Comités de Educación, Solidaridad y Bienestar Social: ¿su entidad los tiene claramente diferenciados?
En las cooperativas, fondos de empleados y asociaciones mutuales, los comités sociales cumplen una función esencial: promover el bienestar integral de los asociados, fortalecer la participación y contribuir al desarrollo humano dentro de la organización.
Sin embargo, muchas entidades del sector solidario aún tienen una dificultad recurrente: no diferencian con claridad qué corresponde al Comité de Educación, qué debe manejarse desde Solidaridad, qué pertenece a Bienestar Social, y qué actividades pueden ejecutarse desde áreas como recreación, cultura, deporte o fondos mutuales.
Esta confusión puede generar errores en la planeación, en la ejecución presupuestal, en el manejo de los fondos sociales, en el tratamiento contable, en la rendición de cuentas y en la presentación del balance social ante la asamblea.
Por eso, separar correctamente los conceptos no es un asunto meramente formal. Es una necesidad técnica, administrativa y estratégica para cualquier entidad del sector solidario.
¿Por qué es importante diferenciar los comités del sector solidario?
No todos los comités tienen la misma naturaleza, ni todas las actividades sociales pueden financiarse de la misma manera.
En una cooperativa, por ejemplo, el Comité de Educación tiene una relevancia especial por la obligación de promover la educación solidaria. En los fondos de empleados, aunque no siempre exista un comité obligatorio con ese mismo alcance, el principio de educación sigue siendo fundamental para el desarrollo de los asociados y de la entidad.
También existen comités de:
- Solidaridad.
- Bienestar Social.
- Recreación.
- Cultura.
- Deporte.
- Emprendimiento.
- Fondos mutuales.
- Programas sociales especiales.
Todos pueden aportar al bienestar de los asociados, pero no todos tienen el mismo propósito, la misma fuente de financiación ni el mismo tratamiento administrativo.
La diferencia es clave porque una cosa es de dónde salen los recursos, otra es quién planea y ejecuta las actividades, y otra distinta es quiénes son los beneficiarios.
Educación solidaria: más allá de dictar cursos
Uno de los errores más comunes es pensar que cualquier actividad de capacitación puede incluirse automáticamente dentro del concepto de educación solidaria.
La educación en el sector solidario debe tener una orientación clara hacia la identidad cooperativa, los principios solidarios, la participación democrática, el conocimiento institucional, el buen gobierno, la gestión social y el fortalecimiento de la cultura solidaria.
Por eso, las entidades deben preguntarse:
¿Un curso de Excel hace parte del PESEM?
¿Una capacitación en manualidades corresponde a educación solidaria?
¿Las becas escolares pueden financiarse con recursos de educación?
¿Los paquetes escolares son educación, solidaridad o bienestar social?
¿Qué debe incluir realmente el PESEM?
Estas preguntas deben resolverse con criterio técnico, porque de ellas depende la correcta utilización de los recursos y la adecuada rendición de cuentas.
Solidaridad: no todo auxilio es automáticamente solidaridad
El concepto de solidaridad también suele confundirse. Muchas entidades asocian solidaridad con la entrega de auxilios, subsidios, anchetas, apoyos económicos o ayudas en situaciones difíciles.
Sin embargo, el comité o fondo de solidaridad debe tener reglas claras sobre:
- Finalidad del apoyo.
- Beneficiarios.
- Requisitos de acceso.
- Procedimiento de aprobación.
- Documentación exigida.
- Límites presupuestales.
- Criterios de equidad.
- Indicadores de impacto.
Una actividad solidaria no debería ejecutarse únicamente porque “siempre se ha hecho así”. Debe responder a una política institucional, a un presupuesto aprobado y a una finalidad social claramente definida.
Bienestar Social, recreación, cultura y deporte: actividades necesarias, pero bien clasificadas
Las entidades del sector solidario suelen desarrollar actividades como celebraciones de aniversario, día de los niños, Navidad, caminatas, jornadas deportivas, salidas recreativas, pasadías, actividades culturales y eventos de integración.
Estas actividades son importantes porque fortalecen los lazos de unión, compañerismo y pertenencia entre los asociados.
No obstante, deben clasificarse correctamente.
Una salida recreativa no necesariamente es educación.
Una actividad deportiva no necesariamente es solidaridad.
Una celebración institucional no siempre corresponde a un fondo social específico.
Una actividad cultural debe tener un propósito, un presupuesto y una justificación.
Cuando estas diferencias no están claras, la entidad puede terminar cargando gastos al fondo equivocado o presentando informes sociales que no reflejan adecuadamente el impacto real de los recursos ejecutados.
Fondos sociales y fondos mutuales: cuidado con el manejo de los recursos
El manejo de los fondos sociales y mutuales exige especial atención. En el sector solidario existen diferencias importantes entre cooperativas, fondos de empleados y mutuales respecto de la forma como se constituyen, apropian y ejecutan estos recursos.
En algunos casos, las entidades tienen fondos obligatorios. En otros, fondos voluntarios. Y en ciertos escenarios, algunas actividades pueden financiarse con cargo al gasto, siempre que ello no genere pérdidas ni afecte la estabilidad económica de la organización.
Además, prácticas como destinar recursos provenientes de convenios, comisiones, multas o aportes no reclamados a fondos sociales o mutuales pueden requerir especial revisión contable, tributaria y normativa.
Por eso, los comités deben actuar con mayor rigor. No basta con tener buena voluntad. Es necesario conocer el marco aplicable, documentar las decisiones y justificar adecuadamente el uso de los recursos.
El verdadero reto: medir el impacto social
Uno de los grandes desafíos de los comités sociales es pasar de la simple ejecución presupuestal a la medición del impacto.
Gastar los recursos no es suficiente. La entidad debe poder demostrar qué logró con esos recursos.
Para ello, los comités deberían incorporar indicadores como:
- Número de asociados beneficiados.
- Cobertura frente al total de asociados.
- Nivel de participación.
- Satisfacción de los beneficiarios.
- Pertinencia de las actividades.
- Impacto en la calidad de vida.
- Eficiencia en el uso del presupuesto.
- Relación entre recursos ejecutados y resultados obtenidos.
Estos indicadores permiten fortalecer el balance social, mejorar los informes a la asamblea y demostrar que los programas sociales generan valor real para la comunidad asociada.
¿Qué deberían aprender los integrantes de los comités sociales?
Los integrantes de los comités de educación, solidaridad, bienestar social, recreación, cultura, deporte y fondos mutuales necesitan herramientas prácticas para ejercer mejor su rol.
Entre los temas que deberían dominar se encuentran:
- Diferencia entre educación, solidaridad y bienestar social.
- Alcance del PESEM.
- Manejo de fondos sociales.
- Manejo de fondos mutuales.
- Planeación de actividades sociales.
- Elaboración de presupuestos.
- Construcción de indicadores.
- Evaluación de impacto.
- Preparación de informes.
- Presentación del balance social.
- Rendición de cuentas ante la asamblea.
Cuando los comités comprenden estos temas, dejan de ser simples organizadores de actividades y se convierten en verdaderos gestores del bienestar integral de los asociados.
El sector solidario tiene una característica especial: entiende que el bienestar del ser humano va más allá de lo económico. Por eso promueve programas de educación, solidaridad, recreación, cultura, deporte, emprendimiento y bienestar social. Pero para que estas actividades realmente generen valor, deben estar bien clasificadas, bien financiadas, bien planeadas, bien ejecutadas y bien medidas. Diferenciar adecuadamente los comités y los fondos no solo mejora la gestión interna. También fortalece la transparencia, la rendición de cuentas, el balance social y el verdadero impacto de la entidad en la vida de sus asociados.
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Comités de Riesgos: funciones, responsabilidades y claves para fortalecer el SIAR
En las entidades del sector solidario, los Comités de Riesgos no deberían existir solo para cumplir una exigencia formal. Su verdadero valor está en convertirse en un espacio técnico de análisis, seguimiento y recomendación para apoyar a la Junta Directiva o al Consejo de Administración en la gestión de los riesgos.
De acuerdo con el guion del video, estos comités aparecieron en el año 2021 con la expedición de la nueva versión de la Circular Básica Contable y Financiera. Allí se establece que deben estar conformados, como mínimo, por tres integrantes: un miembro de la Junta Directiva o del Consejo de Administración, quien debe actuar como presidente; la persona encargada de riesgos de la entidad; y los demás integrantes que la organización defina.
¿Cuál es el rol del Comité de Riesgos?
El Comité de Riesgos tiene un papel esencialmente asesor. Su función principal es recomendar a la Junta Directiva o al Consejo de Administración las metodologías, instrumentos y mecanismos que la entidad debe adoptar para gestionar adecuadamente sus riesgos.
Esto implica apoyar el proceso de administración de riesgos en sus diferentes etapas:
- Identificar los riesgos a los que está expuesta la entidad.
- Evaluar el impacto y la probabilidad de ocurrencia de los eventos de riesgo.
- Recomendar mecanismos de medición, monitoreo y control.
- Hacer seguimiento a los riesgos.
- Formular recomendaciones a la Junta Directiva o al Consejo de Administración.
En ese sentido, el comité no reemplaza a los órganos de administración, pero sí debe servir como un apoyo técnico para que las decisiones se tomen con mayor información, evidencia y criterio preventivo.
El SIAR no es igual para todas las entidades
Uno de los aspectos más importantes que deben comprender los integrantes del Comité de Riesgos es que el Sistema Integral de Administración de Riesgos —SIAR— no aplica de la misma manera para todas las organizaciones.
El alcance depende del tipo de entidad y de los sistemas particulares que le resulten aplicables.
Por ejemplo, todas las entidades que otorgan créditos u operaciones de mutuo deben implementar el SARC. Sin embargo, el SARC no opera exactamente igual en todas las entidades, porque algunas deben aplicar metodologías más completas y otras tienen un alcance diferente.
También ocurre con el riesgo de liquidez. Las entidades que captan ahorros deben medir la brecha de liquidez y el IRL, pero no todas tienen que hacerlo mensualmente ni con el mismo nivel de detalle. En el guion se menciona, además, que solo ciertos fondos de empleados de categoría plena deben implementar de forma completa algunos componentes del riesgo de liquidez.
En cuanto al riesgo de mercado y el riesgo operativo, el video señala que existen obligaciones específicas para las cooperativas con actividad financiera. Sin embargo, esto no significa que las demás entidades no estén expuestas a esos riesgos. Por eso, el comité debe entender muy bien qué aplica, qué no aplica y qué riesgos deben ser monitoreados según la realidad de cada organización.
La responsabilidad no debe recaer solo en el encargado de riesgos
En muchas entidades, la persona encargada de riesgos termina asumiendo casi toda la carga operativa del comité. Es quien propone metodologías, organiza reuniones, prepara informes, orienta la discusión, levanta actas y, en muchos casos, también ejerce funciones relacionadas con cumplimiento.
El problema es que no siempre los demás integrantes del Comité de Riesgos tienen la misma formación técnica. Algunos miembros provienen de la Junta Directiva, del Consejo de Administración o de otros espacios de la organización, pero no necesariamente cuentan con experiencia o conocimiento especializado en riesgos.
Por eso es necesario fortalecer la preparación del comité. El objetivo no es quitarle liderazgo al encargado de riesgos, sino lograr que los demás integrantes tengan herramientas suficientes para aportar, opinar, recomendar y participar activamente en las decisiones relacionadas con el SIAR.
Reuniones mensuales, actas y monitoreo permanente
El Comité de Riesgos debe reunirse mensualmente, monitorear los riesgos y dejar evidencia de su gestión mediante actas. Además, los informes correspondientes deben presentarse a la Junta Directiva o al Consejo de Administración, de forma semestral o anual, según corresponda.
Dentro de sus actividades de seguimiento, el comité debe revisar la evaluación de cartera, monitorear la cartera y conocer los eventos de riesgo que puedan afectar a la entidad.
Entre los eventos que deben informarse al comité se encuentran:
- Riesgo operativo.
- Fraudes.
- Ataques informáticos.
- Destrucción de activos.
- Incumplimiento de límites.
- Violaciones al código de conducta.
- Hechos externos.
- Demandas.
- Informes de revisoría fiscal.
- Requerimientos de autoridades competentes, como la DIAN o la Supersolidaria.
El guion plantea incluso que el Comité de Riesgos podría analizar primero los informes de revisoría fiscal y sus recomendaciones, con el fin de orientar a la Junta Directiva o al Consejo de Administración sobre las medidas que deberían adoptarse para corregir observaciones o glosas.
Un comité clave para la cultura de riesgos
Cuando el Comité de Riesgos funciona correctamente, puede aportar de manera significativa a la cultura de prevención, al fortalecimiento del control interno y a la toma de decisiones oportunas.
Su papel se vuelve especialmente relevante porque las organizaciones deben monitorear permanentemente lo que ocurre a su alrededor. Cambios en la legislación, variaciones en las tasas de interés, condiciones adversas del mercado o nuevos eventos de riesgo pueden afectar la estabilidad de la entidad.
Por eso, el comité no debe limitarse a recibir informes. Debe analizarlos, discutirlos, formular recomendaciones y ayudar a que la organización se anticipe a los impactos negativos.
Fortalecer los Comités de Riesgos es una necesidad para las entidades del sector solidario.
Un comité preparado entiende su rol, conoce sus responsabilidades, revisa los riesgos de manera periódica, documenta sus sesiones, analiza los informes relevantes y apoya a la Junta Directiva o al Consejo de Administración en la toma de decisiones.
En últimas, el Comité de Riesgos puede convertirse en un verdadero aliado de la entidad para fortalecer el SIAR, mejorar el control interno, prevenir situaciones críticas y promover una gestión más técnica, documentada y oportuna.
