de servicio, pero las buenas intenciones no bastan. Es indispensable contar con conocimientos claros sobre el rol, las funciones, responsabilidades y prohibiciones de cada cargo.
El reto no es menor: se debe liderar en un escenario de mayor competencia, con exigencias normativas complejas y con la necesidad de fortalecer la confianza de los asociados. No basta con reaccionar a los cambios, hay que anticiparse a ellos.
Dirigir una organización Solidaria requiere preparación estratégica. Las recientes intervenciones de la Supersolidaria han revelado que 1 de cada 3 entidades intervenidas presentaba problemas de corrupción, y 2 de cada 3 tenían deficiencias en la gestión de riesgos.
¿Podemos permitirnos ignorar estos datos?
🏆 La solución: una formación que transforma
El liderazgo efectivo en el sector solidario no depende solo de la experiencia, sino del conocimiento actualizado. No se trata de volverse expertos en derecho o economía, sino de comprender los cambios normativos, los riesgos y las oportunidades que definirán el futuro.
Por eso, aquellos que buscan dirigir con éxito en este entorno ya están tomando acción.
La correcta implementación del cálculo de la pérdida esperada es clave para garantizar la precisión en los reportes financieros y regulatorios a la SUPERSOLIDARIA. Sin embargo, aún persisten errores recurrentes que pueden generar diferencias significativas en las provisiones y afectar la adecuada gestión del riesgo de crédito. A continuación, se presentan los principales errores detectados:
1. No se está efectuando la homologación obligatoria
El proceso de homologación entre las modalidades de cartera y el modelo de referencia es obligatorio. No es opcional ni depende del criterio de la entidad. La Superintendencia exige que los reportes de endeudamiento y los estados financieros reflejen esta homologación correctamente.
Muchos sistemas y programas contables aún no están efectuando esta homologación de manera automática, lo que genera discrepancias entre la clasificación contable y la clasificación para efectos de pérdida esperada.
🔹 Ejemplo de error: Un crédito calificado como C con mora entre 0 y 30 días, en el modelo de referencia, debe homologarse como B en la contabilidad. Si la homologación no se realiza, el cálculo de provisiones será incorrecto.
2. La PDI no corresponde al tipo de garantía
La probabilidad de incumplimiento (PDI) debe asignarse según la calificación y los días de mora del deudor. Sin embargo, algunos sistemas asignan una PDI del 100% incluso a créditos que no están en mora o cuya calificación no corresponde a un estado de incumplimiento.
🔹 Ejemplo de error: Si un crédito está calificado como A y tiene 0 días de mora, no puede tener una PDI del 100%. Esto refleja un error en la parametrización del sistema.
3. Inconsistencia en la clasificación de garantías
El tipo de garantía afecta el cálculo de la pérdida dado el incumplimiento (LGD). Sin embargo, en muchos casos se presentan errores como:
Créditos reportados con valor de garantía pero sin una garantía asignada en el sistema.
Garantías mal clasificadas, como CDAT reportados como títulos valores, cuando en realidad no lo son.
Uso incorrecto de códigos de garantía, por ejemplo, reportar fondos privados como si fueran garantías de entidades públicas.
🔹 Ejemplo de error: Si un crédito de consumo con libranza tiene garantía no idónea, la LGD debe ser 45% – 50% en los primeros 90 días de mora. Sin embargo, algunos sistemas están asignando 12%, lo cual es incorrecto y afecta las provisiones.
4. No se toma el 45% – 50% de LGD en los primeros 90 días de mora
Para los créditos de consumo, la pérdida dado el incumplimiento (LGD) en los primeros 90 días de mora debe ser del 45% al 50% dependiendo de si la cartera es con o sin libranza. Sin embargo, algunos reportes presentan valores incorrectos o incluso 0%, lo cual es un error crítico.
🔹 Ejemplo de error: Un crédito de consumo con libranza que tiene mora de 75 días debería tener una LGD del 45%, pero el sistema lo está calculando con 12% o 0%, generando subestimación de provisiones.
5. No se aplica correctamente la PDI del 100% a vencidos >90 días
Los créditos con más de 90 días de mora deben ser considerados como incumplidos, lo que implica que su PDI debe ser del 100%. Sin embargo, en algunos sistemas se están aplicando valores inferiores, afectando el cálculo de la pérdida esperada.
🔹 Ejemplo de error: Si un crédito tiene 150 días de mora, su PDI debe ser del 100%. No obstante, en algunos reportes aparece con una PDI del 20% o 50%, lo cual es incorrecto.
6. La PI no corresponde a la calificación
La probabilidad de incumplimiento (PDI) debe estar alineada con la calificación del deudor y los días de mora. Sin embargo, hay casos en los que créditos en categoría A o B están siendo asignados con PDI del 100%, lo que no es correcto.
🔹 Ejemplo de error: Un crédito calificado como B con 60 días de mora debería tener una PDI ajustada al modelo, pero el sistema le asigna 100% como si estuviera en incumplimiento total.
7. Errores en la aplicación de la ley de arrastre y recalificación de cartera
La ley de arrastre establece que si un deudor tiene una obligación en estado D o E, sus otras obligaciones deben ser recalificadas a la misma categoría de mayor riesgo. Sin embargo, en muchos casos esta regla no se está aplicando correctamente.
🔹 Ejemplo de error: Si un deudor tiene una obligación en E, pero otra en B, la segunda debería ser recalificada a E, lo cual muchas entidades no están haciendo.
8. Errores en la contabilización y contrapartidas en cuentas de orden
Desde la nueva versión del SIXES, las entidades deben reportar correctamente las cuentas de orden. Sin embargo, se han detectado problemas en la conciliación de cuentas, como:
No cuadrar correctamente la contrapartida con la 86 (cartera castigada).
Mezclar intereses con capital al momento de reportar.
Reportar valores incorrectos en cuentas como 14405, 140410, 1441, 1442, etc.
🔹 Ejemplo de error: Si se reporta una cartera castigada en la cuenta 86, pero la contrapartida está en la 88, esto generará descuadres en la contabilidad.
Conclusión y recomendaciones
Los errores en el cálculo de la pérdida esperada pueden tener un impacto significativo en las provisiones, el cumplimiento regulatorio y la estabilidad financiera de las entidades. Por ello, es fundamental:
✅ Verificar que el sistema de información esté aplicando la homologación obligatoria correctamente. ✅ Asegurar que la PDI y la LGD correspondan a la realidad del crédito. ✅ Revisar la clasificación y codificación de las garantías. ✅ Validar que la PDI del 100% solo se aplique a créditos con más de 90 días de mora. ✅ Confirmar la correcta aplicación de la ley de arrastre y recalificación de cartera. ✅ Conciliar adecuadamente las cuentas contables y las cuentas de orden en el SIXES.
A partir de 2025, las entidades de primer nivel de supervisión deben presentar sus reportes de pérdida esperada, y muy pronto, las entidades de segundo nivel también deberán realizar un reporte pedagógico con corte al 31 de marzo y entrega el 30 de abril.
Durante las capacitaciones y seminarios del Consultorio Solidario, hemos recibido muchas preguntas sobre este tema. Las más frecuentes son:
📌 ¿Cómo se contabiliza la pérdida esperada? 📌 ¿Cómo se maneja dentro de los estados financieros?
Mira el siguiente video
Lo que cambió y lo que sigue igual
🟢 Lo que NO cambia
La técnica contable sigue siendo la misma.
Los códigos contables tampoco han cambiado.
🔴 Lo que SÍ cambió
La metodología para calcular el deterioro.
Antes, el deterioro individual se calculaba con el modelo de altura de mora (Anexo 1 del Capítulo 2, Título IV). Ahora, el cálculo se hace con la metodología de pérdida esperada (Anexo 2 del mismo capítulo y título).
Este cambio no significa que debamos contabilizar un nuevo valor o duplicar registros. Simplemente, el método anterior desaparece y se reemplaza por la nueva metodología de pérdida esperada.
¿Cómo se contabiliza la pérdida esperada?
📌 El gasto por deterioro se registra en la cuenta 5115 (débito). 📌 La provisión se mantiene en la cuenta correspondiente, por ejemplo, 1445 para consumo. 📌 Si el deterioro disminuye, hay dos escenarios:
Si es del mismo año, se revierte en el crédito.
Si es de años anteriores, se registra como recuperación de provisiones.
Es clave entender que no hay nuevas cuentas contables. Solo cambia la forma en la que calculamos el deterioro.
Evitemos confusiones
Algunas personas han creído, erróneamente, que ahora deben calcular tanto el deterioro individual tradicional como la pérdida esperada. Esto no es así.
El deterioro individual basado en altura de mora desaparece y es reemplazado por la nueva metodología.
💡 Un solo modelo, una sola contabilización.
Este ajuste es clave para mejorar la gestión del riesgo y cumplir con las normativas del sector solidario.
Conclusión
El modelo de pérdida esperada es una evolución en la forma de medir el riesgo, pero no cambia la contabilidad. Su correcta aplicación permitirá a las organizaciones solidarias fortalecer su gestión financiera y cumplir con las exigencias normativas sin complicaciones innecesarias.
Las entidades del sector solidario enfrentan actualmente un requerimiento importante de la Superintendencia de la Economía Solidaria (Supersolidaria), relacionado con la revisión y verificación de la información financiera reportada a través del Sistema Integral de Control y Supervisión para la Economía Solidaria (SICSES).
Este requerimiento surge de la necesidad de asegurar que las organizaciones estén cumpliendo con sus obligaciones de rendición de cuentas, tal como se especifica en la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 020 de 2020), en relación con los reportes de diciembre de 2023 y el primer semestre de 2024.
Obligaciones del Revisor Fiscal
La Supersolidaria establece claramente que el revisor fiscal de cada entidad tiene la responsabilidad de garantizar que la información financiera reportada sea fielmente tomada de los libros contables, cumpliendo con las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes. El revisor fiscal debe presentar un informe en el que se asegure que la información enviada refleja de manera precisa la situación financiera de la entidad y que está alineada con los requerimientos de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCYF).
Este informe también debe abordar la fidelidad de la información reportada en relación con el cumplimiento del régimen prudencial y las normas de gestión de riesgos, incluyendo el cumplimiento de las políticas del SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo). Específicamente, se requiere que los revisores fiscales de los fondos de empleados remitan un informe semestral, asegurando que se cumplan las obligaciones de reporte tanto al final del semestre como al cierre del ejercicio financiero.
¿Qué pasa si no se cumple con este requisito?
En el requerimiento actual, la Supersolidaria menciona que no se ha evidenciado el envío del informe del revisor fiscal para el cierre de diciembre de 2023 y el primer semestre de 2024. Esto puede generar sanciones y otras consecuencias para las entidades que no presenten estos informes en el plazo previsto. Es crucial que las organizaciones tomen las medidas necesarias para corregir cualquier incumplimiento y presentar los informes requeridos a tiempo.
¿Estás seguro de que tu entidad está cumpliendo?
Ante esta situación, es vital que las entidades del sector solidario se pregunten si están cumpliendo con todas las obligaciones:
¿Ya has enviado el informe del revisor fiscal?
¿Tienes cómo soportar que la información financiera reportada a la Supersolidaria ha sido revisada y es verídica?
¿Estás seguro de que los datos enviados cumplen con las normas vigentes?
No cumplir con estos requisitos puede acarrear sanciones graves. Es momento de actuar y asegurar que tu entidad esté en regla.
Capacitación Especializada: Auditoría a los Reportes del SICSES
En este seminario, abordaremos temas fundamentales como: ✔️ Las modificaciones recientes del SICSES que impactan la forma en que las entidades deben reportar. ✔️ El nuevo reporte pedagógico de la pérdida esperada, diseñado específicamente para entidades de nivel 2. ✔️ Métodos prácticos para auditar la información enviada a la Supersolidaria, asegurando que cumpla con la normativa vigente.
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